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CERMI.ES semanal el periódico de la discapacidad.

viernes, 07 de septiembre de 2018cermi.es semanal Nº 313

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"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

Entrevista

Francisco Fernández Marugán, Defensor del Pueblo (e.f.)

"La Ley electoral debe reformarse para que todas las personas con discapacidad tengan derecho a votar"

07/09/2018

Blanca Abella

La cuestión electoral es un tema que preocupa a esta oficina, que ya ofreció su postura en 2016 con una serie de recomendaciones en línea con la Convención de la ONU sobre Discapacidad. "Todavía queda tiempo para emprender la reforma", asegura Fernández Marugán, que expresa además cierta inquietud ante el incumplimiento de los plazos en las tramitaciones que deben afrontar a menudo las personas con discapacidad para lograr el reconocimiento de sus derechos. En este sentido, apunta también la necesidad de que los recursos sean suficientes en todos los servicios, siendo de especial consideración todo lo relativo a la educación. "Hemos recordado a todas las Administraciones educativas el carácter excepcional y residual de la escolarización en centros de educación especial", afirma. La atención temprana, los delitos de odio y la salud mental son, entre otras, algunas de las cuestiones que precisan mayor y mejor atención.

Francisco Fernández Marugán, Defensor del Pueblo (e.f.) El informe del Defensor del Pueblo 2017 asegura que la recesión ha llegado a su fin y, superada la etapa más dura de la crisis y estando la economía en un claro proceso de recuperación, parece llegado el momento de revisar el funcionamiento de las políticas sociales ya que el período de ajuste ha originado un enorme coste social y arrecia la desigualdad. En el caso de la discapacidad, ¿cuál cree que es el principal motivo de desigualdad?
 
Muchas de las quejas que nos llegan muestran que tras el fin de la crisis económica la recuperación no ha llegado por igual a los bolsillos de los españoles y son muchos los ciudadanos que necesitan que el Estado les apoye. 
 
En el Defensor del Pueblo pensamos que, ahora que la economía se encuentra en un claro proceso de recuperación, se abre una oportunidad para mejorar la vida de colectivos que todavía no alcanzan a cubrir con dignidad sus necesidades básicas como son parados de larga duración; familias con todos sus miembros en paro; jóvenes sin trabajo y sin derecho a prestación por desempleo; trabajadores pobres; jubilados con pensiones bajas y personas dependientes y con discapacidad con escasos recursos económicos.
 
En el caso concreto de las personas con discapacidad, la escasez en los recursos públicos se ha sentido notablemente en las demoras en resolver procedimientos que son esenciales para la igualdad de oportunidades y el reconocimiento de derechos y apoyos (valoración de grado, atención temprana, dependencia) y también en la insuficiencia de los programas, ayudas y servicios existentes dirigidos a este colectivo y en la escasa dotación de medios humanos y materiales de los mismos. 
 
"Es necesario mejorar el sistema de financiación actual y garantizar la incorporación de las personas en espera con derecho reconocido en la Ley de dependencia"
 
Creemos además que es muy importante que la Ley de Dependencia, que ya ha cumplido 12 años, se implante adecuadamente. Los problemas giran en su mayoría alrededor de la demora en la tramitación de los expedientes y a la materialización de las prestaciones reconocidas. El incumplimiento de los plazos establecidos para resolver los expedientes es una de las cuestiones recurrentes que se plantean. En otras ocasiones, si bien se cumple el plazo máximo para resolver los expedientes, sin embargo se demora el pago de las prestación económica reconocida o el acceso al servicio concreto asignado (tele asistencia, servicio a domicilio, centro de día, centro residencial), siendo la lista de espera en muchas comunidades autónomas excesivamente larga.  En nuestra opinión, es necesario mejorar el sistema de financiación actual y garantizar la incorporación de las personas en espera con derecho reconocido.
 
Por otra parte, el acceso al mercado de trabajo es una de las principales vías de integración social de todos, también de las personas con discapacidad. La tasa de empleo de las personas con discapacidad es muy inferior a la de la población sin discapacidad. A ello se une la poca calidad del empleo de este colectivo, la elevada temporalidad y la resistencia de las empresas a los ajustes razonables que precisan estos trabajadores. Asimismo, la regulación reglamentaria de las condiciones que deben reunir las personas con capacidad intelectual límite para acogerse a los beneficios de acceso al empleo que están en vigor o puedan aprobarse en el futuro, no se ha llevado a cabo y no parece haber grades avances, a pesar del mandato legal y de nuestras recomendaciones. 
 
