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CERMI.ES semanal el periódico de la discapacidad.

viernes, 23 de diciembre de 2011cermi.es semanal Nº 16

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"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

Entrevista

Inés de Araoz, abogada

"España permite la segregación de alumnos por razón de discapacidad"

19/12/2011

Juan Antonio Ledesma

Bajo el título “El impacto de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en la legislación educativa española”, el estudio, del que son autoras María José Alonso Parreño e Inés de Araoz, analiza con detalle el grado de correspondencia entre los mandatos en materia de educación inclusiva del tratado internacional de la discapacidad y la normativa española.

Inés de Araoz es coautora del estudio, promovido por el CERMI, que concluye que la legislación educativa española, tanto estatal como autonómica, no ha asumido la dimensión inclusiva de la discapacidad, por lo que son necesarias reformas normativas de importancia.

A juicio de las autoras, la legislación española no respeta el modelo de educación inclusiva establecido por la Convención, ya que sigue manteniendo estructuras y modalidades educativas que segregan a una parte del alumnado con discapacidad.

¿La segregación del alumnado por razón de discapacidad es una realidad que persiste en el sistema educativo español?
Sí, es una realidad que persiste. Aunque la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, sobre Educación establezca entre sus principios la inclusión educativa, lo hace con limitaciones que permiten un doble sistema de escolarización del alumnado: ordinario y especial.

Concretamente, establece que la escolarización del alumnado podrá ser llevada a cabo en unidades o centros de educación especial cuando sus necesidades no puedan ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios. 

¿La educación inclusiva no está garantizada en nuestra legislación?
No, no está garantizada debido a que no todos los alumnos con necesidades educativas especiales pueden acceder a centros ordinarios. Ello, conforme nuestra normativa, dependerá de lo que establezcan la evaluación psicopedagógica y el dictamen de escolarización preceptivo, realizados por equipos de orientación generalmente.

Y si se considera que las necesidades del alumno no pueden ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros se le escolarizará en un aula o centro de educación especial.

Ello viene determinado bien por las características del alumno, bien porque esos centros no cuenten con los recursos necesarios o el profesorado adecuado o incluso porque no existan suficientes centros con esos recursos (existe escasez crónica de plazas), etc.

¿Hay grandes diferencias entre comunidades autónomas?
No, como regla general, la mayoría de las comunidades autónomas se adaptan a lo establecido por el marco legislativo estatal, excepto algunas que como Guipúzcoa o Baleares tienen muy generalizada la atención educativa al alumnado en centros ordinarios.

España ha firmado y ratificado la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. ¿Considera que el Estado español debe proceder a revisar la normativa educativa?

La Convención de la ONU sobre derechos de las personas reconoce en su artículo 24 a todas las personas con discapacidad (independientemente del tipo o grado de discapacidad) a hacer efectivo su derecho a la educación sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades por lo que los Estados parte, España en este caso, deberán garantizar un sistema inclusivo a todos los niveles.

Un sistema inclusivo no parece compatible con previsiones legales que permitan o peor aún, en determinados casos “obliguen”, a una escolarización paralela en centros educativos o aulas especiales en donde los niños no se beneficien de la inclusión con todos los demás niños.

Además, también hay que reflexionar sobre una cuestión muy importante porque, si la escolarización se realiza de forma separada ¿qué posibilidades existen de que llegue a producirse después una verdadera inclusión laboral o social?

“El impacto de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en la legislación educativa española” es el primer estudio que se realiza en España sobre esta materia. ¿Cómo se gestó?
De forma posterior a alguna conversación sobre educación inclusiva con Luis Cayo Pérez Bueno, presidente del CERMI Estatal, éste se puso en contacto con nosotras para proponernos la realización de este estudio.

¿Qué otras conclusiones básicas podemos extraer de esta investigación?
En mi opinión y, de forma muy resumida (podría extenderme mucho), las conclusiones básicas son que a pesar de que España ha ratificado la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad sin ningún tipo de reserva, no se ha tenido en cuenta que en España todavía existe aproximadamente un 20% del alumnado escolarizado en aulas o centros de educación especial.

Pero no sólo eso, las estadísticas analizadas del Ministerio de Educación establecen que de los algo más de 54.000 alumnos que comienzan educación primaria, solamente 35.000 comienzan la obligatoria y únicamente 982 empiezan bachillerato. Ello supone que la escolarización de este alumnado en centros ordinarios está fracasando en un alto porcentaje debido a que diversos factores están fallando.

Además, es un hecho que la escolarización inclusiva es posible en todos los casos (porque así lo avalan gran cantidad de experiencias prácticas), que es más barata y que beneficia a todos los niños, no solamente a los niños con necesidades educativas especiales. Pero también lo es, que para que en España lleguemos a verlo es precisa una verdadera transformación en la que todos los agentes implicados pongamos de nuestra parte.

Es un proceso que debe realizarse de forma paulatina y cuidadosa, sí pero también urgentísima. A lo largo de los años se ha avanzado mucho pero no todo lo deseable, hace ya treinta años que este proceso empezó. Es necesario que tanto la Comunidad Educativa, como las Administraciones Públicas, como el movimiento asociativo o la sociedad en general nos hagamos responsables, porque lo somos, de lograr que todos los niños con necesidades educativas especiales puedan acudir al colegio en condiciones de igualdad con el resto de niños.

¿Cómo podemos acceder al estudio completo?
Del estudio existe una tirada física limitada que puede solicitarse al CERMI y, en el supuesto de que no queden ejemplares o se prefiera  en formato digital, se pueden encontrar también en la página web del CERMI, Colección Convención ONU, nº 6.

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