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Acceso universal

La Oficina de Atención a la Discapacidad desestima la queja del CERMI para hacer accesible el mirador de Alfonso XII en El Retiro

22/02/2021

El mirador del monumento a Alfonso XII del madrileño Parque del Retiro se quedará de momento como está y no se acometerán obras para que sea accesible a todas las personas, pese a la queja que planteó el CERMI. La razón que esgrime la administración competente es que se trata de un espacio de valor histórico-artístico y no se pueden acometer reformas.

Imagen del mirador de Alfonso XIIEl CERMI se quejó de que los 97 peldaños para subir al mirador eran infranqueables para personas con discapacidad o con afecciones coronarias o respiratorias graves, por lo que pedía hacer accesible este espacio del Retiro.
 
Tras formular la queja ante la Oficina de Atención a la Discapacidad (Oadis) de la Vicepresidencia de Derechos Sociales y Agenda 2030, se sucedieron varios informes de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Comunidad de Madrid y del Ayuntamiento de la capital.
 
En ellos se indica que el valor de este espacio “hace muy difícil, y en algunos casos imposible, la aplicación directa de las normas sobre accesibilidad”, y que la ley excluye a los bienes de Patrimonio Histórico de la aplicación de las normas de accesibilidad.
 
“En el espacio existente en el interior de la torre no es posible físicamente, por falta de espacio, la instalación de cualquier tipo de elevador o salva-escaleras que permita acceder al mirador”, recoge el informe de la Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad de Madrid tras la queja planteada por el CERMI.
 
Argumenta que “cualquier elemento que se adosara significaría una afección a los valores artísticos y arquitectónicos y no permitiría la correcta percepción, contextualización histórica y comprensión de un monumento relevante en la historia del arte y la arquitectura madrileña y que constituye un hito dentro del Parque del Buen Retiro”, que es Bien de Interés Cultural.
 
Indica que la aplicación de las normas sobre accesibilidad no se aplica en los edificios o inmuebles declarados bienes de interés cultural o edificios de valor histórico-artístico, siempre y cuando las modificaciones necesarias comporten un incumplimiento de la normativa específica reguladora de estos bienes.
 
Tras recibir estos informes, la Oficina de Atención a la Discapacidad (Oadis) ha concluido que “la barrera arquitectónica que representa los 97 peldaños, que existen para acceder al mirador, no puede ser eliminada ya que en el espacio existente en el interior de la torre no es posible físicamente la instalación de cualquier tipo de elevador o salvaescaleras que permita acceder al mirador”.
 
Fuente: Servimedia
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