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CERMI.ES semanal el periódico de la discapacidad.

viernes, 29 de noviembre de 2013cermi.es semanal Nº 102

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"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

Reportajes

Ninguna persona con enfermedad mental o discapacidad intelectual en prisión

29/11/2013

Beatriz Sancho

‘Peligro, se legisla’ reza el título de un artículo firmado desde FEAFES para manifestarse contra el “controvertido” Código Penal aprobado por el Gobierno, actualmente en trámite parlamentario. Los legisladores “no son capaces” de adaptarse a la Convención de la ONU sobre discapacidad que firmaron. La normativa vulnera derechos de las personas con enfermedad mental y discapacidad intelectual y atentan contra su imagen. Este es un caso flagrante, también sangrante, y urge desmantelar el “falso” mito de que estos dos colectivos son “peligros”. Aún más perentorio, evitar que vayan a prisión.

Razones no faltan para gritar ‘Peligro, se legisla’ en contra de este "ataque frontal" contra los derechos y la imagen social de las personas con enfermedad mental y personas con discapacidad intelectual, a quienes se tipifica en el Código Penal aprobado por el Gobierno el pasado 20 de septiembre, y actualmente en trámite parlamentario, como "sujetos peligrosos" y se da pie, si no se modifica la normativa, a que tanto las personas con enfermedad mental como con discapacidad intelectual sean “internadas en un hospital psiquiátrico penitenciario o sometidas a libertad vigilada de por vida” si un juez “subjetivamente” determina que el sujeto en cuestión es “peligroso”. 
 
“El Hospital Psiquiátrico Penitenciario de Alicante es un centro de dolor, una cárcel para personas que tienen una enfermedad mental”
 
Hasta ahora si la enfermedad mental o la discapacidad intelectual convertía a estas personas como “no imputables” en relación a un delito cometido se le imponía una medida de seguridad que solía consistir en un internamiento en un centro psiquiátrico penitenciario. El confinamiento no podía durar más que la pena que le hubiera sido impuesta en caso de ser imputable. Y parece, para quien no haya conocido un hospital psiquiátrico penitenciario, que es “irse de rositas”, cuando tanto José Mª Sánchez Monge, presidente de FEAFES, como tantos y tantos familiares que tienen un allegado en este tipo de centros y los propios pacientes, dan fe de que son realmente “cárceles ”. 
Interior de un centro penitenciario
 
Así lo confirma también Anunciación Clemente, sobrenombre utilizado para una persona que tiene un familiar con esquizofrenia paranoide ingresado en el de Alicante desde hace siete años, quien también insiste en que este hospital penitenciario es “un centro de dolor, una cárcel para personas que tienen una enfermedad mental” entre cuyos muros se encierra “una cantidad indecible de sufrimiento”. 
 
Las personas que están allí, nos cuenta Clemente, “han sido absueltas penalmente por un tribunal y, a pesar de ello, se encuentran en un centro que depende de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, lo que es totalmente incoherente”. “Si no son culpables, ¿por qué les tienen que enviar a prisión?”, lanza intencionadamente su pregunta. Y es que la cárcel, añade  Mª Carmen Vázquez, presidenta de la Asociación de familiares y amigos de pacientes ingresados en el Hospital Psiquiátrico Penitenciario de Alicante (AFAPIHPPA), “no es el lugar adecuado para las personas con enfermedad mental o discapacidad intelectual que hayan cometido un hecho previsto como delito”. El lugar adecuado, sostiene Vázquez,  “es un centro sanitario en el que sea tratado de su enfermedad con un tratamiento farmacológico, psicológico y de rehabilitación psicosocial”, esgrime Vázquez. 
 
“Un 6,5% de los presos españoles tiene discapacidad intelectual o enfermedad mental” 
 
Los datos hablan por sí mismos. Un 6,5% de los presos españoles tiene discapacidad intelectual o enfermedad mental. Lo dice la propia Dirección General de las Instituciones Penitenciarias.  Para Recover, coordinador de la Red de Juristas de la ‘Federación de organizaciones en favor de personas con discapacidad intelectual’ (FEAPS) “el drama de la discapacidad en los centros penitenciarios existe” y “es inadmisible que se siga condenando a personas en situación de falta de defensa cierta y evidente. Necesitamos un cambio en la reforma del Código Penal en concordancia con la Convención de la ONU”. A esta sentencia se suma también la asesora jurídica de la Confederación Feafes, Irene Muñoz Escandell, quien aporta como dato que “tan sólo el 3% de las personas con enfermedad mental grave ha cometido un delito” y, comparándolo a los delitos cometidos con el resto de la población que no tienen trastornos mentales “es muy inferior” en proporción por lo que, sostiene Muñoz, “las cifras contradicen la creencia generalizada de que las personas con enfermedad mental cometen delitos por su condición”. De paso, la asesora jurídica denuncia con vehemencia la “injusticia” que se perpetra contra estos dos colectivos al “condenarles a una sospecha perpetua y a tratamientos inadecuados”.
 
