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viernes, 28 de octubre de 2022cermi.es semanal Nº 501

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Reportaje

La esterilización forzada de personas con discapacidad: Un tabú en la Unión Europea

28/10/2022

Alberto Bartolomé

El informe presentado este mes de septiembre sobre la esterilización forzada de personas con discapacidad dentro del marco de la Unión Europea, 'Forced sterilisation of persons with disabilities in the European Union', nombre original del informe, realizado por Marine Uldry y el Comité de Mujeres del Foro Europeo de la Discapacidad (EDF) arroja luz y se muestra crítico ante un panorama negativo con respecto a una problemática social que implica una grave violación de derechos fundamentales.

Portada del informa 'La esterilización forzada de personas con discapacidad'Para entender de una mejor manera el escenario actual hay que dejar claro el concepto de esterilización forzada a día de hoy. La esterilización es un proceso cuyo resultado genera una incapacidad permanente de reproducción natural. Este proceso es forzado cuando una persona se somete a esterilización sin su conocimiento o consentimiento o después de rechazarlo expresamente, o si la esterilización tiene lugar en ausencia de una amenaza o riesgo grave e inmediato para la salud y la vida.
 
También se considera esterilización forzada cuando existe una coacción a la persona para aceptar la esterilización por parte de su familia y/o profesionales médicos, o cuando es requerido por políticas o legislación, por ejemplo, para tener acceso a servicios (como puede ser una institución residencial).
 
Desde varios sectores que defienden esta práctica intrusiva e irreversible se legitima sobre la base de diferentes razones discriminatorias como es el llamado “interés superior de la persona” o para “proteger a la persona contra el abuso sexual” o para “facilitar” la anticoncepción y evitar la “carga” que pueden traer otros métodos anticonceptivos o por la persistente creencia paternalista, infantilizadora y patriarcal según la cual una persona con discapacidad puede no ser capaz de cuidar a un niño.
 

LEGALIDAD INTERNACIONAL

 
Esta práctica tan nociva perdura en el tiempo y afecta sobremanera a las personas con discapacidad, mayoritariamente a las mujeres y niñas con discapacidad. A pesar de que en varios tratados internacionales quede tajantemente prohibida por el menoscabo que produce a la persona afectada, como son: el Convenio del Consejo de Europa para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (Convenio de Estambul) y el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, entre otros. Sin embargo, todavía está permitido por ley en varios Estados miembros de la UE.
 
Ilustraciones del informe 'La esterilización forzada de personas con discapacidad'La Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) incluye múltiples disposiciones pertinentes al tema de la esterilización forzada. Por ejemplo, el artículo 12 cubre el derecho de las personas con discapacidad al igual reconocimiento ante la ley y a disfrutar de la capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás, y recibir apoyo para ejercer su capacidad jurídica. Seguidamente, el artículo 16 recuerda el deber de los países de proteger a las personas con discapacidad de todas las formas de violencia y abuso y de tomar medidas legislativas, sociales y educativas al respecto. El artículo 17 protege la integridad física y psíquica de la persona. La CDPD garantiza el respeto al hogar y la familia en el artículo 23, incluido el derecho a formar una familia y a “decidir libre y responsablemente el número y espaciamiento de sus hijos” y acceder a información sobre educación reproductiva y familiar.
 
Precisamente en defensa de este articulado, el Comité de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad ha pedido en repetidas ocasiones que se prohíba la esterilización forzada y ha explicado que esta práctica puede ser considerada una forma de trato o pena cruel, inhumana o degradante y viola varios tratados internacionales de derechos humanos. El Comité pidió a 11 países de la UE medidas para prohibir y combatir esta violación.
 
El informe refleja que las legislaciones de los Estados miembros de la UE sobre esterilización derivan en una esterilización forzada generalizada de personas con discapacidad, especialmente mujeres y niñas.
 

DATOS EN ESTADOS DE LA UE

 
Ilustraciones del informe 'La esterilización forzada de personas con discapacidad'En la actualidad solo nueve Estados miembros de la UE tipifican explícitamente como delito esterilización como un delito diferenciado en su código penal: Irlanda, Bélgica, Francia, España, Suecia, Alemania, Italia, Eslovenia y Polonia.
 
Por otra parte, al menos 14 Estados miembros de la UE todavía permiten algunas formas de esterilización forzada en su legislación (autorizan a un tutor, un representante legal, un administrador o un médico a dar su consentimiento para la esterilización de una persona con discapacidad en su nombre): Austria, Bulgaria, Croacia, Chipre, Chequia, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Portugal y Eslovaquia. 
 
A su vez, tres Estados miembros autorizan la esterilización forzada de menores: Chequia, Hungría y Portugal. Y en al menos tres Estados miembros de la UE, el uso de métodos anticonceptivos o esterilización puede ser un requisito para la admisión a centros residenciales. instituciones: Bélgica, Francia y Hungría. En un total de cuatro países miembros, ni siquiera se cuenta con información: Grecia, Rumanía, Países Bajos y Luxemburgo.
 
La esterilización forzada de personas con discapacidad sigue siendo un tema tabú y, a menudo, se lleva a cabo a puerta cerrada. Incluso cuando lo ordena el Estado o un tribunal, los datos sobre esta práctica son inexistentes o están desactualizados. Solo se encontraron datos recientes en Alemania y España.
 
En el caso específico de España, CERMI informó de la esterilización forzada de 140 personas con discapacidad en 2016. En el primer trimestre de 2016 se registraron 37 demandas judiciales de esterilización de personas con discapacidad y en 2015, 71 casos de esterilizaciones llegaron a los tribunales. Más de mil personas con discapacidad han sido esterilizadas en la última década, según el Consejo General del Poder Judicial de España. 
 
Recientemente, gracias a la acción del movimiento CERMI y de la Fundación CERMI Mujeres (FCM) quedó desterrada del ordenamiento jurídico la esterilización forzada de personas con discapacidad, a través de Ley Orgánica 2/2020, de 16 de diciembre, de modificación del Código Penal para la erradicación de la esterilización forzada o no consentida de personas con discapacidad incapacitadas judicialmente. El movimiento de mujeres con discapacidad considera que la esterilización forzada a personas con discapacidad es una de las más flagrantes violaciones de derechos humanos que se han perpetrado contra la libertad sexual de las mujeres y las niñas en España.
 
La ausencia de datos sobre la esterilización forzada de personas con discapacidad es clave para entender la situación al completo y demuestra una falta de transparencia por parte de los Estados. Sin datos, es difícil evaluar el número de personas que han sufrido esterilización (forzada) y determinar si la práctica está aumentando o disminuyendo. A pesar de esto, los informes de las organizaciones de la sociedad civil manifiestan la perdurabilidad de estas prácticas dentro de la UE.
 
Link del informe de referencia
 
 
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