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Actualidad

El CERMI presenta un “Amicus Curiae” ante Naciones Unidas por la vulneración del derecho a la vivienda de una persona con discapacidad en España

26/08/2019

El CERMI ha presentado ante el Comité del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas un escrito, conocido en la práctica del Derecho Internacional como “Amicus Curiae”, de apoyo a una petición individual de un nacional contra una resolución judicial de un desahucio de un tribunal español en la que no se ha considerado debidamente la condición de discapacidad del perjudicado a la hora de emitir el fallo.

Esta petición individual, apoyada por Cáritas Española y Cáritas Girona, se efectúa virtud del protocolo facultativo del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, del que España es Estado signatario.
 
El “Amicus Curiae (Amigo de la Curia o Corte)”, expresión jurídica latina, se refiere a presentaciones realizadas por terceros ajenos a un litigio, que ofrecen voluntariamente su opinión cualificada frente a algún punto de derecho u otro aspecto relacionado, para colaborar con el tribunal en la resolución de la materia objeto del proceso.
 
En este caso, el CERMI solicita al Comité de los Derechos Económicos, Sociales y Cultuales de Naciones Unidas que admita el escrito elaborado como instancia conocedora del tema, en calidad de “Amicus Curiae”, y considere los argumentos que se presentan en el momento de analizar la petición individual formulada contra el Estado español.
 
El CERMI interviene en el procedimiento abierto en calidad de mecanismo independiente de seguimiento de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en España, y solicita que se admita la petición individual para condenar a España por violación del Pacto de Naciones Unidas, en tanto no se ha asegurado el derecho a la vivienda de un nacional español, en cuyo caso la discapacidad era un hecho relevante.
 
Como argumentos, el CERMI señala que la Providencia del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Girona, Cataluña, de 10 de diciembre de 2018, no tiene en suficiente consideración el factor de la discapacidad como elemento aumentativo de la vulnerabilidad y el riesgo de exclusión social, especialmente en relación con el derecho a la vivienda. 
 
Además, el CERMI insiste en que la especial protección de las personas con discapacidad que deparan los tratados internacionales suscritos por España no ha sido asumida por la resolución judicial cuestionada. Así, bienes jurídicos como el derecho a una vivienda digna, a la no discriminación, a la protección de la familia y la salud, que forman parte del ordenamiento jurídico, no han sido tenidos en cuenta de modo adecuado en la decisión del órgano judicial.
 
En su relato ante el Comité de Naciones Unidas, el CERMI indica que, a raíz de la crisis económica y la burbuja inmobiliaria, el Legislador español ha incidido en los últimos años en materia del derecho a la vivienda, desde la perspectiva de su función social, aunque con lentitud y sin la intensidad precisa. Así, tanto el Real Decreto-ley 7/2019, como el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 o la Ley 49/60 de Propiedad Horizontal en su reforma última tratan esta materia disponiendo algunas medidas con el fin de atenuar la exclusión social entre aquellos sectores más vulnerables -como las personas con discapacidad-.
 
También el legislador español promulgó una Ley específica para las personas con discapacidad, la Ley General de los Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, en la que se recogen sus derechos, entre los que se cuenta el derecho a una vivienda digna.
 
Pese a este soporte legal, las personas con discapacidad siguen encontrando barreras sustanciales en el acceso a la Justicia, lo que pone en riesgo la defensa y la garantía de su derecho humano a una vivienda adecuada. Especial significación tienen los casos de desalojo forzoso de la vivienda habitual o las reclamaciones para incluir medidas de accesibilidad en las comunidades de propietarios. 
 
En este sentido y recogiendo las recomendaciones de la Relatora Especial de Naciones Unidas para una vivienda adecuada en referencia al acceso a la justicia en el desarrollo del derecho humano a la vivienda, España deberá establecer mecanismos de denuncia y rendición de cuentas accesibles e inclusivos, y garantizar que los tribunales estén autorizados y dotados de recursos adecuados para tramitar y resolver demandas relacionadas con el derecho de las personas con discapacidad una vivienda adecuada, ofreciendo soluciones aceptables en los casos extremos de desahucio y desalojo.
 
El CERMI espera que el Comité de Naciones Unidas atienda la petición individual que ha recibido y fije criterios que insten al Estado español a mejorar su legislación interna a fin de garantizar el derecho a una vivienda digna y accesible a las personas con discapacidad y a evitar la pérdida de este bien básico en caso de dificultades económicas de los titulares.
 
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