“Las cifras contradicen la creencia generalizada de que las personas con enfermedad mental cometen delitos por su condición”
 
UN CASO REAL
 
El caso del familiar de Anunciación Clemente bien podría representar muchos entre tantos. Para ella que su familiar haya estado recluido en un centro como el de Alicante “no ha servido en absoluto para su recuperación, ya que su tratamiento ha sido menos eficaz que si hubiera sido atendido en comunidad, tal y como aconseja la Ley General de Sanidad”. Clemente, durante estos largos y “duros” años, ha aprendido muchísimo respecto a lo que le conviene a una persona con enfermedad mental y argumenta que la distancia de su domicilio al centro penitenciario alicantino en la que está encerrado su familiar “le ha perjudicado muchísimo” por los cientos de kilómetros que les separan y la economía familiar que dificulta las visitas. Además, también destaca la “soledad” y el estar en un “medio desconocido para él” como “agravante negativo de su rehabilitación” al permanecer aún en el penitenciario alicantino. De hecho, “esta prisión debería cerrarse definitivamente”, opina Clemente, ya que “es la única manera de obligar a las Comunidades Autónomas a crear los recursos de atención en la comunidad que hacen falta para atender a las personas con enfermedad mental y discapacidad intelectual”. El tratamiento farmacológico que recibe allí su familiar, reivindica, “podrían habérselo pautado en su Comunidad Autónoma de origen y podrían haberle impuesto una medida alternativa, no privativa de libertad”, discrepa.

Detalle de la alambrada de una prisión
 
Clemente, arropada por la presidenta de AFAPIHPPA, está convencida de que la sociedad, la justicia y la sanidad podría haber ayudado mejor a su familiar si se “invirtiera mucho más en prevención, en detección precoz de los primeros síntomas de la enfermedad, en programas de continuidad de cuidados”. Es decir, si el sistema socio sanitario tuviera los recursos suficientes “estas cosas no pasarían”, sostiene. Pero, una vez que esto ha sucedido, apunta, “sería importante que las personas con enfermedad mental o discapacidad intelectual que han cometido un hecho previsto como delito fueran a un centro adecuado a su patología, tal y como señala el artículo 101 del Código Penal y no a un centro penitenciario ni ordinario ni psiquiátrico”, defiende esta mujer. 
 
“A los delincuentes que no padecen una enfermedad mental se les trata jurídicamente mejor que a las personas que la padecen y comenten un delito” 
 

Por otro lado, Feafes advierte de que si la reforma del Código Penal sale adelante tal y como está, si un juez determina que tanto una persona con enfermedad mental o con discapacidad intelectual es “peligrosa o susceptible de cometer nuevos delitos” no se estará juzgando el delito ya cometido, sino los que “hipotéticamente pudiera cometer". Y es que ‘peligrosidad’ es un término que, todos están de acuerdo, “entraña conflicto en su interpretación”. Según Mª Carmen Vázquez, “es un vocablo totalmente subjetivo” y, además, añade, resulta que “todos somos imprevisibles en ciertos momentos de nuestras vidas”  y, por lo tanto, “todos somos peligrosos” tengamos o no una enfermedad mental o una discapacidad intelectual. “Por un solo hecho realizado en un momento puntual no se puede etiquetar a una persona de peligroso para siempre”, aboga Vázquez. Y es que “se trata a las personas que padecen una enfermedad mental o discapacidad intelectual como delincuentes, aunque a los delincuentes que no padecen una enfermedad mental se les trata jurídicamente mejor que a las personas que la padecen y comenten un delito”, mantiene la presidenta de AFAPIHPPA. 

