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CERMI.ES semanal el periódico de la discapacidad.

viernes, 26 de febrero de 2021cermi.es semanal Nº 426

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"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

Derecho de la Discapacidad

Gestión del Ingreso Mínimo Vital por las entidades del Tercer Sector y novedades

26/02/2021

Esta semana en la Sección Derecho y Discapacidad incluimos un monográfico sobre “El Ingreso Mínimo Vital y su gestión por las entidades del Tercer Sector”, por Luis Villameriel Presencio, Patrono de la Fundación Derecho y Discapacidad. Además, contamos con los apartados habituales de normativa en tramitación en personas con discapacidad y la actualización de la agenda de jornadas y seminarios y recientes que pueden ser de interés para los lectores.

Elva Rodríguez, Antonio Galiano, Luis P. Villameriel y Rafael de LorenzoEl Ingreso Mínimo Vital y su gestión por las entidades del Tercer Sector

 
Por Luis P. Villameriel Presencio, patrono de la Fundación Derecho y Discapacidad
 
La pandemia de Covid-19, además de impactar en la salud y la vida de tantas personas, está teniendo graves consecuencias económicas y sociales. La población más vulnerable e insegura, que no goza de una estabilidad permanente en sus ingresos, sufre con mayor intensidad las consecuencias sociales de la crisis sanitaria. La situación de pobreza y desigualdad que ya existía en España se ha visto agravada por la pandemia, y esto ha acelerado la implantación en nuestro país del Ingreso Mínimo Vital.
 
Se trata de una prestación económica, que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social, que garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. Se dirige a prevenir el riesgo de pobreza y de exclusión social de personas que, viviendo solas o integradas en una unidad de convivencia, carecen de los recursos económicos imprescindibles para cubrir sus necesidades básicas.
 
La adecuada gestión del Ingreso Mínimo Vital requiere comprobar que las personas que lo soliciten se encuentran realmente en una situación de vulnerabilidad económica. Se trata de una prestación económica, de periodicidad mensual, financiada con recursos públicos. Esto obliga a una gestión rigurosa y responsable, para garantizar que acceden a la prestación las personas que realmente cumplen los requisitos y tienen derecho a ella.
 
Para poder valorar que la persona solicitante reúne todas las condiciones, la normativa reguladora prevé que los servicios sociales competentes expidan un certificado que acredite el cumplimiento de distintos requisitos. A título de ejemplo, para acreditar el riesgo de exclusión social en los supuestos de convivientes en un mismo domicilio sin vínculo de parentesco, o acreditar la residencia efectiva en España o el domicilio real de personas que no residen donde figuran empadronadas, etc.
 
El Ingreso Mínimo Vital se puso en marcha por un real decreto-ley aprobado en mayo de 2020.
 
Tras la breve experiencia de su aplicación práctica, el Gobierno ha introducido diversas reformas para mejorar su gestión. Una de ellas, que queremos resaltar y poner en valor es pedir la colaboración de las entidades del Tercer Sector de Acción Social en la gestión del Ingreso Mínimo Vital.
 
Esta posibilidad se ha introducido mediante el Real Decreto-ley 3/2021, aprobado por el Gobierno en febrero de este año.
 
La clave de esta colaboración es que las entidades del Tercer Sector son reconocidas legalmente como mediadoras sociales del Ingreso Mínimo Vital. Este reconocimiento les permitirá emitir los certificados acreditativos del cumplimiento de requisitos a que antes hemos hecho referencia. Estos certificados serán firmados por una o un trabajador social perteneciente a la entidad, debidamente colegiado.
Además de este certificado inicial, los mediadores sociales del ingreso mínimo vital comunicarán anualmente a la administración pública gestora el mantenimiento o modificación de las circunstancias previstas en los informes iniciales.
 
Para poder realizar esta función de mediadores del Ingreso Mínimo Vital, se exige ser una entidad constituida con arreglo a la Ley del Tercer Sector de Acción Social, tener ámbito estatal, y contar con capacidad administrativa y técnica y puntos de atención directos a las personas en todas las Comunidades Autónomas y Ciudades autónomas. Es necesario acreditar una experiencia de, al menos, tres años en el acompañamiento y asistencia a personas en riesgo de exclusión social, e inscribirse en un Registro de Mediadores Sociales que llevará el departamento ministerial responsable de las políticas de inclusión.
 
La valoración de esta medida introducida en la gestión del Ingreso Mínimo Vital es muy positiva desde el sector de la Discapacidad. Es importante observar que responder ante las consecuencias sociales y económicas de la pandemia está obligando a las Administraciones Públicas a realizar un esfuerzo extraordinario, para el cual no tienen a veces los suficientes recursos humanos y medios materiales. Las entidades gestoras de la Seguridad Social o los distintos Servicios Sociales pueden verse sobrepasados en su capacidad real de gestión.
 
