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viernes, 07 de noviembre de 2014cermi.es semanal Nº 143

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Mujer

El CERMI emite sus observaciones y propuestas para la modificación de la Ley de Violencia de Género

Las mujeres con discapacidad son víctimas de violencia de género con mucha mayor frecuencia que el resto de mujeres

31/10/2014

El CERMI ha hecho público su documento de observaciones y propuestas para la modificación de la Ley de Violencia de Género centrado en las mujeres y niñas con discapacidad. Según ha informado, los datos recogidos por la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género han constatado que las mujeres con discapacidad son víctimas de violencia de género con mucha mayor frecuencia que el resto de mujeres. Por ello, el CERMI ha contemplado que existen algunos aspectos claves de la Ley de Violencia de Género que necesitan una modificación.

Una de las propuestas de la entidad aboga por la incorporación de indicadores de género y discapacidad en la recopilación de datos y estadísticas sobre violencia, ya que, en estos momentos, no se tiene información estadística sobre el número de mujeres con discapacidad que sufren malos tratos físicos y psicológicos, pese a que se estima que la cifra es elevada.
 
Otra de las propuestas del Comité busca la igual consideración como persona ante la ley para todas las víctimas de violencia de género, debido a que las mujeres incapacitadas no pueden defenderse y quedan en manos de sus agresores. El CERMI ha destacado el especial caso de las mujeres con discapacidad intelectual o psicosocial que suelen no ser consideradas aptas para el cuidado de sus hijos a favor de sus parejas. Estas utilizan su condición de discapacidad para someter a estas mujeres a esta incapacitación con el objetivo de luego quedarse con la custodia de los hijos como una forma de violencia contra ellas.
 
Por otra parte, la entidad también propone la adecuada consideración del tratamiento de la discapacidad cuando esta se adquiere como consecuencia de un acto de violencia, especialmente cuando se trata de la valoración de la violencia psicológica debido a que esta pueda acarrear una enfermedad mental que, generalmente, o no se reconoce, o se tarda en hacer, agravando consecuentemente la situación personal de la mujer.  
 
Además, el CERMI propone la incorporación del concepto de ajuste razonable en las provisiones de accesibilidad de la Ley, ya que, pese a que la Ley cuenta con algunas previsiones sobre accesibilidad para casas de acogida y otros recursos ofrecidos, la realidad es que estos no son accesibles y en este sentido es necesario promover medidas concretas de acción para evitar su exclusión de las políticas y servicios generales. 
 
Otra propuesta de la organización es que la esterilización forzosa o el aborto coercitivo sean considerados formas de violencia contra la mujer al considerar que tales actos pueden llegar a equivaler a la tortura. En este sentido el CERMI recuerda que, tanto la esterilización forzosa como el aborto coercitivo siguen practicándose, sobre todo, en el caso de las mujeres y niñas con discapacidad intelectual o psicosocial sin contar con su consentimiento bajo el pretexto de su bienestar.
 
Por último, la entidad considera necesario ampliar el concepto de violencia contra las mujeres y las niñas adoptando la redacción del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Esta redacción considera que la violencia contra la mujer y niñas con discapacidad contempla, no solo la de la pareja o cónyuge, sino también aquella que proceda del entorno familiar e institucional, incluyendo también los actos cometidos en sus hogares o en instituciones por miembros de la familia, por personas encargadas de su cuidado o por desconocidos, así como la esterilización forzada y el aborto coercitivo.
 
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