Detalle de una alambrada de una prisión contra el cielo

 
Pero las alarmas suenan desquiciantes y lo harán hasta que no se subsane la “controvertida” reforma del Código Penal, que empeña sin excusas a las asociaciones de familiares de personas con enfermedad mental y discapacidad intelectual con familiares en estos penitenciarios, al movimiento asociativo de la discapacidad al completo y a especialistas que trabajan en el ámbito de la Salud Mental en una común reclamación: “no se puede consentir este paso atrás”, que es “cruel” e “injusto” equiparar peligrosidad y enfermedad mental, peligrosidad y discapacidad intelectual. En este afán de desmantelar este esperpéntico mito, este “ultraje”, rescatamos nuevamente la voz del presidente de FEAFES que tronó la semana pasada en ‘cermi.es semanal’: “no existe ningún fundamento científico ni estadístico que verifique que las personas con un trastorno mental grave sean ‘peligrosas’. Hay que dejar de confundir enfermedad mental con psicopatía”, aseguró José María Sánchez Monge. Por ello, todos están expectantes a las decisiones últimas de los legisladores y bien dispuestos, en caso de que continúen vulnerando sus derechos, a ponerse en pie de guerra y ser belígeros con tal de parar lo que consideran algo “completamente inconstitucional”. Anunciación Clemente muestra también su enojo con lo que está ocurriendo y acusa a los que hayan redactado esa “barbaridad” de texto jurídico de “injuriar a un colectivo y a las familias que lo formamos” y les invita a “dimitir”. “El ministro que lo ha aprobado también debe dimitir. Hay muchos políticos peligrosos y ellos sí nos hacen daño: nos quitan derechos, nos reducen el sueldo, nos estropean los recursos públicos, la sanidad, la educación, las pensiones. Ellos son los peligrosos”,  riñe Clemente.
 
“El ministro que lo ha aprobado (el texto jurídico) también debe dimitir. Hay muchos políticos peligrosos y ellos sí nos hacen daño”
 
El caso es que esta acusación generalizada de ‘peligrosidad’ que estigmatiza a las personas con enfermedad mental y discapacidad intelectual y que ahora puede hacer que sus condenas en centros penitenciarios se alargue, es considerada por todo el sector de la discapacidad como una “falacia” que corre como la pólvora debido “a la ignorancia de de la sociedad”, tal y como asegura Recover, y el flaco favor de los medios de comunicación siempre dispuestos a sacar detalles escabrosos, que nada tienen que ver con el hecho noticioso, pero que se ceban en él para aumentar el morbo y su audiencia. Y así, educando de ese modo, sin criterio, sin responsabilidad ni consciencia, el calificativo de “peligroso” para las personas con enfermedad mental y discapacidad intelectual pasa incluso a las normas generalizándose como un hecho, cuando las estadísticas y los datos científicos aseguran que no es cierto. 
Interior de una prisión
 
Será por eso que desde FEAFES se arremete contra el Gobierno sin pelos en la lengua y califica a los que llama irónicamente “los legisladores de la reforma Gallardón” como personas “imbuidas de poder”, que “ahondan en la maleza y lanzan el mensaje del odio al hacer coincidir el término ‘peligrosidad’ con el de enfermedad mental”. “Cantinela”, en su opinión, “inadmisible”. De hecho, mediante preguntas retóricas en el artículo citado al principio, ‘Peligro, se legisla’, localizan la peligrosidad “en su casa”, en la de los legisladores, por “no atender adecuadamente a la persona que necesita un trato especial”. Además, consideran que si algo es peligroso es precisamente “el fomento de políticas que redundan en la debilidad de unos servicios sociales que tapan nuestras vergüenzas”.
 
SOLUCIONES
 
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), apelando a que “no existe ninguna relación entre ambos elementos” e incidiendo en que “por tanto no puede haber vinculación legal”, ha pedido que se retire del nuevo Código Penal en trámite parlamentario el término “peligrosidad” y que el internamiento de una persona con alguna de estas discapacidades “nunca pueda ser prorrogado” y que, como medida de libertad vigilada, se aplique el tratamiento asertivo comunitario y en ningún caso el tratamiento forzoso ambulatorio. Por su parte, en opinión de Torcuato Recover, las personas con enfermedad mental o con discapacidad intelectual han sido “discriminados por ser diferentes”, por “no encajar en  los patrones de lo normal”. Esto se resolvió juzgándolos de “sospechosos” posibilitando atribuirles “cualquier conducta antisocial”. Y la única solución para superar esta situación es meridianamente clara tanto para él como para el movimiento asociativo al completo, los familiares que tienen allegados en los centros penitenciarios y los expertos y trabajadores en Salud Mental, y pasa por “la plena inclusión social, el reconocimiento de la persona con discapacidad como un ciudadano más, con plenos derechos y obligaciones, como el resto. Sólo así podrán superarse esas diferencias y los prejuicios”, señala. 
 
