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CERMI.ES semanal el periódico de la discapacidad.

viernes, 18 de junio de 2021cermi.es semanal Nº 441

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"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

Derecho de la Discapacidad

La Carta Social Europea revisada y otras novedades

18/06/2021

En la Sección de Derecho y Discapacidad de esta semana incluimos un monográfico sobre la Carta Social Europea Revisada, por Irene Valin Torres, Consultant. Strategic Communications, FTI Consulting, y Miguel Ángel Cabra de Luna, Director de Alianzas, Relaciones Sociales e Internacionales de Fundación ONCE y Consejero del Comité Económicos y Social Europeo (CESE) en representación de CEPES. Además, contamos con la actualización de la agenda de jornadas y seminarios y recientes que pueden ser de interés para los lectores.

Elva Rodríguez, Miguel Ángel Cabra de Luna, Irene Valin y Rafael de LorenzoLa Carta Social Europea revisada

 
Irene Valin Torres
Miguel Ángel Cabra de Luna
 
Han tenido que pasar 21 años desde que España firmara la Carta Social Europea Revisada hasta que, el pasado 17 de mayo, esta depositara en el Consejo de Europa el instrumento de ratificación de la misma, a pesar de que tanto CERMI como el Tercer Sector de acción social venían insistentemente reclamando al Gobierno que promoviera los diferentes ámbitos de protección social en nuestro país a través de dicha ratificación. 
 
La Carta Social Europea Revisada (en adelante, “la Carta”) aspira a garantizar el respeto de un amplio abanico de derechos humanos esenciales para la vida de las personas en materia de empleo, educación, salud, vivienda y bienestar social en sentido amplio. Dicha protección se ve particularmente dirigida a los colectivos especialmente vulnerables, entre ellos las personas con discapacidad. 
 
Muestra de esa aspiración contiene la Carta desde el momento mismo de sentar los derechos y principios de actuación que proclama, cuando en el punto 15 de su Parte I dispone, con terminología que a día de hoy sería inconcebible pero es propia del tiempo de redacción del texto, que toda persona inválida (1)  tiene derecho a la formación profesional y a la readapatción profesional y social, sea cual fuere el origen y naturaleza de su invalidez
 
Pero donde la visualización de la discapacidad en la Carta se singulariza es en su artículo 15, en el cual, bajo el epígrafe  Derecho de las personas física o mentalmente disminuidas (2) a la formación profesional y a la readaptación profesional y social, compromete a los Estados signatarios para que dispongan los medios conducentes a tal fin, creando instituciones especializadas si fuera necesario, y, lo que resulta prioritario, para que adopten las medidas adecuadas para proporcionar un puesto de trabajo a las personas con discapacidad, entre otras, la creación de servicios especiales de colocación, posibilidades de empleo protegido o estímulos para su contratación.
 
La Carta ofrece a los estados miembros un elenco mínimo de derechos sociales tendentes a conseguir una política social europea plenamente coordinada,  política  y que, pese a las dificultades de conciliación con los requerimientos del mercado interior que puedan presentarse en su aplicación, garantice a la ciudadanía europea protección suficiente, especialmente a la que presenta rasgos de vulnerabilidad específica. En concreto, en el caso de las personas con discapacidad, exige la integración escolar de niños y niñas, el acceso a la educación, a la formación profesional y al trabajo de las personas adultas, la protección contra la pobreza y el riesgo de exclusión social que amenazan a las personas con discapacidad y, en definitiva, su plena integración laboral y social como miembros activos de la sociedad. 
 
En diversas comunicaciones, la Comisión Europea ha insistido en la necesidad de implementar la Carta,  y en ese sentido ha afirmado la presidenta del Comité Europeo de Derechos Sociales que la ratificación española de la misma demuestra claramente el compromiso de España por la defensa y la promoción plena de los derechos sociales, al convertirse en uno de los escasos estados miembros que han aceptado todas las disposiciones de la Carta.
 
Ciertamente, la ratificación de la Carta es un paso de vital importancia, ya que a través del procedimiento de reclamación colectiva, permite que las organizaciones sindicales, patronales y no gubernamentales nacionales e internacionales puedan denunciar frente al Comité Europeo de Derechos Sociales posibles violaciones de la Carta. De este modo, se fomenta el cumplimiento efectivo de la obligaciones de la misma. 
 
Es claro que España ha manifestado una voluntad política de avanzar en la extensión y eficacia de la protección social de la ciudadanía a través de esta ratificación. Sin embargo, dado que todavía queda un largo camino por recorrer, es conveniente tener en mente los objetivos restantes a alcanzar, tales como: (i) el establecimiento  de un procedimiento de reclamación  individual, que proporcione a la ciudadanía europea un cauce de control jurisdiccional de los derechos reconocidos en la Carta que coadyuve al control político que actualmente corresponde a los Estados; (ii) la creación de un tribunal europeo de derechos sociales, a lo que se ha mostrado favorable la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa; (iii) la inclusión de nuevos derechos sociales en el Convenio Europeo de Derechos Humanos; (iv) la ampliación de la protección a las personas ante los retos derivados de los procesos de la digitalización de la economía y de la crisis medioambiental; (v) el perfeccionamiento de la capacidad de intervención de los interlocutores sociales en los procedimiento de aplicación de la Carta; o (vi) la modificación de la terminología de la propia Carta en sus menciones a las personas con discapacidad, entre otros. 
 
