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viernes, 10 de mayo de 2019cermi.es semanal Nº 345

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"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

CERMIS Autonómicos

Canarias. La ejecución de una sentencia amenaza el trabajo de los canarios con discapacidad

05/05/2019

La aplicación, por parte del Servicio Canario de Empleo (SCE), de una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS), en la que determina la necesaria distinción entre discapacidad (personas que ostentan un grado de un 33% o superior) e incapacidad laboral (personas con invalidez absoluta), amenaza la situación laboral de unos 5.000 canarios con discapacidad.

El fallo del Supremo considera que la Ley General de Derechos de la Personas con Discapacidad –redactada por el Gobierno de España en 2013– confundió, sin autorización legal, todos los ámbitos de aplicación de los derechos de las personas con discapacidad con los de aquellas en situación de incapacidad laboral.
 
El Estado, entonces, determinó que, para todos los efectos de esa ley, tanto las personas en situación de incapacidad como aquellas con discapacidad tenían los mismos derechos. Con esa resolución, el Ejecutivo nacional otorgó derechos a personas que no tenían grado de discapacidad real y les permitió acceder a Centros Especiales de Empleo como personas con discapacidad.
 
La norma del Gobierno español estableció, hace seis años, que "tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento".
 
Ahora la sentencia del Supremo, que se redactó con el voto particular en contra la magistrada Rosa María Viroles Piñol, establece que las asimilaciones realizadas en los certificados de las personas en incapacidad laboral sin grado mínimo del 33% no son válidas, por lo que ya no podrán competir en el acceso a plazas de empleo reservadas para personas con discapacidad y tampoco podrán ser contratadas en puestos de trabajo protegido.
 

Informe jurídico

 
El dictamen del Supremo, que se antojaba como una victoria judicial para las personas con discapacidad real, se ha vuelto en su contra en el Archipiélago, ya que el Servicio Canario de Empleo –para distinguir entre unos y otros– ha optado por rechazar las calificaciones anteriores despachadas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y solicitar un nuevo certificado que debe ser tramitado en un centro base.
 
Ese requisito se ha topado con un problema burocrático en las Islas: las amplias listas de espera en los propios centros base. Y sin esa nueva calificación que certifique un 33% o más discapacidad, el Servicio Canario de Empleo ha optado, de momento, por congelar el pago de las subvenciones a los Centros Especiales de Empleo y empresas –privadas y públicas–. Esa decisión, avalada por un técnico del propio SCE, deja en el aire la situación laboral de las personas con discapacidad en las Islas, ya que el Ejecutivo regional abona la cuota íntegra de la Seguridad Social y la mitad del salario mínimo interprofesional.
 
La primera solución planteada por el Servicio Canario de Empleo para contener el problema ha sido pedir un informe jurídico para decidir si la política de subvenciones por empleo para personas con discapacidad aún se rige por la norma vigente –la Ley General de Derechos de la Personas con Discapacidad redactada por el Estado en 2013– o si por el contrario debe acatar y cumplir con la sentencia del Tribunal Supremo que determina que el legislador se excedió en sus competencias.
 
Desde el CERMI, ya se apuntó el mes pasado que "si esas personas se ven privadas de las ayudas y apoyos públicos para ser contratadas por parte de los empresarios" la situación puede desembocar en "la desaparición de miles de empleos de personas con discapacidad, ya insertadas en el mercado de trabajo, agravando una situación laboral insostenible para este sector".
 
Para el CERMI, "la solución a esta encrucijada jurídica es sencilla y está en manos del Gobierno, pues se trata solo de corregir el defecto formal señalado por el Tribunal Supremo, reconfirmando con otra norma de rango legal y urgente (real decreto-ley) el apartado 2 del artículo 4 , en sus términos exactos vigentes, de la Ley General de derechos de 2013".
 

Más contrataciones

 
"Con esta medida", añaden desde el CERMI, "el enorme peligro para el empleo de personas con discapacidad, con destrucción masiva potencial de puestos de trabajo, desaparecería, recuperando una normalidad quebrada por la interpretación judicial de un aspecto meramente formal de un proceso legislativo que adoleció de este defecto, sin que esté en entredicho ninguna cuestión de fondo relevante".
 
El CERMI, para acabar con esta situación, pide al Gobierno que "maticea con urgencia una interpretación judicial altamente lesiva de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social".
 
En 2018, en Canarias, se firmaron 4.358 contratos a profesionales con discapacidad, un 11,7 % más que en el año anterior.
 
(Información publicada en La provincia)
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