“La plena inclusión social, el reconocimiento de la persona con discapacidad como un ciudadano más acabarían con las diferencias y los prejuicios”
 
Y también, añade Sánchez Monge como solución, “los planes individualizados, un equipo de intervención familiar, apoyo domiciliario y un equipo multidisciplinar como medidas terapéuticas” que, recuerda, “ahorrarían muchísimo dinero al estado”. Y es que “si se terminara con la falta de prevención, de buenos diagnósticos, de continuidad de cuidados, de buenos seguimientos y de conciencia de enfermedad”, apostilla la presidenta de AFAPIHPPA, “muchas personas con enfermedad mental o discapacidad intelectual no habrían cometido ningún hecho previsto como delito y no se encontrarían hoy encerrados”. 
Patio de un penitenciario
 
ESPERANZA
 
Sin embargo, en la entrevista mantenida con el presidente de FEAFES la semana pasada, nos confesó que mantenía esperanzas porque “han ampliado ya dos veces el plazo para enmendar el texto del Código Civil”. De hecho, fuentes del Ministerio de Justicia a las que el ‘cermi.es semanal’ ha accedido aseguran que en la “regulación final se introducirán algunas correcciones terminológicas para evitar cualquier referencia a la peligrosidad”, ya que saben que al movimiento asociativo les “resultan muy hirientes y molestas”. “Nos parece muy razonable, por eso tiene que hacerse”, desvelan.
 
Asimismo, las fuentes ministeriales, aseguran que son “conscientes de las posibilidades de mejora del texto”, que ya se han introducido algunos cambios de “mucho alcance durante la tramitación del anteproyecto que respondían a sus observaciones del movimiento asociativo” y que saben de la “necesidad de profundizar en este planteamiento de la reforma”. Así, confiesan que no les cabe duda de que todavía “tenemos margen para profundizar aún más, tal y como les hemos trasladado al CERMI y a FEAFES”, insisten.
 
“Tienen toda la razón del mundo. Cierto es que, hoy en día, se está abusando de las medidas de internamiento”
 
En este sentido, las mismas fuentes, creen que hay “cuestiones en las que no estemos de acuerdo, pero que respecto al fondo y a subrayar el carácter terapéutico de las medidas de libertad, así como incluir sugerencias que ellos plantean, estamos absolutamente abiertos y, de hecho, acordamos establecer contactos informales con técnicos del sector de la discapacidad”, recuerdan. Además, desde el Ministerio opinan que “gran parte del desacuerdo responde a que, quizás, la redacción de la reforma no ha sido capaz o no ha tenido el talento de transmitir una sensibilidad que realmente tiene que transmitir. Ellos tienen toda la razón del mundo.”, confiesan. “Cierto es que, hoy en día, se está abusando de las medidas de internamiento”.

Una prisión
Además, dicen que asumen “esa necesidad que nos reclama FEAFES de recuperar la sensibilidad y que la propia ley traslade la sensibilidad correcta porque eso también es importante a la hora de aplicar las normas”. También añaden que quieren subrayar “el carácter excepcional de la posible aplicación de una  medida de seguridad cuando existe ese riesgo relevante”. Y concluyen que “la palabra maldita tiene que ser eliminada. Lo tenemos clarísimo”.
 
También varios grupos parlamentarios se han sumado con rotundidad a la oposición del movimiento asociativo contra proyecto de ley de reforma del Código Penal en lo relativo al cambio de regulación de las medidas de seguridad aplicables a personas que han cometido un hecho delictivo, pero que, sin embargo, no son responsables criminales por carecer de imputabilidad penal. Es el caso, por ejemplo, del Grupo Parlamentario Socialista o del Grupo Parlamentario Catalán-CiU.
 
Porque lo que sí está claro es que tanto las personas con enfermedad mental como con discapacidad intelectual están hartos de que la “ignorancia colectiva” haya provocado que se les asocie con la agresividad y no sólo se les haya estigmatizado, sufriendo en propia piel los prejuicios y los miedos infundados de la sociedad, sino que no tengan las medidas preventivas, terapéuticas, de rehabilitación y recuperación para que los ciudadanos puedan beneficiarse de su inclusión, de su idiosincrasia, de las "capacidades extraordinarias" que cada uno de los seres con alguna de estas dos capacidades tienen y con las que pueden enriquecer a los demás. 
 
Pero el problema continúa porque todavía hay muchas, “demasiadas” personas con alguna de estas dos discapacidades encarcelas y que, incluso, no se ha detectado su circunstancia personal en los procesos judiciales. Esto, como dice Torcuato Recover, “evidencia el fracaso del sistema”. Por ello, ahora que aún se puede, que los legisladores parecen estar abiertos a escuchar a los damnificados y a las personas que los protegen y defienden, que las enmiendas aún en plazo de corregirse se redacten evitando vulnerar los derechos, el honor o la dignidad de estas personas, que ya han sido escandalosamente vituperadas, despreciadas y maltratadas a lo largo de la historia. Equiparar maldad y enfermedad mental o discapacidad intelectual es “cruel e injusto” y, por eso, desde este medio gritamos: “ninguna persona con enfermedad mental o discapacidad intelectual en prisión. Por favor”. 
 
 
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