Otros asuntos que nos preocupan son el logro de una educación verdaderamente inclusiva y el no cumplimiento de las obligaciones respecto a la accesibilidad en los medios de transportes, en los edificios públicos y privados y en el entorno urbano.
 
¿Qué recomendaciones más destacadas hace en su informe para esa revisión en las políticas sociales? 
 
Desde el Defensor del Pueblo hemos trasladado los mandatos legales incumplidos y los retos pendientes a las Cortes generales y al Comité de derechos de las personas con discapacidad.
  
Asimismo, hemos recordado en numerosas ocasiones a las administraciones su deber legal de resolver en forma y plazo los procedimientos administrativos y también les hemos recomendado (y así lo hemos transmitido en sede parlamentaria) que doten con crédito suficiente los  servicios y programas para atender a las personas beneficiarias de los mismos. Los recursos y medios disponibles (personales y materiales) deben ser suficientes para atender y garantizar con calidad los derechos reconocidos. 
 
"Hemos recomendado que se fundamenten las decisiones sobre escolarización de alumnos con discapacidad, y que regulen una participación activa, completa y directa de los padres en esas decisiones, en especial en las de escolarización forzosa en centros de educación especial"
 
En materia educativa, desde el Defensor del Pueblo hemos recomendado reiteradamente a las administraciones que adopten medidas normativas y presupuestarias para asegurar que la atención educativa de las personas con discapacidad se realiza de acuerdo con los principios de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. También hemos recordado a todas las Administraciones educativas el carácter excepcional y residual de la escolarización en centros de educación especial, y hemos pedido que se dote a los centros ordinarios de los medios personales y materiales precisos, así como su diseño y adecuación estructural. Además, hemos recomendado que  fundamenten de forma expresa las decisiones sobre escolarización de alumnos con discapacidad, y que regulen una participación activa, completa y directa de los padres en esas decisiones, en especial en las de escolarización forzosa en centros de educación especial.
 
En la accesibilidad hemos formulado recomendaciones y sugerencias exigiendo el cumplimiento de la normativa y que se lleven a cabo los ajustes razonables en los casos concretos que se plantean. 
 
Otro asunto en el que hemos trabajado es el copago. El Defensor del Pueblo ha formulando recomendaciones con el fin eximir del copago o la aplicación de un porcentaje mínimo a personas con discapacidad no exentas por otros supuestos; personas con ingresos económicos de cualquier naturaleza que no superen un umbral mínimo a determinar en función de los indicadores de riesgo  de pobreza; grupo de pacientes con enfermedades crónicas severas, con especial referencia a los menores de edad, incluidas las enfermedades raras o poco frecuentes, las enfermedades degenerativas y las patologías oncológicas, así como mejorar en general el objetivo de progresividad y equidad.
 
¿Cuáles son las reclamaciones que recibe la Oficina del Defensor del Pueblo más persistentes en el tiempo o las que se consideran más graves en el ámbito de la discapacidad?
 
Las personas con discapacidad acuden al Defensor del Pueblo por muy diversos motivos. A pesar de que la discapacidad es una realidad en la que inciden todos los aspectos de la actuación administrativa, no siempre está adecuadamente presente en las tareas de planificación, regulación y en la determinación de las prioridades de las actuaciones y de las inversiones. Nuestra tarea es señalar periódicamente aquello que debe corregirse para que la sociedad sea más inclusiva y, por tanto, más justa y en este contexto,  dirigimos continuamente resoluciones a las administraciones para intentar mejorar la vida de las personas con discapacidad. Desde hace ya algún tiempo recogemos en un documento aparte (se puede consultar en nuestra web) todos los contenidos de nuestro  informe anual que pueden tener interés especial para personas con alguna discapacidad. 
 
Son frecuentes y habituales cada año las quejas sobre demoras en los procedimientos de valoración del grado de discapacidad y las relativas a las lista de espera para acceder a centros de día y plazas de atención residencial para personas con discapacidad y dependencia. 
 
Francisco Fernández Marugán, Defensor del Pueblo (e.f.) En el caso de los menores de edad, recibimos quejas por la escasez de recursos en la atención temprana que lleva a la existencia de listas de espera para acceder a los  programas. También tramitamos quejas relacionadas con la educación inclusiva y con los menores con discapacidad en la educación. 
 
