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Acceso Universal

El Defensor del Pueblo reitera a Fomento el deber del Estado de regular la accesibilidad de los servicios VTC como reclama el CERMI

27/12/2018

El Defensor del Pueblo ha reiterado a la Secretaria de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda el deber del Gobierno de regular la accesibilidad de los servicios VTC, en línea con las reclamaciones del CERMI de establecer un número mínimo de VTC accesibles.

Así lo pone de manifiesto el Defensor del Pueblo en un escrito remitido al CERMI, entidad que presentó una queja ante la institución dirigida en funciones por Francisco Fernández Marugán por la ausencia de un porcentaje mínimo de VTC accesibles, y a partir de la cual esta institución instó oficialmente al Gobierno a establecer la obligación legal de que al menos el 10% de los vehículos VTC fuesen accesibles.
 
El Defensor del Pueblo explica que no comparte los argumentos aportados por la Secretaría de Estado, que expone que no puede aceptar la recomendación porque la regulación de las condiciones bajo las que deben prestar servicio este tipo de vehículos corresponde, tras la modificación en septiembre de la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres, a las comunidades autónomas.
 
En su informe, la Secretaría de Estado apela también, como ya había hecho en un reporte anterior, al carácter no público del servicio que prestan este tipo de vehículos de alquiler de conductor, como argumento para esgrimir la obligación de establecer un mínimo legal de VTC accesibles.
 
Frente a estos argumentos, el Defensor del Pueblo considera “poco claras y no convincentes” las razones de la Secretaría de Estado y apunta que en el informe remitido por esta Secretaria de Estado, “no quedan puestos de manifiesto con la evidencia que requieren las circunstancias, los obstáculos competenciales para promover o instar una actuación que asegure a las personas con discapacidad la accesibilidad en estos vehículos equiparable a la que existe en otros ámbitos del transporte público”.
 
Además, Fernandez Marugán insiste en que aunque la competencia del Estado no fuera plena en este sentido, existen dispositivos legales que atribuyen a ese órgano el impulso de las medidas necesarias para alcanzar el objetivo propuesto.
 
Así, en relación al ámbito competencial autonómico para promover que las licencias VTC sean accesibles al que hace referencia el informe, el Defensor del Pueblo recuerda que las condiciones de accesibilidad forman parte del núcleo de condiciones básicas para el ejercicio de los derechos constitucionales, “lo que hace de este un asunto relativo a una competencia exclusiva del Estado, encargado de regular las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad”.
 
Asimismo, en relación a la justificación de no intervención del ministerio en las condiciones de accesibilidad de los vehículos VTC por no ser este un servicio público, Fernandez Marugán apunta que “esta no es razón para no intervenir, puesto que las obligaciones en materia de discapacidad afectan a medios de transporte de uso público, sean o no de titularidad pública”.
 
En suma, el Defensor del Pueblo respalda la queja presentada por el CERMI alegando que “no resulta admisible que las personas con discapacidad queden excluidas de la posibilidad de contratar estos servicios porque no haya vehículos adaptados suficientes”, e insta a la Secretaria de Estado, Infraestructuras, Transporte y Vivienda a “reconsiderar su parecer a la luz de las consideraciones expuestas” y a la elaboración de un nuevo informe al respecto.
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