"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"
CERMIS Autonómicos
CERMI Andalucía aplaude la regulación de las tarjetas de aparcamiento de vehículos para personas con movilidad reducida
28/09/2016
La Consejería de Igualdad y Políticas Sociales ha regulado mediante una orden, que fue publicada el pasado viernes en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), las tarjetas de aparcamiento de vehículos para personas con movilidad reducida en la comunidad autónoma.
CERMI Andalucía muestra su satisfacción por esta medida, no sólo por las principales novedades que presenta esta orden, que viene a sustituir a la anterior de 2010, sino porque también se adapta a la normativa estatal.
Por una parte, la nueva orden regula dos tipos de tarjeta, una de ellas de nueva creación destinada a facilitar el aparcamiento de vehículos de entidades de servicios sociales, inscritos en el registro de la Junta y que atiendan a personas en situación de dependencia o discapacidad. Esta modalidad de tarjeta tendrá una validez de cinco años, salvo que el vehículo autorizado cese en su actividad antes del plazo.
El segundo tipo de tarjeta, que ya existe, va destinado a personas con movilidad reducida que debido a su discapacidad tengan dificultades para utilizar medios de transporte público.
Además, uno de los aspectos más novedosos es la inclusión de un nuevo supuesto por razones humanitarias, que prevé la concesión del documento a aquellas personas con movilidad reducida debido a una enfermedad o patología de extrema gravedad, que suponga una reducción sustancial de la esperanza de vida y demás condiciones personales. Tendrá una duración máxima de un año prorrogable por otro y para su obtención será necesario certificado médico de los servicios públicos de salud visado por la inspección.
Igualmente esta modalidad de tarjeta se extiende a aquellas personas que tengan una pensión de incapacidad permanente en el grado total, absoluta o gran invalidez o una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. Se equipara así a las personas que se encuentren en una de estas situaciones a las que tienen un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento. También seguirán siendo beneficiarios las personas con una deficiencia visual que implique un grado de limitaciones en la actividad igual o superior al 65 por ciento.
Las personas titulares de las tarjetas tendrán derecho a estacionar en zonas de aparcamiento limitado durante el tiempo necesario y parar o estacionar en zonas de carga y descarga y en cualquier lugar de la vía por motivos justificados.
Estas tarjetas tienen validez en el territorio de la comunidad de Andalucía, sin perjuicio de su utilización en el territorio de la Unión Europea en los términos que establezcan las normas nacionales de los Estados miembros.
Los documentos pueden solicitarse en las delegaciones territoriales y en la página Web de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, además de presentarse en el Registro telemático único de la Administración de la Junta de Andalucía.