Son también numerosas año tras año las quejas sobre accesibilidad en los medios de transporte, en los entornos urbanos y en las viviendas. Las más graves suelen ser las que se refieren a personas con discapacidad con mayor desprotección y vulnerabilidad y escasos recursos. 
 
El informe insiste en la necesaria reforma para lograr el voto de las personas con discapacidad, para que pueda ser de aplicación en las elecciones municipales, autonómicas y al Parlamento Europeo que se celebrarán en la primavera de 2019. El plazo se agota, ¿cree posible en estos tiempos que se acometa por fin esa reforma?
 
Todavía queda tiempo para emprender la reforma. Nuestra postura en esta cuestión es la que contienen nuestras  recomendaciones formuladas en 2016 al Ministerio del Interior y al entonces denominado de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y posteriormente reiteradas en nuestros informes anuales. La Ley Orgánica de Régimen Electoral general  debe reformarse en la línea sugerida por el Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad de Naciones Unidas a España en 2011 para que todas las personas con discapacidad, independientemente de  su condición jurídica, tengan derecho a votar, y en caso de que la reforma contemple alguna excepción quepa solo en supuestos de plena inconsciencia o absoluta falta de conocimiento de la persona, supuestos que habrán de interpretarse restrictivamente.
 
"Sigue pendiente la reforma legal de la modificación judicial de la capacidad de obrar. Hay que pasar de un modelo de sustitución de la voluntad a un modelo de apoyo y complemento en la realización de actos y la adopción de decisiones, que se proyecte únicamente donde sea estrictamente necesario"
 
En conexión con este asunto, me parece importante destacar que, respecto al igual reconocimiento ante la ley, sigue pendiente la reforma legal de la modificación judicial de la capacidad de obrar. Hay que pasar de un modelo de sustitución de la voluntad a un modelo de apoyo y complemento en la realización de actos y la adopción de decisiones, que se proyecte únicamente donde sea estrictamente necesario. No se ha atendido el mandato de la Ley 26/2011, que daba al Gobierno un año para remitir a las Cortes Generales un proyecto de ley que diera cumplimiento al artículo 12 de la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad. Debe señalarse como dato positivo que cada vez son más las sentencias que modifican la capacidad jurídica de obrar de una persona determinando los actos o categoría de actos a los que afecta, así como las medidas de apoyo estrictamente necesarias, atendiendo a las circunstancias concretas de la persona afectada y dando prevalencia al respeto de sus derechos y a la autonomía de su voluntad, interpretando de esta forma el Código Civil a luz de la Convención. 
 
Otra cuestión importante en la que insiste el Defensor del Pueblo es la necesidad de agilizar los trabajos para la modificación o aprobación de un nuevo baremo para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Seguimos sin ese baremo, ¿cree que las respuestas recibidas por parte de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales hasta ahora son suficientes?, ¿qué más puede hacer el Defensor del Pueblo?
 
Nosotros ya recomendamos en 2014 a la Administración que agilizara los trabajos para la modificación o aprobación de un nuevo baremo para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Hasta la fecha no se han producido avances significativos en la aprobación del nuevo baremo, que es una pieza fundamental para acceder a la protección social dispensada por las administraciones públicas. 
 
"El colectivo de personas con discapacidad tiene características especiales, en concreto en el acceso a la denuncia de los delitos de odio y que es preciso disponer de medidas específicas articuladas en protocolos o guías particulares"
 
Las personas con discapacidad forman el colectivo que más ha sufrido el aumento de agresiones por delitos de odio en el año 2017. La Secretaría de Estado de Seguridad no estima procedente elaborar un protocolo específico de actuación para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para los delitos de odio dirigido a personas con discapacidad, ¿considera acertada la decisión?
 
Efectivamente, se ha producido un importante incremento de los delitos de odio cometidos por motivos de discapacidad, ya que en 2017 aumentaron un 15,9 % con respecto al ejercicio anterior. El Defensor del Pueblo pidió en 2016 a la Secretaría de Estado de Seguridad que valorase la posibilidad de aprobar un protocolo específico de actuación para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para los delitos de odio cometidos hacia personas con discapacidad. Dicha Secretaría informó que no estimaba procedente elaborar un protocolo específico dirigido al colectivo de personas con discapacidad, ya que desde 2012 aplica la Guía de intervención policial con personas con discapacidad intelectual. Sin embargo, nosotros pensamos que el colectivo de personas con discapacidad tiene características especiales, en concreto en el acceso a la denuncia de los delitos de odio y que es  preciso disponer de medidas específicas articuladas en protocolos o guías particulares. 
 
