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viernes, 21 de septiembre de 2018cermi.es semanal Nº 315

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Mujer

Pacto de Estado contra la Violencia de Género: una urgencia para las mujeres con discapacidad

19/09/2018

Las mujeres con discapacidad fueron especialmente activas en los grupos de trabajo que se pusieron en marcha para confeccionar el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, firmado el 28 de septiembre de 2017. También lo están siendo en la exigencia de su cumplimiento, sumándose a los manifiestos y marchas de mujeres que reivindicaban la aprobación del presupuesto asignado para su efectiva aplicación, reclamando al Estado español que realice las reformas legales necesarias que todavía siguen pendientes para que verdaderamente se dé cumplimiento al Convenio de Estambul y que los recursos que se pongan en marcha sean accesibles para todas las mujeres independientemente del tipo de discapacidad que presenten.

El hecho de tener una discapacidad da lugar a formas específicas de violencia machista (que no sufren las mujeres sin discapacidad) y a formas agravadas (de aquellas que nos son comunes). Algo en lo que, hasta hace bien poco, no se fijaba ni el movimiento por los derechos de las personas con discapacidad, ni el movimiento feminista. En la actualidad, persiste una resistencia a considerar a las mujeres con discapacidad como víctimas potenciales de la violencia de género. Esto, por un lado, obedece, como señala María del Carmen Barranco, profesora de Filosofía del Derecho de la Universidad Carlos III de Madrid e investigadora del Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas (IDHBC), al concepto que en España manejamos sobre violencia de género, el recogido en Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, que solo contempla como tal la ejercida por parejas o exparejas.
Representantes de la FCM en una manifestación contra las esterilizaciones forzosas.
Si esto dejó hace tiempo de ser suficiente para las mujeres en general, lo es aún menos para las mujeres con discapacidad: “Pensemos, por ejemplo -señala Irene Vicente Echevarría, investigadora también del IDHBC- en aquellas formas de violencia en las que el agresor no es la pareja o expareja, sino su familia, sus tutores legales…, o en aquellas que tienen lugar en residencias o centros de internamiento y son producidas por sus cuidadores”.
 
Izaskun Jiménez Gómez, técnica de igualdad de la Federación Coordinadora de Personas con Discapacidad Física y Orgánica de Bizkaia (FEKOOR), coincide en que su organización “lleva años machacando con que el término violencia de género no es inclusivo”. “Hay otros agresores que no tienen nexo o lazo de unión con nosotras, que esa ley no recoge y con lo cual nosotras no podemos acceder a todos los recursos,  prestaciones y las ayudas que de ella caen. Porque, ¿qué pasa, por ejemplo, con la violencia por omisión de cuidados (abandono) o la violencia institucional?”
 
El 68% de las mujeres con discapacidad vive en instituciones y la mayoría están expuestas a la violencia de personas de su entorno, ya sea personal sanitario, de servicio o cuidadores. “La institucionalización -señalan desde Fundación CERMI Mujeres- es una forma específica de violencia ejercida hacia mujeres y niñas con discapacidad, que se ven obligadas a vivir en entornos cerrados y segregados como resultado de la única respuesta a su atención y exclusión de la comunidad, lo que supone la negación de sus derechos de plena ciudadanía”. Hay poco espacio para la intimidad en estos lugares. El cuerpo de las mujeres es más accesible, de ‘dominio público’ para el personal del centro.
 
Otras formas de violencia específica contra las mujeres y niñas con discapacidad son los abortos coercitivos, las esterilizaciones forzosas o las modificaciones de la capacidad de obrar (antes, incapacitaciones legales), ‘prácticas’ que afectan a más mujeres con discapacidad que a hombres con discapacidad y que tienen componentes y/o efectos distintos en ellas que en ellos. Por ejemplo, en el caso de la modificación de la capacidad de obrar, los estereotipos que pesan sobre las mujeres con discapacidad propician que “sus familias, como mecanismo de seguridad, soliciten su  incapacidad para someterlas a esterilizaciones y privarlas de sus derechos sexuales y reproductivos. Además, la cultura patriarcal considera a las mujeres con discapacidad más “desvalidas” y en absoluto capacitadas para tomar decisiones relacionadas con su salud, su patrimonio o cuidar a sus hijos e hijas. Bajo ese supuesto manto protector, algunos juzgados las incapacitan y las matan civilmente”, señalaba Laura Seara en la presentación del informe ’Las mujeres con discapacidad en las sentencias de los tribunales españoles’. En el caso de los hombres con discapacidad, la ‘incapacitación’ suele ser por motivos de manejo de su patrimonio. Además, las esterilizaciones forzosas, que sufren especialmente las mujeres con discapacidad intelectual o psicosocial, pueden agravar la situación de indefensión y vulnerabilidad ante los abusos sexuales, porque el agresor no corre el riesgo de que un embarazo se convierta en evidencia del abuso.
 
El otro motivo de resistencia a considerar a las mujeres con discapacidad como potenciales víctimas de la violencia de género lo encontramos en los estereotipos que presentan a estas mujeres como seres asexuados, infantilizados, percibidos como incapaces de generar deseo sexual y de tener una pareja.
 
