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CERMI.ES semanal el periódico de la discapacidad.

viernes, 12 de abril de 2013cermi.es semanal Nº 74

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"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

Actualidad

El Convenio Especial de Seguridad Social para personas con discapacidad beneficiará a más de 34.000 personas

06/04/2013

La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, afirma que más de 34.000 personas podrán beneficiarse inicialmente del Convenio Especial de Seguridad Social para personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 1 de marzo.

Así lo anunció este sábado, 6 de marzo, durante el acto de presentación de este nuevo Convenio, que se celebró en el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y al que también asistió el presidente del CERMI, Luis Cayo Pérez Bueno.

Este Convenio, propuesto por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social en respuesta a una demanda del CERMI, supone que personas con discapacidad que nunca han trabajado o con períodos de aportación insuficientes para generar prestaciones contributivas se convertirán en cotizantes y generarán derechos para recibir determinadas prestaciones.
 
En este sentido, Báñez explicó que el objetivo de esta nueva relación con la Seguridad Social es facilitar la integración de personas con discapacidad, “cumpliendo así con las recomendaciones del Pacto de Toledo”.

Indicó que la presentación de este Convenio es una “declaración de intenciones de cómo queremos salir de la crisis” y señaló que en este momento de inestabilidad económica hay que apoyar también las necesidades de las personas más vulnerables, que tienen el derecho a un trabajo y una vida digna.

Ya vigente

Báñez expuso que este Convenio Especial está “plenamente” vigente desde el 1 de abril y ya puede ser suscrito por todos sus potenciales beneficiarios, y subrayó que supondrá una vía para facilitar los mínimos de cotización exigidos para generar prestaciones, en el caso de personas con especiales dificultades de acceso al mercado laboral.

 
Además, señaló que supone un refuerzo del principio de igualdad de oportunidades, ya que posibilita el encuadramiento en el Régimen General y facilita que las personas con discapacidad podrán acceder a las prestaciones de jubilación, muerte y supervivencia sin necesidad de haber acreditado un periodo previo de cotización.
 
Por otra parte, Báñez apuntó la necesidad de superar la crisis económica “con el esfuerzo de todos y con solidaridad para quien más lo necesitan”, y calificó cualquier esfuerzo en favor de la integración y de la eliminación de barreras como un “valor que enriquece la sociedad”.

Por último, agradeció a las asociaciones representativas de las personas con discapacidad, en especial al CERMI, al Consejo Nacional de la Discapacidad, a la Confederación Estatal de Personas Sordas (CNSE), a la Confederación Española de Agrupaciones de Familiares y Personas con Enfermedad Mental (FEAFES), a la Confederación española de Organizaciones a favor de las Personas con Discapacidad Intelectual (FEAPS) y a la ONCE, entre otras.

Se hace justicia

Por su parte, el presidente del CERMI, Luis Cayo Pérez Bueno, valoró el Convenio Especial de Seguridad Social para trabajadores con discapacidad ycon especiales dificultades de inserción laboral y se refirió a su valor intrínseco, que, según dijo,“supone una mejora de la protección social para personas con discapacidad, que necesitan más apoyos para su inclusión”.

“Esta medida ha sido muy demandada desde el sector de la discapacidad y no se trata de una medida caprichosa, sino necesaria, que corresponde a los mandatos de la propia Constitución, que establecen la garantía de la igualdad de oportunidades y la obligación de los poderes públicos para compensar las desventajas”, manifestó.

Pérez Bueno comentó que las personas con discapacidad “tenemos una tasa de empleo inferior en 40 puntos a la sociedad en general” y agregó que, gracias a este Convenio, “se hace justicia” y “se abre estructuralmente un marco de protección social más potente para las personas con discapacidad”, ampliando sus derechos y su bienestar social.

Asimismo, indicó que se trata de una medida “que dice que la crisis no es una coartada para no hacer”. Para Pérez Bueno, “la crisis debe impulsarnos y estimularnos a ser creativos e ingeniosos” y “los sistemas deben parecerse a los ciudadanos y no al contrario”.
 

Convenio Especial

A través de este Convenio, los trabajadores con discapacidad y con especiales dificultades de inserción laboral podrán cotizar por sí mismos al sistema y generar derecho a ciertas prestaciones. Así, personas que nunca han trabajado o con períodos de aportación insuficientes para generar prestaciones contributivas, se convertirán en cotizantes y generarán derechos para recibir determinadas prestaciones.

A efectos de este decreto, se entienden como trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de inserción, las personas con discapacidad intelectual, las personas con enfermedad mental y las personas con parálisis cerebral, con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, por una parte, así como las personas con discapacidad física y las personas con discapacidad sensorial, con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, por otra.

La persona solicitante debe abonar las cuotas a la Seguridad Social desde la fecha de efectos del convenio, cuantía que en 2013 se ha fijado en 189,65 euros mensuales.
 
El ámbito de aplicación del convenio especial reconoce que podrán solicitar su suscripción las personas que tengan 18 años o más y no hayan cumplido la edad mínima para la jubilación ordinaria.
 
Además, han de residir legalmente en España, tener reconocida una discapacidad que implique especiales dificultades de inserción laboral, no figurar en alta o en situación asimilada a la de alta en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social ni en cualquier otro régimen público de protección social.
 
Por otra parte, tienen que encontrarse inscritas en los servicios públicos de empleo como personas desempleadas demandantes de empleo por un período mínimo de seis meses, inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de suscripción del citado convenio.
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