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viernes, 23 de febrero de 2018cermi.es semanal Nº 291

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CERMIS Autonómicos

CERMI Andalucía aplaude la aprobación del decreto que regula el concierto social y que permitirá concertar servicios sociales con entidades sin ánimo de lucro

22/02/2018

CERMI Andalucía celebra que el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobara este pasado martes el decreto regulador del concierto social que permitirá concertar servicios sociales con entidades sin ánimo de lucro sin que tengan que concurrir a contratos.

Con este decreto se hace realidad una demanda por la que el CERMI Andalucía viene trabajando desde hace ya varios años, dado que consigue fortalecer el desarrollo de las actividades y prestaciones de los servicios que las entidades sin ánimo de lucro proporcionan con calidad contrastada a los colectivos más vulnerables, como el que constituyen las personas con discapacidad.
 
La consejera de Igualdad y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía, María José Sánchez Rubio, realizará esta tarde una presentación del decreto a las entidades del sector de la discapacidad en Andalucía, y CERMI Andalucía espera que hayan sido recogidas sus aportaciones.
 
En este sentido, CERMI Andalucía espera también que el desarrollo de este decreto y su puesta en práctica se hagan en el menor tiempo posible y con todas las garantías.
 

El concierto social

 
El concierto social es una figura administrativa especial y diferenciada que en igualdad de condiciones prioriza la contratación de entidades sin ánimo de lucro y, en su defecto, de otras similares como las cooperativas sin ánimo de lucro para la prestación de servicios sociales públicos.
 
Esta nueva modalidad de gestión indirecta posibilita que las entidades sin ánimo de lucro se puedan hacer cargo, mediante la acción concertada, tanto de la gestión de centros, como de las prestaciones o servicios a las personas con discapacidad. De este modo, estas entidades sin ánimo de lucro evitarían tener que pasar por un proceso de contratación y, por lo tanto, no se verían en la tesitura de tener que competir en precios con empresas privadas.
 
Prevista en el marco de la Ley de Servicios Sociales, norma en vigor desde enero del año pasado, y conforme a la actual normativa estatal de contratación pública y por aplicación de las directivas europeas en materia de contratación pública, esta nueva fórmula sustituirá a las actuales fórmulas de convenios de colaboración y contratos convencionales.
 
En el ámbito de la Junta, la competencia para celebrar estos conciertos corresponderá al titular de la consejería con responsabilidad en esta materia, Igualdad y Políticas Sociales en estos momentos, así como a los titulares de los entes, organismos o entidades adscritas a ella. En el ámbito local será cada administración la que determine el órgano para convocarlos y formalizarlos. Los servicios que se incluyen son los previstos en el Catálogo de Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.
 
La regulación del concierto social incluye una serie de cláusulas sociales y medioambientales, como la dignidad de las condiciones laborales, la inclusión social, la igualdad de género y el respeto al medio ambiente.
 
Para realizar estos conciertos, las entidades deberán estar inscritas en el correspondiente Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales. La duración máxima será de ocho años, incluidas las prórrogas, y en todo caso deberá garantizarse la continuidad de la prestación o del servicio.
 
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