Por todo ello, si bien todavía hay margen de mejoría, cabe concluir que la ratificación española de la Carta es sin duda una noticia excelente para la protección de los derechos sociales en general y los de las personas con discapacidad en particular. 
 
(1) Se utilizan los términos originales que aparecen en la traducción oficial en los años de la aprobación de la Carta Social Europea, hace ya 60 años, aunque somos partidarios de utilizar la expresión “personas con discapacidad”.
 
(2) Se utilizan los términos originales que aparecen en la traducción oficial en los años de la aprobación de la Carta Social Europea, hace ya 60 años.
 

Convocatorias

 
Hasta 1 de octubre de 2021. Abierto el plazo para presentar comunicaciones para el III Congreso Nacional de Derecho de la Discapacidad. Partiendo de la transversalidad del Derecho de la Discapacidad y su conexión con distintos sectores del Derecho se pretende profundizar en los principales temas que preocupan al sector a través de la participación de especialistas de distintos ámbitos, aportando una valoración crítica y práctica de la realidad, así como propuestas para continuar en la implantación real y efectiva de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad. Al igual que en la I y II Edición, se recopilarán las intervenciones y comunicaciones en un libro monográfico publicado por la Editorial Thomson Reuters Aranzadi constituyendo importantes fuentes bibliográficas a las que tanto profesionales como personas interesadas en la materia pueden acudir como referencia. 
Call for papers - III Congreso Nacional de Derecho de la Discapacidad (fderechoydiscapacidad.es)
 
Hasta 30 de septiembre de 2021. VI Edición del premio al Mejor Proyecto de Accesibilidad Universal y Diseño para todas las Personas. Se dirige a estudiantes de grado de la Escuela de Ingeniería Industrial de la Universidad de Extremadura. Trata de premiar trabajos que aporten trabaos con relacionados con el objeto del concurso llevados a cabo durante etapa universitaria. 
20210608_concurso_cexiti.pdf (grada.es)
 
Hasta el 11 de julio de 2021. Convocatoria abierta para los programas de aceleración S2B Tech4Climate, S2B Health&Care y Scale4Impact. Programa de aceleración y corporate venturing dirigido a startups de impacto de los sectores de sostenibilidad y medio ambiente y salud y mejora de la calidad de vida de las personas vulnerables. Ofrecen un acompañamiento personalizado para cada proyecto con asesoramiento de profesionales de primer nivel, en dos vías, según sus necesidades de impact growth o de corporate venturing. Se apuesta por las mentorías personalizadas para cada startup. Convocatorias Programas Aceleración Ship2B | Ship2B 
 

Publicaciones

 
Banco de Santander y Plena Inclusión. Finanzas para mortales. Guía en lectura fácil. Madrid 2021. 52p.
Las finanzas parecen algo solo para personas expertas, pero son importantes para todas las personas. Es una guía fácil que explica qué son las finanzas, el dinero, cómo abrir una cuenta, qué son los productos bancarios, los derechos y obligaciones como cliente de banco, así como otros conceptos como nómina, factura, impuestos o seguridad social. 
Finanzas-para-mortales.-Guia-en-lectura-facil.pdf (plenainclusion.org)
 
Muñoz Escandell, I. (Coord.) Informe sobre el estado de los derechos humanos en salud mental 2020. Confederación Salud Mental España, 62p. 
Este informe describe la realidad que viven los colectivos especialmente vulnerables, y en la urgencia sobrevenida con la pandemia del COVI-19.  Informe DDHH 2017 (usal.es)
 
 

Dirección de la Sección Derecho de la Discapacidad de cermi.es 

 
Rafael de Lorenzo García, profesor Titular de la UNED y secretario general de Fundación Derecho y Discapacidad
 
Autores
 
Irene Valin Torres, consultant. Strategic Communications. FTI Consulting
 
Miguel Ángel Cabra de Luna, director de Alianzas, Relaciones Sociales e Internacionales de Fundación ONCE. Consejero del Comité Económicos y Social Europeo (CESE) en representación de CEPES
 
Elva Rodríguez Ruiz, profesora titular del CSEU La Salle, abogada del despacho Antonio Navarro Rubio & Asociados y colaboradora de la Fundación Derecho y Discapacidad 
 
EQUIPO DE LA SECCIÓN DERECHO DE LA DISCAPACIDAD
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