Síguenos en

  • Ir a Cermi en facebook.
  • Ir a Cermi en twitter.
  • Ir a Cermi en Linked in.
  • Ir a Cermi en Instagram.
  • Ir a Cermi en Youtube.

CERMI.ES semanal el periódico de la discapacidad.

viernes, 21 de septiembre de 2012cermi.es semanal Nº 47

Ir a Cermi en Instagram.

"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

Formación y Empleo

El CERMI propone endurecer las sanciones por incumplir la cuota de reserva de empleo para personas con discapacidad

14/09/2012

El CERMI ha elaborado un documento de propuestas dirigido a los grupos parlamentarios en el Congreso de los Diputados, con el objetivo de introducir enmiendas al proyecto de Ley de Lucha contra el Empleo Irregular y el Fraude a la Seguridad Social y en el que propone endurecer las sanciones por incumpimiento de la cuota de reserva de empleo a personas con discapacidad.

Entre las medidas propuestas, el comité plantea modificar la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social para tipificar como infracción muy grave el incumplimiento de la obligación de cubrir la cuota del 2% de reserva de empleo a personas con discapacidad en empresas con 50 o más trabajadores.
  
Según el CERMI, esta infracción se califica actualmente como falta grave, lo que ocasiona que muchas empresas no se vean realmente obligadas a cumplir con la normativa, ya que "el importe de la sanción es mucho menor que los costes que le puede suponer efectuar las contrataciones laborales o, sobre todo, cumplir con las medidas alternativas".
  
En este sentido, apuesta también por reforzar las sanciones por no cumplir con la cuota de empleo del 2% en lo referido a la contratación pública. "La Administración no debe tener contrato alguno con quien infrige la regulación legal vigente", ha afirmado.
  
Asimismo, considera importante excluir del acceso a las subvenciones o ayudas de cualquier tipo a las personas físicas o jurídicas imcumplidoras de las normas que favorezcan a las personas con discapacidad o que realicen actos discriminatorios o contrarios a la dignidad de las personas.
  
A este respesto, el CERMI aduce que, en ámbitos como el laboral, la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social tipifica y califica como muy graves o graves las conductas empresariales discriminatorias o que vulneren las normas que favorecen a las personas con discapacidad.
  
"Sería una burla a las leyes que sujetos y personas físicas o jurídicas, que han sido condenados en el orden penal o sancionados en vía adminitrativa por tan graves conductas, obtengan beneficios o subvenciones como premio a su comportamiento, censurado, sin embargo, por las normas penales o de otros órdenes", ha asegurado.

  • facebook
  • twitter
  • linked in
  • enviar a un amigo
  • imprimir noticia

Con el apoyo de:

  • Logotipo de El Goberno de España - Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Secretaría de estado de servicios sociales. Abre una ventana nueva.
  • Logotipo de la Fundación ONCE. Abre una ventana nueva.
  • CERMI. Innovación social en discapacidad. Abre una ventana nueva.
  • Logotipo de El Goberno de España - Ministerio de Asuntos sociales, unión europea y cooperación. Abre una ventana nueva.
  • Logotipo de la Hablamos de Europa Abre una ventana nueva.

    ¿Dónde estamos?

    Calle Recoletos, 1 Bajo, 28001 Madrid - España