Sin embargo, se estima que aproximadamente un 13% de las mujeres que son asesinadas por sus parejas y/o exparejas cada año en España son mujeres con discapacidad. Y según el informe ‘Violencia de género hacia las mujeres con discapacidad’, elaborado por la Fundación CERMI Mujeres, el 31% de las mujeres con discapacidad ha sufrido violencia machista en algún momento de su vida, más del doble que las mujeres sin discapacidad (12,5%). El informe se basa en una macroencuesta que no contempla violencias contra mujeres incapacitadas e institucionalizadas, por lo que las cifras reales apuntarían a una incidencia aún mayor. En cuanto a violencia sexual, se registran cifras que triplican, e incluso cuadruplican, la media. Fundación CERMI Mujeres reclama una macroencuesta específica sobre violencia de género contra mujeres con discapacidad, así como que se tenga en cuenta la variable de discapacidad en todos los estudios que en materia de violencia de género se hagan en España.
 

Un sistema de justicia vetado

 
El Pacto de Estado vendría, en parte, a acabar con la invisibilización de estas agresiones. Entre sus medidas, incluye una reforma de la definición incluida en la L.O. 1/2004 para extenderla a todas las formas de violencia contra las mujeres (las incluidas en el Convenio de Estambul), que también surgen de una sociedad patriarcal y que se ejercen sobre las mujeres por el mero hecho de ser mujeres. Es decir, además de la física, psicológica y sexual, incluiría la violación, la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, el acoso sexual y el acoso por razones de género, las esterilizaciones forzadas o los abortos coercitivos. “Es un buen punto de partida para contribuir a visibilizar el fenómeno”, subraya la profesora Barranco.
 
Sin embargo, en el paquete de medidas ‘urgentes’ que han iniciado su trámite parlamentario -entre las que se encuentran devolver las competencias a los ayuntamientos en materia de violencia de género, permitir que los menores puedan recibir asistencia psicológica con el consentimiento materno o que sea suficiente un informe de los servicios sociales o especializados para que se reconozca a las mujeres como víctimas de violencia de género, sin que medie denuncia- no se incluye la ampliación del concepto de violencia de género. La ministra de Igualdad ha emplazado a los grupos a que de aquí a final de año se completen todas las medidas de modificación legal que conlleva el Pacto.
 
Pero no es sólo un problema de conceptos. El acceso a la justicia está vetado para las mujeres con discapacidad. Barreras simbólicas y de accesibilidad – física, cognitiva y sensorial- se interponen entre ellas y la obtención de protección y reparación cuando tratan de hacer valer sus derechos en sede judicial.
 
Esto, advierte la Fundación CERMI Mujeres, vulnera claramente el artículo 24.1 de la Constitución, que establece que “todas las personas tienen derecho a obtener tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos sin que en ningún caso pueda producirse indefensión”. Y, también los consensos internacionales: la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (art.15) y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (art.13).
 

Estereotipos que pesan

 
Si nos atenemos al número de denuncias presentadas por violencia machista por parte de las mujeres con discapacidad o al número de sentencias relacionadas con mujeres con discapacidad, podríamos llegar a pensar que esta violencia como tal no existe, que no es estructural, que se trata, a lo sumo, de ‘casos aislados’.
 
Para Barranco, el primer obstáculo es que en el caso de mujeres socialmente consideradas dependientes, se tiende a justificar y naturalizar la relación de poder con personas de su entorno. “En la medida en que se considera una situación ‘natural’, no se reacciona frente a ella’, sostiene.
 
Otras veces, el problema es el desconocimiento: “Las mujeres con discapacidad intelectual no solemos denunciar porque no sabemos que estamos sufriendo violencia de género o porque no sabemos cómo hacerlo y a quién pedir ayuda”, apunta Blanca Torres, integrante del grupo de mujeres de la Asociación para la Atención de Personas con Discapacidad Intelectual Ligera e Inteligencia Límite (Adisli) y experta en violencia de género. De nuevo, los prejuicios hacen que no se trabaje la educación sexual y afectiva con ellas. Torres considera fundamental que puedan realizar formaciones específicas sobre prevención y empoderamiento ante la violencia de género, como las que ella ha realizado en la UNED.
 
A eso se añade la desconfianza que existe en muchas ocasiones acerca de los testimonios de las víctimas con discapacidad de la violencia machista, especialmente si se trata de mujeres sordociegas o con discapacidad intelectual o psicosocial. Como apunta la investigadora Vicente, “si una mujer sin discapacidad necesita probar que no miente, exagera o se ha buscado la agresión, en el caso de las mujeres con discapacidad esto cobra un nuevo y más profundo sentido”. Así que cuando estas mujeres, que tienen la consideración social de ‘niñas eternas’, verbalizan que están sufriendo violencia de género, su entorno habitual suele quitarle importancia. Y si consiguen superar esa incredulidad inicial, será el sistema de justicia el que vuelva a poner en duda su testimonio. Marian Andrés Acha, integrante de la Comisión de Igualdad de Fekoor, coincide en que en las pruebas periciales y durante la instrucción del juicio “hay muy pocos profesionales que pongan en valor el testimonio de la víctima”.
 
