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viernes, 23 de abril de 2021cermi.es semanal Nº 433

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Opinión

¿Qué pide la discapacidad a la nueva Ley de Formación Profesional?

Por José Luis Aedo, presidente de la Comisión de Educación Inclusiva del CERMI (*)

23/04/2021

Jose Luis Aedo, presidente de la Comisión de Educación Inclusiva  del CERMIEl movimiento asociativo de la discapacidad, integrado en CERMI, vemos la nueva Ley de Formación Profesional, anunciada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, como una oportunidad para la implantación plena de la dimensión inclusiva y favorecer así a los más de 12.000 (1) estudiantes con discapacidad que actualmente están cursando algún ciclo de Formación Profesional, y al mismo tiempo a las próximas generaciones que potencialmente pueden acceder en un futuro.
 
Por ello, desde CERMI hemos presentado un documento de posicionamiento del sector de la discapacidad instando a que el nuevo sistema que rija la Formación Profesional incorpore los mandatos de la Convención de la ONU, y que el derecho a la educación inclusiva impregne todo el articulado de la nueva Ley de Formación Profesional, al tiempo que dicho derecho guíe la organización y desarrollo del currículo.
 
En este momento, además, es especialmente importante señalar que la brecha de vulnerabilidad por discapacidad en el proceso de digitalización de la enseñanza y las prácticas profesionales es uno de los grandes retos para la inclusión educativa y el acceso al empleo. La Ley debe garantizar las medidas necesarias para paliar sus efectos y favorecer la adquisición de conocimientos y el manejo de las herramientas tecnológicas que requiere este alumnado para acceder a la educación en igualdad de condiciones.
 
Para el CERMI resulta también importante que se garantice una oferta pública de ciclos formativos adecuada y suficiente, incluyendo su cobertura también en zonas rurales, así como la homogeneización en todas las Comunidades Autónomas de la FP Dual.
 
Por otra parte, ponemos el foco en la necesaria orientación educativa, vocacional y profesional en las etapas previas y en la previsión de que el alumnado con discapacidad cuente con todos los recursos y adaptaciones precisos para la realización de las pruebas de acceso y los cursos preparatorios. 
 
Aspecto muy importante es que la nueva Ley garantice que un porcentaje no inferior al 7% de plazas se reserven para alumnado con discapacidad y que contemple la reducción de la ratio estudiante/aula en caso de que haya alumnado necesidades educativas especiales (nee).
 
El diseño de un sistema que garantice el derecho a la educación inclusiva, la equidad y la calidad educativa, pasa por que se asegure, a través del diseño para todos, la accesibilidad universal del proceso de enseñanza/aprendizaje en todos los entornos, materiales y contenidos, así como de las prácticas profesionales, incorporando en definitiva el diseño universal de aprendizaje (DUA) en los objetivos educativos, los métodos, materiales y la evaluación.
 
La norma también debe prever la accesibilidad en todo tipo de espacios y entornos, con la dotación adecuada, suficiente y en el momento preciso, de los recursos técnicos y/o humanos, así como las adecuaciones organizativas y metodológicas que requieran los y las estudiantes con nee y con necesidades sociosanitarias, tanto en la enseñanza presencial, como en las modalidades semipresencial y a distancia, prestando una especial atención en el caso de la enseñanza de lenguas extranjeras a los estudiantes con dificultades en su expresión oral y garantizando que estas medidas, no supongan un menoscabo en sus calificaciones.
 
En lo relativo a las prácticas profesionales, es necesario también, otorgar prioridad a estos estudiantes en la elección y adjudicación de las empresas en las que realizar las prácticas, para que puedan optar por centros que aseguren las condiciones de accesibilidad y los ajustes razonables. 
 
La formación, aspecto determinante para la mejora continua, requiere que todo el personal docente (incluido el correspondiente a los Equipos de Orientación) conozca cuáles son las necesidades educativas de estos estudiantes y se forme en metodologías inclusivas de enseñanza/aprendizaje, en diseño para todos y accesibilidad universal para la elaboración de contenidos y procedimientos de evaluación, así como para la enseñanza a distancia.
 
Por último, si bien la reciente reforma educativa ha asumido algunas de las propuestas planteadas por CERMI en relación con esta modalidad de formación profesional, todavía nos quedan algunas demandas pendientes para ajustar esta oferta formativa a las necesidades de capacitación para el acceso al ámbito laboral de los estudiantes con discapacidad que cursan Formación Profesional Básica (FPB). 
 
Entre otras, no exigir como requisito de acceso haber cursado el primer ciclo ESO; ampliar el plazo máximo de permanencia en FPB; o disponer de una oferta de FPB sin límite máximo de edad, en régimen de adultos y oferta modular presencial (igual que existe en los ciclos de FP).
 
Como habrán podido leer, no son pocas las cuestiones que creemos y confiamos que la nueva Ley debe recoger. Si queremos un nuevo sistema de Formación Profesional fortalecido, y que sitúe a la persona en el centro del nuevo modelo de FP, es indispensable que incorpore el derecho a la educación inclusiva de los y las estudiantes con necesidades educativas especiales y ofrezca las garantías necesarias para su ejercicio.
 
(1) Informe 2020 sobre el estado del Sistema Educativo del Consejo Escolar del Estado
 
* Vicepresidente del CERMI, vicepresidente de la Comisión de Educación y Formación Profesional del Foro para la Inclusión Educativa del alumnado con discapacidad (órgano de participación y consulta creado por el Ministerio de Educación) y presidente de la Confederación Española de Familias de Personas Sordas – Fiapas
 
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