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CERMI.ES semanal el periódico de la discapacidad.

viernes, 16 de abril de 2021cermi.es semanal Nº 432

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"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

Opinión

El empleo de las personas con discapacidad y la Convención de la ONU: trabajo aún por hacer y retos de futuro

Por Pepa Torres, secretaria general de la Federación Empresarial Española de Asociaciones de Centros Especiales de Empleo (Feacem)

16/04/2021

Pepa Torres.La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad considera el tratamiento de la discapacidad a partir de un doble enfoque: los derechos y el modelo social.
 
Los principios de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad, adquieren en la Convención una importancia capital e interactúan, además, con cada uno de los derechos reconocidos en la misma. También con el derecho al trabajo y empleo.
 
Las dificultades para acceder, mantener y progresar en el empleo a las que deben enfrentarse las personas con discapacidad han de considerarse desde el enfoque del modelo social y, por tanto, como una consecuencia de la interacción entre las características de las personas con discapacidad, por un lado, y las barreras del propio mercado de trabajo, su funcionamiento y el modo en que está organizado, por otro. De ahí que las exigencias de la Convención relativas al derecho al trabajo y empleo de las personas con discapacidad, reconocido en el artículo 27 de la misma, han de interpretarse desde este presupuesto.
 
En nuestro país, la legislación y las políticas públicas referentes al trabajo aún no están plenamente alineadas con el enfoque del modelo social sobre el que se basa la Convención. Por ello, resulta necesario y urgente avanzar en un nuevo marco legal y en nuevas políticas de empleo que, desde un enfoque transversal e integral, sean diseñadas a partir del paradigma instaurado por la Convención.
 
De hecho la Convención aboga por un empleo inclusivo, pero debemos preguntarnos si el mercado de trabajo (o, mejor dicho, los mercados de trabajo) y los entornos laborales son “inclusivos”; parece que muy al contrario, las propias dinámicas de ese mercado de trabajo se están configurando cada vez más como barreras que impiden y/o limitan el acceso y mantenimiento del empleo de las personas con discapacidad y de otros colectivos vulnerables. Por ello, resulta imprescindible avanzar hacia un mercado de trabajo que adopte la diversidad y la inclusión como principios que orienten su funcionamiento y organización; solo así se podrá evolucionar hacia un contexto realmente inclusivo y combatir la exclusión sistemática del ámbito laboral que, cada vez más, sufren determinados grupos sociales.
 
Estamos inmersos en un momento histórico de cambio permanente, de transición hacia nuevos modelos sociales y económicos que tienen unas consecuencias disruptivas en el empleo, en las ocupaciones, en las habilidades, etc. y que requiere que la sociedad en su conjunto (administraciones públicas, empresas, entidades sociales, trabajadores/as…) nos preparemos y actuemos para garantizar la igualdad de oportunidades, para potenciar a largo plazo los efectos positivos de un progreso técnico y digital inclusivo. El objetivo final es que las nuevas oportunidades laborales alcancen a todos/as y minimizar los “costes sociales” de la transición.
 
En el caso de las personas con discapacidad, esta respuesta conjunta para abordar los retos del futuro del trabajo debe darse desde los parámetros y bajo los principios que la Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad ya marcaba en 2006.
 
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