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viernes, 15 de marzo de 2013cermi.es semanal Nº 71

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"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

Empleo y formación

Convenio especial: más Seguridad Social para las personas con discapacidad

Las personas con discapacidad con más problemas para encontrar trabajo podrán recibir pensiones cotizando 189,65 euros mensuales en 2013

12/03/2013

Mario García

El próximo 1 de abril entrará en vigor un real decreto aprobado recientemente por el Gobierno que permite a las personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral acogerse a una nueva modalidad de convenio especial de Seguridad Social para que coticen mensualmente por sí mismos y puedan recibir determinadas prestaciones. Para ello, el Estado aportará 1.531 millones de euros.

Trabajador con discapacidadEsta medida será muy pronto una realidad gracias al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, y más concretamente a la titular de este departamento, Fátima Báñez.

El convenio especial es una fórmula con larga tradición en el sistema español de Seguridad Social que permite a determinadas personas, previa aportación, acceder a prestaciones sociales que de otro modo no podrían obtener por estar en situaciones o circunstancias peculiares.

Así, el convenio especial tiene como fin la cobertura de las prestaciones correspondientes a invalidez permanente, muerte y supervivencia (orfandad, viudedad y a favor de familiares), derivadas de enfermedad común y accidente no laboral, jubilación y servicios sociales.
 
Hasta ahora, la Seguridad Social admitía varios supuestos en esta materia, como trabajadores que reduzcan la jornada por cuidado de un menor, persona con discapacidad o familiar; empleados a tiempo parcial, trabajadores perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años y cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia.
 
Además, están autorizados seis convenios relacionados con trabajadores en el extranjero y de asistencia sanitaria, y otros que afectan a trabajadores de temporada en periodos de inactividad, deportistas de alto nivel, funcionarios o empleados de organizaciones internacionales intergubernamentales.
 
El pasado 1 de marzo, el Consejo de Ministros aprobó incluir a las personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral, medida que apareció publicada un día después en el Boletín Oficial del Estado (Real Decreto 156/2013) y que entrará en vigor el 1 de abril.
 

Llega en un contexto de crisis económica

 
Esta medida llega en un momento de de especial trascendencia, con una crisis económica galopante que se está cebando con algunos colectivos vulnerables, entre ellos el de las personas con discapacidad.
 
Se trata de una demanda largamente perseguida por el movimiento social de la discapacidad y que la Fundación Alternativas recogía en 2009, a través de su publicación “La protección de la discapacidad en el Sistema de Seguridad Social: propuestas de mejora”.
 
Este estudio sugería extender la figura del convenio especial de Seguridad Social a las personas con discapacidad que no pueden desarrollar una actividad laboral o permanezcan inactivas, de modo que puedan cotizar al sistema para tener cubiertas ciertas contingencias sociales.
 
En mayo de 2010, el CERMI planteó la necesidad de modificar la normativa de la Seguridad Social para ampliar el radio de acción del convenio especial a las personas con discapacidad inactivas, de manera que, con su propia contribución o la de sus familias, puedan generar prestaciones propias en el futuro.
 
Detrás de esta reclamación estaba el deseo de que las personas con discapacidad excluidas del mercado de trabajo o con grandes dificultades de inserción laboral pudieran mantenerse por sí mismas en el sistema de Seguridad Social y acceder a prestaciones contributivas.
 
Ocho meses después, el CERMI volvió a proponer esta medida para otorgar protección social a las personas con discapacidad que, por la naturaleza o gravedad de sus afecciones y las resistencias del mercado de trabajo a su inclusión laboral, “difícilmente o nunca van a poder realizar una actividad profesional en condiciones de plenitud”.
 
Con el cambio de Gobierno tras las elecciones de noviembre de 2011, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social anunció el 14 de abril de 2012 que estaba preparando un convenio especial de Seguridad Social para personas con discapacidad con especiales dificultades para encontrar trabajo.
 
La titular de esta cartera, Fátima Báñez, afirmó el pasado mes de octubre en el Congreso de los Diputados que el real decreto se aprobaría en próximas fechas. “Lo único que estamos haciendo es terminar todos los trámites normativos que tiene dicho real decreto porque queremos que tenga todas las garantías, no sólo jurídicas, sino  también presupuestarias, para que sea un convenio que contribuya a la sostenibilidad de nuestro sistema de pensiones”, señaló.
 

1.531 millones del Estado

 
Después de todo este tiempo, el Consejo de Ministros aprobó el pasado 1 de marzo el ansiado real decreto. La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, subrayó que este convenio “importante” suponía un “esfuerzo presupuestario y de solidaridad” y otorgará “cobertura y tranquilidad de vida” a muchas personas con “diferentes capacidades”. 
 
Sáenz de Santamaría aseguró que el Estado aportará 1.531 millones de euros a este nuevo sistema. “Es un avance importante para lograr la plena integración social para las personas que tienen dificultades y para que puedan tener una prestación por jubilación”, apuntó.
 
 
El nuevo convenio especial reconoce que podrán solicitar su suscripción las personas que tengan 18 años o más y no hayan cumplido la edad mínima para la jubilación ordinaria, que residan legalmente en España, que tengan reconocida una discapacidad que implique especiales dificultades de inserción laboral, que no figuren en alta o en situación asimilada a la de alta en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social ni en cualquier otro régimen público de protección social , y que se encuentren inscritas en los servicios públicos de empleo como personas desempleadas demandantes de empleo por un período mínimo de seis meses, inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de suscripción del citado convenio.
 
Y se entienden como trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de inserción las personas con discapacidad intelectual, las personas con enfermedad mental y las personas con parálisis cerebral, con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, así como las personas con discapacidad física y las personas con discapacidad sensorial con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
 
A partir del 1 de abril, los miembros de este colectivo que se encuentren en situación de desempleo durante al menos seis meses podrán suscribir un convenio especial con la Seguridad Social que les permitirá cotizar directamente para cubrir las contingencias de jubilación y muerte y supervivencia.
 
Para solicitarlo, puede hacerlo la persona interesada (o su representante legal, si no tiene plena capacidad de obrar) a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente al domicilio del solicitante, que deberá responder en un plazo máximo de tres meses, aunque si no emite ninguna resolución expresa en este tiempo, el silencio administrativo se da por positivo.
 
Entonces, la persona solicitante deberá abonar las cuotas a la Seguridad Social, como resultado de multiplicar la base mensual de cotización por el tipo de cotización por contingencias comunes por un coeficiente que anualmente determina el Ministerio de Empleo y Seguridad Social (o el competente en este área), que este año es del 0’89. 
 
Así, la cuota a pagar en 2013 será de 189,65 euros mensuales.
 
Más información: descarga el folleto del CERMI sobre el convenio especial.
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