El Defensor del Pueblo afirma prestar una “especial atención” a los presos con discapacidad, ¿cómo valora los trabajos que se impulsan en este sentido en la atención a estas personas?
 
La situación de los presos con discapacidad es un asunto que nos preocupa mucho, somos muy conscientes de la especial vulnerabilidad que afecta a este colectivo. De hecho, mantenemos abierta una actuación de oficio desde 2003 y ahora hemos decidido elaborar un estudio monográfico que recoja la amplia experiencia del Defensor del Pueblo en esta materia. Para conocer de primera mano la realidad de estas personas y proponer medidas que hagan más fácil su vida en los centros penitenciarios de todo el territorio, este año hemos visitado varias prisiones con módulos destinados a presos con discapacidad. También nos hemos reunido con representantes del CERMI y hemos organizado varias jornadas con representantes de la Administración y del ámbito universitario y de la sociedad civil.  
 
"A pesar del gran esfuerzo de los profesionales y de las entidades sociales de apoyo a los pacientes de salud mental, se aprecia una insuficiencia estructural de recursos humanos y materiales"
 
La salud mental es otro de los asuntos relevantes en el que se centran las actuaciones del Defensor del Pueblo. Según el informe de la oficina, las quejas en esta materia, con carácter general, revelan una insuficiencia estructural de recursos humanos y materiales que se traduce en una pobre respuesta a la fuerte demanda existente. ¿Cuál ha sido en este caso la decisión y actuación del Defensor del Pueblo?
 
En efecto, y a pesar del gran esfuerzo de los profesionales y de las entidades sociales de apoyo a los pacientes de salud mental, se aprecia una insuficiencia estructural de recursos humanos y materiales que se traduce en una pobre respuesta a la fuerte demanda existente. La ratio de profesionales psiquiatras y psicólogos por habitante continúa siendo en nuestro país muy inferior a la de la mayoría de países desarrollados. Por otro lado, la escasez de recursos asistenciales intermedios y comunitarios lastra las posibilidades de tratamiento integral de las enfermedades mentales. No puede dejarse tampoco de mencionar la relevancia que tiene en salud mental la detección precoz y la intervención temprana. Es preciso dedicar esfuerzo e inversión a estos aspectos, ya que el consenso científico avala que mejoran mucho las expectativas de rehabilitación, el pronóstico y el bienestar de los pacientes y suponen un ahorro para el sistema a largo plazo. He trasladado a las Cortes generales todas estas cuestiones.
 
Precisamente, además de las quejas que recibimos y las que se abren de oficio cuando se detectan problemas y carencias o falta de atención, acabamos de iniciar una actuación de oficio con el Ministerio de Sanidad, con todas las comunidades autónomas y con el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) para conocer si la oferta de atención psicológica clínica existente en la sanidad pública se adecúa a las verdaderas necesidades de la población. 
 
Por otra parte, la regulación legal de los internamientos involuntarios, que puede afectar a las personas con deterioro cognitivo o con problemas psíquicos, continúa siendo insuficiente. No se han atendido hasta el momento las recomendaciones del Defensor del Pueblo para que se establezca una regulación más completa y garantista de esta medida extraordinaria. Con todo, debe mencionarse como dato positivo, la doctrina sentada por el Tribunal Constitucional en 2016 sobre el uso adecuado de la vía de urgencia para estos casos. 
 
En consecuencia, es necesario, y así lo hemos trasladado a las Cortes, que nuestro ordenamiento jurídico se dote de una ley orgánica que regule los derechos y garantías de las personas que, por sus condiciones de salud mental o de envejecimiento avanzado, pueden ver afectados y restringidos algunos de sus derechos fundamentales: principalmente, su libertad personal (piénsese en los ingresos involuntarios, en las sujeciones mecánicas y farmacológicas o en los horarios de visitas, salidas y entradas de los centros en los que se ingresa) y su derecho a la intimidad. Un marco jurídico que dé garantías adecuadas para el respeto de los derechos de los afectados y seguridad jurídica suficiente a las decisiones que deben adoptar los profesionales encargados de su cuidado.
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