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viernes, 05 de diciembre de 2014cermi.es semanal Nº 147

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"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

Reportaje

La accesibilidad al transporte marítimo en España

Atravesar el mar sin barreras

02/12/2014

Pamela Barahona

Tener la posibilidad de transportarse en barco hacia cualquier lugar y por diversos motivos, es una experiencia a la que casi nadie renuncia, a menos que sufra de talasofobia (del griego talassa, mar, y phobos, miedo) o que en el trayecto se encuentren barreras que lo dificulten o incluso lo imposibiliten. Esto último es lo que sucedería si una persona con algún tipo de discapacidad no tuviese este medio de transporte adaptado a sus necesidades.

CruceroPoder desplazarse en todos los entornos, en este caso en particular en transporte marítimo, es  un derecho del que todos tendríamos que disfrutar.
 
Planear un crucero, ya sea por ocio o por trabajo, no suele ser tarea fácil para nadie. En el caso de una persona sin discapacidad, sus preocupaciones serán la temperatura del lugar al que van, llegar a tiempo para su cita, el coste del desplazamiento, decidir cual es el mejor destino, entre otros. Pero, por ejemplo, para una persona con discapacidad visual una de sus primeras inquietudes será acceder a la página web donde tiene que realizar sus trámites; para otra persona que tenga discapacidad motriz, los problemas pueden comenzar a la hora de desplazarse en la embarcación, incluso acceder a ella; para alguien que tenga discapacidad auditiva, si será informado adecuadamente de cualquier contratiempo en el trayecto o cualquier información que requiera; entre muchas otras inquietudes que surgen en este colectivo.
 
Refiriéndose a este tema, el “Real decreto 1544/2007, de 23 de noviembre por el cual se regula las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad, se encarga de regular los aspectos básicos de accesibilidad que deben regir el transporte marítimo. Entre ellos, la formación del personal encargado de atender al pasaje con discapacidad, tanto en las fases de embarque y desembarque, como durante el transcurso de las travesías. Tratando de garantizar que este colectivo reciba un adecuado trato, asistencia y auxilio durante toda la travesía, en el camarote, en los espacios públicos y los aseos, y especialmente en las situaciones de emergencia y evacuaciones que pudieran producirse, garantizando así una asistencia adecuada y digna a estas personas. El apartado 10 del anexo II impone a las empresas navieras la obligación de adoptar las medidas precisas para garantizar el embarque en buques de pasaje en las adecuadas condiciones de seguridad y se les imponen una serie de obligaciones para atender a personas con discapacidad sensorial, como es el deber de incluir en los cursos de formación los conocimientos necesarios por parte de las tripulaciones de los buques para el adecuado tratamiento al citado colectivo”.
 
Comenta Jesús Hernández, director de accesibilidad universal de Fundación ONCE, que precisamente para analizar la accesibilidad de personas con discapacidad en este medio de transporte y en los demás, Fundación ONCE con la colaboración del CERMI realizó el “Observatorio de accesibilidad universal en el transporte interurbano 2012”. En este se analizan los servicios on-line, tales como la información de los itinerarios, los horarios, la compra de billetes o el procedimiento de envío de quejas; la infraestructura de origen y de destino; la adecuación de los recorridos que permitan llegar a los servicios de viaje, como atención e información, compra de título de transporte, zona de espera o aseos; el embarque y desembarque y el análisis del vehículo. Este análisis desvela si se está cumpliendo o no el decreto anteriormente citado.
Barco en un muelle

 

Resultados “Observatorio de accesibilidad universal en el transporte interurbano 2012”

 
El observatorio analizó los canales de reserva e información que ofrecen los proveedores del servicio de transporte marítimo. En este sentido, el proceso de reserva de viaje para una persona con discapacidad era complicado. Si se necesitaba asistencia durante el viaje, el pasajero debía de avisar con 48 horas de antelación, lo cual es una dificultad para un viaje imprevisto. También la compañía naviera solicitaba al pasajero que firmara un formulario aceptando las condiciones del viaje que se le ofrecía, teniendo la compañía la potestad de requerir al pasajero que viajase acompañado, además de obligarle a presentarse dos horas antes para poder recibir la asistencia solicitada.
 
Analizó también los servicios on-line, páginas web, web móviles y aplicaciones, que resultaron inaccesibles en la mayoría de los casos evaluados, lo cual suponía no poder ahorrar tiempo como los demás en las taquillas o la sorpresa de no encontrar plaza, además de la imposibilidad de consultar horarios, comprar el billete, etc. 
 
En este estudio se detectaron además incidencias en la accesibilidad a las infraestructuras portuarias, además en relación a la deambulación, en algunas terminales los pasajeros usuarios de sillas de ruedas no podían acceder a las mismas debido a la existencia de escalones o a rampas que no cumplen los criterios de accesibilidad. También localizaron problemas en el acceso a algunos de los aseos adaptados de las terminales que se observaron. Quedan pendientes los servicios ofrecidos en las terminales, por ejemplo, los mostradores destinados a la compra de billetes, tenían una sola altura, dificultando así la aproximación a los pasajeros que utilizan silla de ruedas o de talla baja. Tampoco ayudaba a los pasajeros con dificultades auditivas el que hubiese mamparas de cristal, en ocasiones sin bucle magnético, producto de apoyo que facilita la comunicación a algunas personas portadoras de audífonos.
 
En uno de los casos analizados el acceso peatonal al buque resultaba impracticable, puesto que el dispositivo de embarque presentaba una combinación de rampa y escalera. En otro caso similar, la accesibilidad se encontraba resuelta a través de una rampa con fuertes pendientes en algunos tramos, lo que puede ocasionar que el pasajero deba precisar la ayuda de un tercero.
 
Zona de cubierta de un crucero
Dentro del ferri, el principal problema de accesibilidad se encuentra en los desplazamientos horizontales, y más en las diferentes salidas a cubierta debido al marco inferior de cota variable que presentan las puertas. Esto impide el paso de las personas con silla de ruedas de manera autónoma, a la vez que supone un riesgo de tropiezo para las personas con dificultades de deambulación o con discapacidad visual.
 
“Es cierto que las condiciones de accesibilidad, a raíz de la aplicación del Real Decreto han mejorado. No obstante los resultados del observatorio demuestran que, en ocasiones muchas de las especificaciones siguen sin cumplirse. Este hecho lleva a concluir que este modo de transporte sigue siendo deficitario en cuanto a la accesibilidad universal”, afirma Jesús Hernández.
 
Como podemos ver con los resultados del observatorio y con la afirmación anterior, la accesibilidad en este transporte presenta diversidad de problemas, que afectan en mayor o en menor medida, al pleno del colectivo de personas con discapacidad. Pero más aún afectan al colectivo con movilidad reducida, por la dificultad que se les presenta para deambular por ferris y por terminales marítimas.
 
Aunque estos informes no sean muy positivos, las personas con discapacidad no deberían renunciar a viajar por este medio, tal y como indica el director de accesibilidad universal. Siempre que se desee disfrutar de este derecho, se puede acceder a empresas que están más especializadas en materia de discapacidad, en las que serán asesorados según sus necesidades, como es el caso de las empresas ILUNION viajes, por ejemplo.
 
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