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viernes, 20 de marzo de 2020cermi.es semanal Nº 383

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Pandemia Coronavirus

El CERMI celebra que no se restrinjan los movimientos para asistir a personas con discapacidad ante el coronavirus

16/03/2020

El CERMI celebra que el real decreto que ha aprobado este sábado el Consejo de Ministros extaordinario no restrinja la circulación de los ciudadanos cuando se trate de personas que tengan como función o tarea asistir, atender o cuidar a personas con discapacidad.

Imagen del consejo de ministros extraordinario celebrado el 14 de marzo de 2020En las personas con discapacidad el real decreto de declaración de estado de alarma tiene en general el mismo impacto que en el resto de la ciudadanía, como es lógico. Somos parte de la sociedad y participamos de todas las vicisitudes de esta, con corresponsabilidad y contribuyendo al bien común", han indicado a Europa Press fuentes del CERMI
 
En este sentido, las citadas fuentes han aplaudido que en el decreto haya "una previsión específica", que el sector de la discapacidad había planteado y que ha sido tomado en cuenta por el Ejecutivo. "No operan las restricciones a la circulación de los ciudadanos cuando se trate de personas que tengan como función o tarea asistir, atender o cuidar a personas con discapacidad, personas mayores, menores, o en situación de dependencia, entre otros casos de población más vulnerable", han aclarado. 
 
"Esto era muy relevante que se recogiera en la norma, pues este tipo de asistencia ese esencial para muchas personas con discapacidad, y ha quedado a salvo. Sobre todo para las personas con discapacidad que viven en sus propios domicilios, y que con apoyos pueden llevar una vida autónoma, en su comunidad de pertenencia", han subrayado. 
 
El Real Decreto entrará en vigor en el momento de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, salvo las limitaciones establecidas en el artículo 6 referidas a la limitación a la libertad de circulación, que serán efectivas a partir de las 8.00 horas del 16 de marzo de 2020. 
 
Fuente: Europa press
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