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viernes, 13 de julio de 2012cermi.es semanal Nº 42

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Actualidad

Los procedimientos de mediación, accesibles por ley a las personas con discapacidad

07/07/2012

Los procedimientos de mediación tendrán que garantizar la igualdad de oportunidades y ser accesibles a las personas con discapacidad, de acuerdo con lo dispuesto en Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, publicada ya en el Boletín Oficial del Estado.

Los Grupos Parlamentarios aceptaron una propuesta del CERMI al proyecto de ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles, en virtud de la cual se agregó al texto inicial un mandato para que se asegure la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad que participen en este tipo de procedimientos.
 
La mediación, según la define la Ley, es aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un mediador.
 
La disposición adicional agregada a propuesta del CERMI, dice textualmente que “los procedimientos de mediación deberán garantizar la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad. A tal fin, deberán atenerse a lo dispuesto en el Real Decreto 366/2007, de 16 de marzo, por el que se establecen las condiciones de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad en sus relaciones con la Administración General del Estado”.
 
En un segundo párrafo, agrega que “en especial se deberá garantizar la accesibilidad de los entornos, la utilización de la lengua de signos y los medios de apoyo a la comunicación oral, el braille, la comunicación táctil o cualquier otro medio o sistema que permita a las personas con discapacidad participar plenamente del proceso.”
 
Y asimismo prevé que “los medios electrónicos a los que se refiere el artículo 24 de esta Ley deberán atenerse a las condiciones de accesibilidad previstas en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.”
 
Con estas medidas de garantía, la mediación podrá ser un medio de solución de controversias abierto y eficaz para las personas con discapacidad, haciendo realidad el mandato de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad acerca del derecho de acceso de las personas con discapacidad a la Justicia.

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