Síguenos en

  • Ir a Cermi en facebook.
  • Ir a Cermi en twitter.
  • Ir a Cermi en Linked in.
  • Ir a Cermi en Instagram.
  • Ir a Cermi en Youtube.

CERMI.ES semanal el periódico de la discapacidad.

viernes, 01 de diciembre de 2017cermi.es semanal Nº 281

Ir a Cermi en Instagram.

"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

Actualidad

El CERMI aplaude la aprobación definitiva de la reforma legal que acaba con la exclusión de las personas con discapacidad de los jurados populares

El Estado español avanza en el cumplimiento de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad

29/11/2017

El CERMI ha mostrado su satisfacción este miércoles por la aprobación definitiva en el Senado de la Proposición de Ley de modificación de la Ley Orgánica del Jurado, que permitirá que todas las personas con discapacidad puedan formar parte de este tipo de tribunal. El CERMI, que ha estado presente en la tribuna de invitados, también ha celebrado que el Senado haya dado luz verde al texto remitido por el Congreso por unanimidad de todos los grupos y sin introducir enmiendas que modifiquen su contenido.

Imagen del Senado durante la aprobación definitiva de la reforma legal que acaba con la exclusión de las personas con discapacidad de los jurados popularesAdemás, buena parte de los portavoces han puesto en valor la labor de incidencia política del CERMI para acabar con esta discriminación sostenida en el tiempo, y han apuntado que se debería haber aprobado el texto con mayor celeridad.
 
En concreto, a instancias del CERMI, los partidos han corregido el artículo 8.5 de la Ley del Jurado, que incluye los “Requisitos para ser jurado”. Hasta ahora, en este punto de la norma aprobada en 1995 se establecía que para ser miembro de un tribunal popular no había que estar “afectado por discapacidad física o psíquica”.
 
En adelante, este artículo 8.5 recoge que para ser jurado habrá que “contar con la aptitud suficiente para el desempeño de la función del jurado”. También se alude a que “las personas con discapacidad no podrán ser excluidas por esta circunstancia de la función de jurado, debiéndoseles proporcionar por parte de la Administración de Justicia los apoyos precisos, así como efectuar los ajustes razonables, para que puedan desempeñar con normalidad este cometido”.
 
De esta forma, el Estado español avanza en el cumplimiento de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad. En concreto, el artículo 13 de dicho tratado obliga a garantizar la igualdad en el acceso a la Justicia, y las restricciones existentes suponían una discriminación en el acceso a la administración de justicia.
 
Es un avance más en el enfoque de derechos al que debe estar sometida la discapacidad, por lo que el CERMI se congratula de que haya sido aprobado con pleno consenso de todos los grupos, lo que indica también que las cuestiones de discapacidad, gracias al trabajo del movimiento asociativo, encuentran eco y superan las diferencias ideológicas.
  • facebook
  • twitter
  • linked in
  • enviar a un amigo
  • imprimir noticia

Con el apoyo de:

  • Logotipo de El Goberno de España - Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Secretaría de estado de servicios sociales. Abre una ventana nueva.
  • Logotipo de la Fundación ONCE. Abre una ventana nueva.
  • CERMI. Innovación social en discapacidad. Abre una ventana nueva.
  • Logotipo de El Goberno de España - Ministerio de Asuntos sociales, unión europea y cooperación. Abre una ventana nueva.
  • Logotipo de la Hablamos de Europa Abre una ventana nueva.

    ¿Dónde estamos?

    Calle Recoletos, 1 Bajo, 28001 Madrid - España