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viernes, 06 de julio de 2012cermi.es semanal Nº 41

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Actualidad

El CERMI propone medidas en materia de discapacidad contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social

04/07/2012

El CERMI Estatal ha elaborado una serie de propuestas en materia de discapacidad, dirigidas al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, con el objetivo de modificar el anteproyecto de Ley de Lucha contra el Empleo Irregular y el fraude a la Seguridad Social.

En este sentido, las medidas van dirigidas, por un lado, a la modificación de la Ley de Infracciones y Sanciones en el orden social para tipificar como infracción “muy grave” el incumplimiento de la obligación de cubrir la cuota de reserva de empleo de personas con discapacidad. Por lo que, se pasaría de una sanción de los 6.251 euros a los 187.515 euros.

Además, esto conllevaría que se aplique la sanción accesoria prevista en esta Ley, es decir, la pérdida automática de las ayudas, bonificaciones y, en general, de los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, con efectos desde la fecha en que se cometió la infracción y la exclusión del acceso a tales beneficios por un periodo máximo de un año.

Según explica el CERMI, esta propuesta se plantea debido a que este incumplimiento normativo de la obligación de que empresas de 50 o más trabajadores contraten a un 2% de empleados con discapacidad o a aplicar las medidas alternativas, según establece la LISMI, está calificado sólo como infracción grave, la cual supone una sanción que oscila entre los 626 euros y los 6.251 euros.

Además, continúa, esto provoca que muchas empresas no se vean “realmente” comprometidas a cumplir con estas obligaciones, ya que el importe de la sanción es mucho menor que los costes que les puede suponer efectuar las contrataciones laborales o, sobre todo, cumplir con las medidas alternativas.

Para el CERMI, seguir calificando esta infracción como “falta grave” infringe el principio de proporcionalidad que regula la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que establece que “el establecimiento de sanciones pecuniarias deberá prever que la comisión de las infracciones tipificadas no resulte más beneficioso para el infractor que el cumplimiento de las normas infringidas”.

Contratación pública

Por otra parte, el CERMI plantea una serie de propuestas para reforzar las sanciones por no cumplir la obligación de mantener la cuota de empleo del 2%, vinculando esta obligación a la contratación pública.

En este sentido, el Comité propone que los órganos de contratación administrativa exijan la acreditación del cumplimiento de esta norma, así como de las normas de garantía de calidad y gestión medioambiental. Para el CERMI, la administración “no debe tener contrato alguno con quien infringe la regulación legal vigente y aplicable”.

Asimismo, el CERMI considera “importante” excluir del acceso a las subvenciones públicas o ayudas de cualquier tipo a las personas físicas o jurídicas que incumplen las normas que favorecen a las personas con discapacidad o que realizan actos discriminatorios o contrarios a la dignidad de las personas. Además, la Ley de Infracciones y Sanciones  de Orden Social tipifica y califica como “muy graves” o “graves” estas conductas discriminatorias.

“Sería una burla a las leyes que sujetos, personas físicas o jurídicas, que han sido condenados por vía penal o sancionados en vía administrativa por conductas tan graves, obtengan beneficios o subvenciones”, añade el CERMI. Para el Comité, “desde los poderes públicos no se puede favorecer a quienes incumplen obligaciones generales dirigidas a favorecer a grupos vulnerables”.

Por tanto, el CERMI expone que la obtención de cualquier subvención pública debería estar condicionada a que la empresa acredite el cumplimiento de la obligación de reservar un 2% de los puestos a personas con discapacidad, según establece la LISMI. Así, propone que se incluya esta obligación en la Ley General de Subvenciones.

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