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viernes, 24 de septiembre de 2021cermi.es semanal Nº 451

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CERMIS Autonómicos

El movimiento CERMI CV exige que los pagos de la resolución de programas 2021 se abonen “de forma inmediata” a las entidades de la discapacidad

20/09/2021

CERMI CV exige que se abonen de forma inmediata a las entidades de la discapacidad, según la Resolución del 30 de agosto del 2021 de la Vicepresidencia y Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que conceden y se da publicidad a las subvenciones para el desarrollo de programas y servicios de promoción de autonomía de personas con discapacidad convocadas para el ejercicio 2021, y publicada en el DOGV el 2 de septiembre del 2021.

Cartel de CERMI CVAsí lo ha manifestado el presidente del CERMI CV, Luis Vañó, que ha asegurado que según su artículo 44, en su punto 44.1.d, “para el pago de los servicios sociales especializados, se puede anticipar una vez concedida el 100 % de su importe”. De la misma manera asegura que “también queda reflejado en el punto quinto de la resolución del 30 de agosto de 2021 de concesión”.
 
Por otro lado, Vañó ha declarado que el haber publicado en septiembre la resolución de concesión, supone un problema grave para las entidades de la discapacidad puesto que en referencia a los programas que se presentaron, “ya han gastado de sus fondos propios, el presupuesto determinado” para que estos programas presentados que abarcan diferentes materias se puedan desarrollar y realizar de una forma continuada para mejorar la calidad de vida de la personas con discapacidad y sus familias.
 
De la misma manera ha explicado que “es necesario y urgente que esta subvención ordinaria, sea abonada a las entidades beneficiarías de forma inmediata y el 100 por cien de su importe asignado; para que de esta forma no haya una mayor descapitalización en estas entidades del tercer sector social de la discapacidad y no se asfixie mas, la situación económica de nuestro tejido asociativo”.
 
Finalmente, Vañó ha añadido que “también tenemos que señalar que al haber sido publicada la resolución de concesión en el mes de septiembre y siendo el plazo máximo de justificación de lo concedido, estipulado hasta el 31 de enero del 2022, se tienen 4 meses para la justificación de gastos, que ya se han ido gastando por parte de las entidades, lo cual hace que su tesorería este ya resentida económicamente y se necesite, urgentemente, el pago de este dinero concedido para poder seguir llevando a cabo dichos programas presentados en favor de las personas con discapacidad y sus familias, independientemente de la reformulación de programas que tengan que realizar dichas entidades. Este pago del 100% y de forma urgente, es justo y equitativo, visto el tremendo retraso en publicar la convocatoria de estas subvenciones ordinarias.”
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