La participación de las entidades del Tercer Sector en esta gestión pública significa una colaboración reforzada que será sin duda exitosa. Conocen bien la compleja realidad de las personas potenciales beneficiarias de la prestación económica, tienen capacidad de valorar su situación y realizar su seguimiento, aportan a la gestión pública su saber hacer.
 
Confiemos en el éxito de esta nueva misión para las entidades del Tercer Sector, que podrá abrir camino para otros ámbitos de colaboración con las Administraciones Públicas.
 

Normativa en tramitación

 
Primera.- El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha pedido a los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados su apoyo a la toma en consideración de la Proposición de Ley integral de igualdad de trato y no discriminación, cuyo debate se inició en el Pleno de la Cámara Baja. El movimiento social de la discapacidad reclama la necesidad de que España se dote de un marco general de igualdad de trato y no discriminación, que garantice transversalmente los derechos de todas las personas y en especial de aquellas integradas en grupos sociales singularizados más expuestas a conductas discriminatorias.
 
Nuestro país sí dispone de marcos legales sectoriales de no discriminación, como el vigente para las personas con discapacidad, establecido en la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de 2013, pero carece de una regulación integral, de carácter genérico que apoye y fortalezca las respuestas normativas específicas.
La Proposición de Ley del Grupo Parlamentario Socialista trae esta necesidad legislativa a la agenda parlamentaria, dando inicio a un debate que partiendo de este texto permita a los grupos mejorarlo a través de enmiendas y llegar a un consenso amplio que dé un soporte robusto a la nueva legislación.
 
Segunda.- El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI Estatal) ha planteado a los Grupos Parlamentarios del Congreso de los Diputados que refuercen la protección legal de los consumidores con discapacidad en el Proyecto de Ley de Protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica. La propuesta está orientada a mejorar determinados aspectos de esta Ley y a otorgar una protección reforzada a las personas con discapacidad en el ámbito del consumo. No obstante, el movimiento social de la discapacidad acoge de manera favorable esta legislación, ya que supone la regulación legal por primera vez en España de la categoría de persona consumidora vulnerable, lo cual permitirá dotar de mayor protección y garantía de sus derechos a esta tipología de usuarios.
 
Las principales propuestas de enmiendas son:
1ª. Incorporar al preámbulo del texto legal el mandato internacional directo del tratado de derechos humanos que supone la Convención de Naciones Unidas.
 
Asimismo, plantea incidir en el mayor riesgo de exclusión motivado por la suma de los factores de interseccionalidad asociados a la discapacidad. Es el caso de los supuestos de personas mayores y especialmente de mujeres mayores y mujeres con discapacidad, donde se agrava la situación de vulnerabilidad, aumentando el riesgo de exclusión.
 
2ª. Que se especifique a las mujeres con discapacidad víctimas de violencia y de trata como grupo en el que se agrava exponencialmente el riesgo de exclusión social por la violencia de género, frustrando sus posibilidades de inserción en el mundo laboral o sus expectativas de independencia económica, todo ello como consecuencia del control que ejerce el agresor sobre las víctimas mujeres.
 
3ª. También propone que se amplíen las situaciones que motivan la consideración de consumidoras vulnerables de las personas con discapacidad y, especialmente las mujeres con discapacidad. Por una parte, hace referencia a las dificultades en el acceso a la información, la necesidad de una protección más intensa contra exclusiones, discriminaciones y abusos o el sobrecoste económico de la discapacidad, entre otras causas. Y, por otro, señala que a la brecha digital hay que agregar los sesgos de género y discapacidad en el análisis de datos masivos, que afectan claramente al diseño de políticas de impacto social como las políticas de consumo.
 
4ª.  En relación a los derechos básicos de los consumidores y usuarios, el movimiento social de la discapacidad insiste en la importancia capital de preservar la accesibilidad de la información sobre los diferentes bienes o servicios, incluido el etiquetado en braille; al tiempo que considera que hay que especificar que cualquier persona consumidora debe poder manifestar su consentimiento con garantías y, por otra parte, que las organizaciones de la sociedad civil de la discapacidad deben poder acompañar a las personas con discapacidad en la representación de sus intereses si así lo solicita.
 
5ª. En cuanto a la información del producto del consumo, pide incluir información sobre posibles alergias si se trata de productos alimentarios, o información sobre atención al cliente y procedimiento de reclamación, ya que considera que son cuestiones “importantes” que la persona debe conocer para tomar una decisión informada.
 
6ª. Otra de las propuestas es incluir el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social como referencia para completar la protección de las personas con discapacidad.
 
7ª. También considera que las políticas públicas en materia de consumo siempre deben velar en primera instancia por la no discriminación de las personas consumidoras vulnerables.
 