Mención especial, afirma la profesora Barranco, requieren las mujeres con discapacidad intelectual y psicosocial a las que se les modifica la capacidad de obrar y que, como consecuencia, pueden estar privadas de la posibilidad de acceder a la justicia por sí mismas, si no es a través de una persona intermediaria (tutora o curadora), lo que las sitúa en una situación de especial vulnerabilidad.
 
Los prejuicios y estereotipos en torno al género y la discapacidad impregnan la labor de los Cuerpos de Seguridad del Estado, la Abogacía, la Fiscalía y la Magistratura, levantando unas barreras actitudinales que impiden el acceso a la justicia en igualdad de condiciones.
 

La inaccesibilidad de los recursos

 
Existen otras barreras: las puramente materiales relacionadas con el entorno físico y la comunicación e información, que hacen, como señala Barranco, que la justicia, a veces, no sea accesible para mujeres con discapacidad sensorial o física “y que casi nunca lo sea en el caso de las mujeres con discapacidad intelectual’.
 
Los recursos existentes para víctimas de la violencia de género no cumplen los requisitos de accesibilidad debido a que manejan todavía el modelo de una mujer estándar, sin ningún tipo de discapacidad, y no suelen estar disponibles en formato braille o en lectura fácil. “Muchas veces las mujeres con discapacidad intelectual no respondemos a las preguntas y nos quedamos retraídas y cohibidas, por el simple hecho de que la información no está adaptada a lectura fácil y por miedo a que piensen que preguntamos mucho, que tenemos muchas dudas”, apunta Torres. “También tenemos miedo, inseguridad, nos sentimos más vulnerables, nos da mucha miedo responder a las preguntas que nos hacen en el juzgado si no estamos acompañadas por alguien que nos dé seguridad y confianza para realizar todos los trámites y papeleos que hay que hacer para poder denunciar”.
 
Andrés Acha considera “tremendamente horrible” que no permitan a las mujeres con discapacidad acudir a la toma de declaración con su asistente personal, “con lo cual muchas veces se pierde información que la víctima nos intenta dar: por falta de medios o porque no la entendemos”, expone
 
Que en estas condiciones una mujer con discapacidad consiga llevar a juicio su caso puede considerarse una proeza, afirman desde Fundación CERMI Mujeres. Y las que llegan al recurso, “¿cuentan con intérprete de lengua de signos en sus terapias, asesoramientos jurídicos y sociales?, ¿las profesionales están formadas para atenderlas o, por el contrario, se las está derivando a otros recursos, “especializados”, por así decir, en su discapacidad, como servicios sociales o residenciales disponibles, y no en violencia de género?”, se pregunta la investigadora Vicente.
 

Pacto de Estado: ¿el final de la revictimización y la impunidad de los agresores?

 
La suma de todas las barreras tiene dos consecuencias fundamentales: la revictimización de las mujeres con discapacidad y la impunidad de las agresiones. Las barreras no solo impiden que las mujeres víctimas de violencia accedan a la justicia, explica la profesora Barranco, sino que además están generando violencia institucional: “Hay dos violencias: la que sufro y a la que me somete el sistema cuando voy a pedir amparo”, afirma.
 
El Pacto de Estado puede ser una oportunidad para ponerles fin. Reconoce la necesidad de realizar campañas publicitarias de prevención contra la violencia de género, acoso, agresiones sexuales, etc. incluyendo material accesible; la inclusión en las bases estadísticas oficiales de indicadores por tramos de edad y discapacidad; la progresiva adaptación de los recursos de apoyo y atención; la implementación de medidas de asistencia personal para que las mujeres con discapacidad puedan tomar el control de sus propias vidas, para evitar la violencia familiar o de género y la institucionalización.
 
Las organizaciones de mujeres con discapacidad reclaman que la formación a la que se alude en el Pacto no sólo vaya dirigida a juristas, sino a todas las y los profesionales que trabajan con las víctimas de violencia machista, como el equipo de valoración pericial, resalta Marian Andrés. Torres coincide: “Hace falta más personal especializado en discapacidad para que las mujeres que vayamos a denunciar estemos más tranquilas y seguras”.
 
Las mujeres con discapacidad deben participar en esa formación, tanto en su diseño como, en la medida de lo posible, en su impartición, así como en todas las decisiones políticas que se vayan adoptando, insisten las asociaciones. Como señala Mari Carmen Azkona, integrante de la Comisión de Mujer por la Igualdad de FEKOOR, “las mujeres con discapacidad debemos estar en todos los foros, también en el ámbito judicial. Porque nosotras somos las protagonistas de nuestra vida y también de lo que queremos reivindicar. Sin nosotras no se va a poder hacer”, concluye.
 
(Información elaborada por Lara Cuenca Gómez y publicada por Pikara Magazine).
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