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CERMI.ES semanal el periódico de la discapacidad.

viernes, 23 de diciembre de 2016cermi.es semanal Nº 240

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"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

CERMIS Autonómicos

Entidades estatales de la discapacidad trabajan para revocar el artículo 56 del Código Civil, contrario a la Convención Internacional

El COCARMI, a favor de suprimir las restricciones a las bodas de las personas con discapacidad

22/12/2016

El Comité Catalán de Representantes de personas con Discapacidad (COCARMI), principal plataforma del movimiento asociativo catalán de la discapacidad, se suma al posicionamiento de las entidades estatales de la discapacidad que están trabajando para revocar la modificación del Código Civil, que obliga a personas con discapacidad a pedir un dictamen médico para poder casarse.

Además, el COCARMI aboga por que se garanticen todos los apoyos necesarios para que las personas con discapacidad intelectual y/o trastornos mentales, así como las personas ciegas y/o sordas, no sean excluidas por su discapacidad en el derecho a contraer matrimonio, de acuerdo a lo establecido en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
 
En este sentido, el COCARMI apoya las acciones que están llevando a cabo desde Cermi Estatal (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad), ONCE (Organización Nacional de Ciegos Españoles), CNSE (Confederación Estatal de Personas Sordas) y FIAPAS (Confederación Española de Familias de personas sordas), que han denunciado que el nuevo artículo 56 del Código Civil es contrario a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
 
La Convención destaca que todas las personas son iguales ante la ley e insta a los países a que ratifiquen la Convención y a que adopten medidas efectivas y pertinentes para poner fin a la discriminación contra las personas con discapacidad en todas las cuestiones relacionadas con el matrimonio, la familia, la paternidad y las relaciones personales. 
En esta línea, también se ha pronunciado el Comité de Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU y la propia Constitución Española.
 
Sin embargo, el Código Civil que debe entrar en vigor el 30 de junio de 2017 habla de la obligatoriedad de un "dictamen médico sobre la aptitud para prestar el consentimiento de aquellos contrayentes que estén afectados por deficiencias mentales, intelectuales o sensoriales".
 
Ahora, la enmienda de este incumplimiento se hará por medio de una resolución urgente que afecta a registradores y notarios, hasta que se pueda modificar la ley. La resolución tendrá forma de circular de la Dirección General de Registros y del Notariado, para hacer una aplicación "restrictiva, excepcional y limitada" de la ley vigente a partir del 30 de junio, de modo que sólo pueda aplicarse "si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias o anomalías psíquicas".
 
Aún así, "queremos recordar que el artículo 12 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece el mismo  reconocimiento de nuestro colectivo ante la ley", afirma Antonio Guillén, presidente de COCARMI. Por este motivo, añade, "es ineludible la adaptación de todas las leyes a la Convención, ya que no puede ser que en pleno siglo XXI se siga discriminando a las personas con discapacidad y/o trastorno mental".
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