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Acceso Universal

Tráfico defiende que no tiene competencias para prohibir estacionar a los patinetes en las aceras

21/07/2020

La Dirección General de Tráfico (DGT) asegura que "corresponde a los municipios" la regulación de la circulación y estacionamiento en el ámbito urbano, aunque la normativa de ámbito nacional que prepara sobre los vehículos de movilidad personal (VPM), entre los que se encuentran los populares patinetes, "podrá aplicarse" cuando no exista una local.

Patinetes aparcados en una acera Así lo revela el Defensor del Pueblo en respuesta a una queja presentada por el delegado de Derechos Humanos y para la Convención de la ONU del CERMI, Jesús María Martín Blanco, y donde recoge los argumentos de la DGT
 
Tráfico asegura al Defensor en el documento al que ha tenido acceso Servimedia que "el proyecto de real decreto establece la prohibición de circulación de los VMP en las aceras y demás espacios, puesto que el proyecto de real decreto otorga a los VMP la categoría de vehículos" y que la DGT "siempre ha recomendado la reserva de la acera para el peatón".
 
A la vista del contenido de dicho informe y antes de realizar un pronunciamiento sobre el problema expuesto por el CERMI, la adjunta segunda del Defensor del Pueblo, Concepció Ferrer i Casals, propone en su respuesta al comité que presente alegaciones que permitan al Defensor decidir mejor si continuar o no con el expediente de actuación que ha abierto.
 

"NO BASTA"

 
A finales de 2019, el CERMI reclamó al Ministerio del Interior a través de la DGT que prohíba expresamente en normativa estatal, aplicable a todo el territorio del Estado, el estacionamiento de patinetes eléctricos y demás vehículos de movilidad personal (VMP) en las aceras. 
 
En opinión del CERMI, "no basta, aunque haya constituido una medida acertada, recordar como ha hecho la DGT en una reciente Instrucción que con la normativa vigente los patinetes eléctricos y el resto de VMP no pueden circular por las aceras y, por tanto, el que lo hagan supone una infracción que los Ayuntamientos han de sancionar lo más severamente posible".
 
En su reciente informe al Defensor, la DGT apunta que, como continuidad a esa instrucción, "el proyecto de Real Decreto de Medidas Urbanas de Tráfico finalizó las fases de consulta y audiencia pública, y se han recabado todos los informes de los departamentos ministeriales vinculados al proyecto y, actualmente, se encuentra a la espera de informe del Consejo de Estado". "Este proceso regulatorio tiene como fin pacificar el entorno urbano y dar un marco jurídico claro que permita distinguir los vehículos de Movilidad Personal (VMP) de los vehículos a motor, y los VMP de los juguetes", agrega en el documento.
 
También asegura que al proyecto de real decreto se han incluido diversas modificaciones a raíz de las alegaciones presentadas en el trámite de audiencia pública. 
 
Entre las principales apunta el definir con mayor detalle las vías afectadas y las responsabilidades de las autoridades implicadas en el artículo 38 del Real Decreto 1428/2003, los nuevos límites genéricos de velocidad en vía urbana, que se exima a los ciclos de pedaleo asistido de la obtención de un certificado para la circulación; "se hace referencia a la normativa comunitaria en las definiciones recogidas en el artículo 2.6 del proyecto normativo; y se establece un plazo de aplicación del proyecto normativo de seis meses para las velocidades genéricas, y de 24 meses para los preceptos que regulan los VMP y ciclos de pedaleo asistido".
 
Fuente: Servimedia
 
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