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Actualidad

El CERMI denuncia que el teléfono contra el acoso escolar de Educación no garantiza la accesibilidad

Ha presentado una denuncia ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales

22/06/2016

El CERMI ha presentado una denuncia ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales en la que explica que el teléfono contra el acoso escolar que el Ministerio de Educación va a poner en marcha no garantiza la plena accesibilidad para personas con discapacidad auditiva o del habla.

TeléfonoEl pliego de prescripciones técnicas de la licitación del teléfono de atención a víctimas de acoso en el entorno escolar recoge que se valorará positivamente que los licitantes para gestionar este servicio pongan en marcha las medidas necesarias para garantizar la accesibilidad, pero en ningún caso es un requisito obligatorio, lo que no respeta el artículo 117.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que establece que los Pliegos de prescripciones técnicas deben incluir criterios de accesibilidad universal y diseño para todos.
 
Además, el CERMI recuerda que el artículo 2 del Real Decreto 366/2007, de 16 de marzo, por el que se establecen las condiciones de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad en sus relaciones con la Administración General del Estado, recoge que se debe asegurar a los ciudadanos con discapacidad la efectividad de sus derechos en sus relaciones con la Administración.
 
En este sentido, el CERMI alerta de que si no se subsana esta carencia, podrían producirse situaciones en las que no todas las víctimas de acoso escolar con discapacidad puedan acceder en igualdad de condiciones a esta herramienta, cuyo fin es asesorar y contribuir a luchar contra esta lacra, a la que no es ajeno el alumnado con discapacidad en las aulas.
 
Por ello, la plataforma representativa de la discapacidad en España pide que se suspenda el proceso de adjudicación del contrato en cuestión y que se modifique el pliego de prescripciones técnicas para que la accesibilidad universal sea un requisito obligatorio y no de carácter voluntario. Esto se puede realizar a través de dispositivos móviles, internet o teléfonos de texto.
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