Tercera.- La Carta Social Europea revisada, el tratado sobre derechos y protección sociales del Consejo de Europa, ha llegado al Senado, como último trámite para su ratificación por el Reino de España. Tras la autorización concedida por el Congreso de los Diputados el pasado día 4 de febrero, la ratificación de la Carta Social Europea revisada, hecha en Estrasburgo el 3 de mayo de 1996, le corresponde ahora al Senado culminar el procedimiento de ratificación para que este tratado internacional de carácter social vincule a España, tras muchos años de espera. Para el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), esta próxima ratificación es una noticia alentadora, después de décadas sin asumir y comprometerse con este tratado europeo de protección y garantía de los derechos de contenido social. La ratificación de la Carta, reclamada por el movimiento social de la discapacidad y por todo el tercer sector de acción social en estos últimos años, robustecerá y ensanchará la protección social en España y ayudará a mitigar la fuerte deuda que España tiene con la protección social comprometida internacionalmente.
 

Jornadas y Seminarios

 
25 de febrero 2021. Webinar 17.00h. Rediseñando nuestra sociedad: Ciclo de cine "Vuelco" (dos amigos, una despedida, un diálogo a medio camino entre palabras y la lengua de signos. Se conocen de toda la vida. No hay secretos entre ellos... o eso parece) y "Sí a todo" (dos chicos, un centro comercial, un flechazo ente signos y palabras...).  El foro de expertos en accesibilidad e innovación, reúne a personas muy implicadas en la accesibilidad para analizar el papel de la tecnología como factor clave en la accesibilidad de nuestra sociedad, y de qué forma la normalización a nivel europeo está trabajando para asegurar el acceso y participación de todos en el avance de la misma. En esta sesión, moderada por Mercè Luz,- Jefa del Departamento de Cultura y Ocio de Fundación ONCE- participarán Robert Pérez Toledo (Director de Sí a Todo), Enrique Cervantes (Actor y escritos) y Paloma Soroa (Actriz y Periodista)
https://zoom.us/webinar/register/WN_MsmOkgQcSd6HST_PtgoLZw
 
Del 24 al 26 de marzo 2021. 10.30 a 12.00h.  Jornada "Recomendaciones técnicas para el diseño de edificios para adultos mayores". COAM. Esta jornada será la continuación de la anterior celebrada en enero sobre "Derechos Espacios Vivenciales y Terapéuticos para Adultos-Mayores" y se basa en el "Modelo para diseñar espacios accesibles, espectro cognitivo". Se dirige al público en general interesado en la materia.
https://www.coam.org/es/curso/3303/3557
 
Del 24-30 de junio 2021. World Blindness Summit. Online y presencial. La Unión Mundial de Ciegos, Icevi y Grupo Social ONCE celebran este congreso. Contará con más de 1500 personas ciegas de 190 países y 200 organismos relacionados con la discapacidad visual compartiendo espacios, talleres, ponencias y conocimientos en favor del debate hacia un futuro mejor y sobre el que trabajar juntos de forma global.
https://www.worldblindnesssummit.com/es/presentacion
 

Publicaciones

 
21 de febrero. Día Internacional de la Lengua Materna:  el Real Patronato sobre Discapacidad presenta este estudio introductorio del Centro de Normalización Lingüística de la Lengua de Signos Española (CNLSE).  Este estudio introductorio Lengua de Signos y Educación en la España de principios del siglo XIX, a cargo de Pedro Martínez Palomares, trata de los inicios de la educación formal de las personas sordas a principios del siglo XIX.  Esta publicación reitera el compromiso del Centro Español de Documentación sobre Discapacidad de avanzar en la normalización lingüística de la lengua de signos a través de acciones y estudios que sirvan de impulso a la investigación, a la preservación de la lengua de signos como patrimonio lingüístico y cultural, así como a la igualdad real de las personas sordas y sordociegas signantes. Se encuentra a disposición de personas usuarias de forma gratuita y online en el catálogo del CEDD y en la página web del Real Patronato sobre Discapacidad como en la CNLSE.
 
Martínez, P: Lengua de signos y educación en la España de principios del siglo XIX. Madrid. Real Patronato sobre Discapacidad, 2020, 124p. https://www.siis.net/documentos/ficha/560534.pdf
 

Dirección de la Sección Derecho de la Discapacidad de cermi.es 

 
Rafael de Lorenzo García, profesor Titular de la UNED y secretario general de Fundación Derecho y Discapacidad
 
Autores
 
Luis P. Villameriel Presencio, patrono de la fundación Derecho y Discapacidad
 
Antonio Galiano Barajas, coordinador General Adjunto de la Fundación Derecho y Discapacidad y Responsable jurídico del Instituto Municipal de Personas con Discapacidad del Ayuntamiento de Barcelona
 
Elva Rodríguez Ruiz, profesora titular del CSEU La Salle, abogada del despacho Antonio Navarro Rubio & Asociados y colaboradora de la Fundación Derecho y Discapacidad 
 
EQUIPO DE LA SECCIÓN DERECHO DE LA DISCAPACIDAD
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