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viernes, 11 de julio de 2014cermi.es semanal Nº 131

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Tercer sector

Jornada informativa sobre la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno

Juristas expertos detectan lagunas en la aplicación de la ley de transparencia sobre el Tercer Sector

10/07/2014

Expertos en Derecho y representantes de entidades del Tercer Sector han coincidido en señalar las lagunas existentes en torno a la aplicación de la ley de transparencia en el sector. Así lo han puesto de manifiesto durante la jornada organizada este miércoles por la Plataforma del Tercer Sector en Fundación ONCE para analizar el impacto de la ley de transparencia en el Tercer Sector.

Jornada informativa sobre la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobiernoRafael de Lorenzo, secretario general de la Plataforma del Tercer Sector, ha sido el encargado de la apertura de esta jornada, organizada en colaboración con el CERMI, y ha señalado que “uno de los valores de las organizaciones del sector es la transparencia” y ahora, “aunque insatisfactoriamente”, dispone de una regulación normativa. Se trata, ha puntualizado, de una norma muy debatida y en la que “se ha dado mucha manga ancha a las enmiendas”, lo que la ha convertido en una ley “compleja”.
 
Desde su punto de vista, el Tercer Sector “tiene que ir por delante” y “no basta con cumplir la ley sino que hay que tomar la iniciativa y demostrar que está haciendo un esfuerzo” en favor de la transparencia “porque “está en su ADN”. Así, se ha referido a la situación actual de “ahogamiento” de las entidades del sector y ha apostado por luchar contra “esta corriente, a través de la legitimidad de su misión social” y el relato del propio sector para evidenciar los esfuerzos en la asunción de los principios de la transparencia.
 
La primera ponencia del día la ha impartido Mariana Samaniego, de Garrigues Abogados, quien ha abordado el ámbito subjetivo de aplicación de la Ley y se ha referido, principalmente, a las obligaciones de publicidad activa que afectan a las entidades del sector  que perciban ayudas y subvenciones públicas de más de 100.000 euros en un año, o aquellas en las que el 40% del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública con un mínimo de 5.000 euros. “El ámbito subjetivo es muy amplio y permite incluir a múltiples tipologías del Tercer Sector”, ha señalado.
 

Obligaciones

 
Posteriormente, David Arias Guedón, de Garrigues Abogados, se ha centrado en las obligaciones materiales derivadas de la ley para las entidades del Tercer Sector y ha señalado que se trata de una ley “de límites”. En cuanto a los límites generales que establece la normativa, ha explicado que el derecho de acceso a la información puede ser limitado cuando suponga “un prejuicio efectivo”, como son las cuestiones de seguridad nacional, defensa, o seguridad pública, entre otras, algunas de ellas de amplia interpretación, según ha dicho.
 
En cuanto a la publicidad activa, ha asegurado que las obligaciones que la ley impone son la publicación de toda información relevante para garantizar la transparencia de la actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública, de forma gratuita, accesible, entendible, en formatos reutilizables, y a través de las sedes electrónicas o páginas web.
 
Sobre el alcance del principio de publicidad activa, la información institucional que deben publicar las entidades del sector son, según ha explicado, su normativa, aunque en la ley no se especifica este punto; las funciones que desarrollan, respecto a lo que ha opinado que “solo deberían publicarse las funciones sustentadas con dinero público”;  y la estructura organizativa.
 
En lo que respecta a las obligaciones sobre información económica, presupuestaria y estadística, que afectan al Tercer Sector, son la información relevante relativa a contratos y convenios firmados con la Administración y las subvenciones o ayudas, así como la retribución anual de los máximos responsables de las entidades  e indemnizaciones por cese, aunque, ha puntualizado, ésta última “no queda claro si es aplicable o no al sector”. En su opinión, el resto de obligaciones recogidas en el texto no serían exigibles al sector aunque, ha dicho, “hay quien cuestiona esta interpretación”.
Jornada informativa sobre la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno

Cómo aplicar la Ley al Tercer Sector

 
Por su parte, Emilio Guichot, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Sevilla se ha centrado en los retos e incógnitas de la ley y ha señalado que el hecho de que “teniendo una de las primeras constituciones que establecen el derecho acceso a información administrativa”, España no haya desarrollado una ley de transparencia hasta ahora se debe a “la tormenta perfecta” provocada por la crisis económica y política e institucional.
 
Segú ha explicado, el debate más importante en el trámite de aprobación de la ley fue la ampliación de los sujetos en cuanto a la obligación de que todo aquel ente privado que reciba fondos públicos de cuenta de ellos. Un precepto, ha puntualizado, recogido como una enmienda dentro de la ley, por lo que será necesario un reglamento que lo desarrolle para la aclaración de algunos aspectos indeterminados, aunque, ha insistido, este reglamento “lleva un retraso de más del doble del plazo establecido en un principio”.
 
La mayor incógnita, desde su punto de vista, es cómo se aplica la ley al Tercer Sector y esto ocurre, ha puntualizado, “cuando se introducen con calzador sujetos para los que no estaba pensada esa norma”. Así, ha señalado como retos, la integración en la actividad cotidiana de los entes de las obligaciones de publicidad activa; respecto a la publicidad pasiva, el “reto inmenso de gestión de información para la Administración”, ha dicho, así como para la organización interna de las organizaciones.
 
También ha insistido en que la implementación de la ley “o es gratis y actual o no sirve”, para lo que la norma establece la creación de unidades responsables de gestionar las reclamaciones de información, que tienen que estar dotadas de personal competente porque sino “los ciudadanos acudirán a los tribunales, con las consecuencias que esto conlleva”.
 
Por último, ha afirmado que prácticamente todas las comunidades autónomas ya han aprobado o están en proceso de aprobación de sus leyes de transparencia y ha recordado que aunque tienen que respetar la ley estatal, pueden ampliarla. En este sentido, ha subrayado el caso de la ley andaluza, como modelo de otras leyes autonómicas, que además incorpora un régimen sancionador tanto para la Administración como para sujetos privados.
 

Imprecisiones de la normativa

 
Las conclusiones de la jornada la ha ofrecido  Miguel Loya, de Garrigues Abogados, quien ha señalado que la ley tendrá un “impacto relevante en determinadas conductas” de las entidades del Tercer Sector a la hora de emitir información y ha considerado necesario un análisis riguroso de cada entidad por las imprecisiones que presenta la normativa. 
 
Loya ha subrayado que “la transparencia es una exigencia social” y “siempre ha sido consustancial al Tercer Sector” por eso, ha dicho, “esta es la guía para solucionar todas las lagunas que la ley genera a día de hoy”.
 
La clausura de la jornada la ha realizado Juan Lara Crivillén, vicepresidente de la Plataforma del Tercer Sector, quien ha apostado por la transparencia como valor de las entidades que componen el sector.
 
La Plataforma del Tercer Sector en España se constituyó el 10 de enero de 2012 como una entidad sin ánimo de lucro que pretende defender el valor de lo social desde una voz unitaria, a la vez que intenta promover soluciones en favor de los colectivos más desfavorecidos, proteger los derechos sociales e impulsar la igualdad entre las personas.
 
Fue fundada por siete de las organizaciones más representativas en el ámbito de lo social: Plataforma del Voluntariado de España (PVE),  Red Europea de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión social en el Estado Español (EAPN-ES), Plataforma de ONG de Acción Social (POAS), Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), Cruz Roja Española, Cáritas y la Organización Nacional de Ciegos de España (ONCE).
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