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CERMI.ES semanal el periódico de la discapacidad.

viernes, 10 de febrero de 2017cermi.es semanal Nº 245

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"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

Aquí nos discriminan

Concentración frente al Tribunal Constitucional por el derecho a votar de las personas con discapacidad

El voto de Mara

08/02/2017

Beatriz Sancho/Blanca Abella - Imágenes: Jorge Villa

En el año 2014, cuando la joven Mara cumplía 18 años, la mayoría de edad, sus padres solicitaron una prórroga de la patria potestad. “Pedimos una prórroga para proteger sus derechos”, explica Mar Caamaño, madre de Mara. Tres años después continúan luchando por recuperar el derecho a voto que entonces le quitaron, un derecho fundamental que ha sido denegado incluso por el Tribunal Constitucional, que hace caso omiso a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que obliga a reconocer el derecho de sufragio a todas las personas con discapacidad, mandato que España incumple palmariamente.

Mar Caamaño, madre de MaraY así comienza la historia de Mara, cuando la forense la examina ante la petición de una prórroga de la patria potestad por parte de sus padres. “Y debió suspender el examen”, asegura escéptica Mar, su madre, que relata aquel momento al detalle, con un recuerdo nítido de todo lo que ocurrió allí: “En la vista nos preguntaron a nosotros, como padres, si queríamos respetar su derecho al voto, les dijimos que sí. A ella también se lo pregunta expresamente el juez y le dijo que sí. Pero después dictaminó que no era apta porque no conocía el derecho electoral español”.
 

Suspenso en derecho electoral

 
Así pues, en septiembre del 2014, el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santiago retiró a Mara su derecho a voto. “No conocía el derecho electoral español”, afirma su madre todavía perpleja. Y todos nos preguntamos si superaríamos un examen semejante. “Yo también suspendía, ¡eh!”, exclama Mar.
 
La Audiencia Provincial de A Coruña, en 2015 y la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo en 2016, fallaron en contra de Mara. “Recurrimos a la audiencia de la Coruña, recurrimos al Supremo y en el Supremo el Fiscal dice que hay que reconocer el derecho al voto”, explica de nuevo Mar. Y es que el fallo del Tribunal Supremo se produjo en contra del criterio de la Fiscalía quien solicitó, de acuerdo con lo que establece la Convención de la ONU, que se facilitara a Mara los apoyos necesarios y se le permitiera votar.
 
Mar Caamaño, madre de MaraEl CERMI expone entonces la inadecuación de la sentencia del Supremo tanto a la Constitución española como a los tratados internacionales de derechos humanos suscritos por España, en especial, la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de 2006, y afirma: “Con arreglo a la legalidad internacional vinculante para el Estado español, constituye una vulneración de los derechos de las personas con discapacidad cualquier restricción del derecho de voto por motivos o causas asociadas a la situación de discapacidad, como claramente establece el artículo 29 de la Convención citada, por lo que el Supremo hace una incorrecta interpretación de ese tratado internacional que vicia su decisión”.
 
A pesar de tanta negativa, injusticia, incomprensión y dificultades que deben sortear estos padres, y contando con el apoyo de las entidades de la discapacidad, deciden continuar su lucha y presentar recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Albergaban grandes esperanzas ante una instancia tan importante. “Apelamos al Constitucional pensando que nos van a echar una mano y para nuestra sorpresa solo la vicepresidenta hace un voto particular diciendo que sí, además alentándonos a que sigamos a Europa, porque hay que respetar los derechos”, relata Mar.
 

Más exigencias que al resto de ciudadanos

 
Mar Caamaño, madre de Mara en la concentración por el derecho al voto ante el Tribunal ConstitucionalEl Constitucional deniega el derecho a voto de esta joven gallega amparándose en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg), que se refiere a las personas que "carecen de derecho de sufragio". Pero la vicepresidenta del Tribunal Constitucional, Adela Asúa, sugiere a los padres de Mara llevar a instancias judiciales superiores, en clara referencia a los tribunales europeos, el caso del derecho a voto de su hija. Esta jueza defiende que el derecho a voto está consagrado por la Carta Magna y que el artículo 3 de la Loreg no precisa el "estándar de prueba" sobre la limitación del derecho a voto de una persona incapacitada legalmente, de forma que se deja "al libre criterio judicial". Además, esta magistrada entiende que el hecho de que se reclame a la persona incapacitada judicialmente demostrar su conocimiento de aspectos básicos y fundamentales del sistema político y electoral supone la "exigencia de un plus" que no se requiere al resto de ciudadanos.
 
“No lo entiendo, desconocía totalmente esta situación y la conozco gracias a Mara, gracias a mi hija, nunca pensé que en 2017 se daba estas circunstancias”, comenta Mar con cierta desolación, pero enseguida añade: “Voy a seguir luchando. Para nosotros lo del Tribunal Constitucional fue una bofetada en toda la cara, pero por otra parte nos alienta a seguir”.
 
La familia de Mara es una familia como cualquier otra, unos padres con dos hijas que solo desean para ellas una vida normal, una buena vida. “Tenemos dos hijas, la pequeña tiene 16 años y dentro de dos años irá a votar. ¿Qué le digo entonces a Mara? Tú no vas, que eres distinta”, explica Mar con cierta indignación. Y se pregunta: “¿Empiezo yo la discriminación en casa? Hasta ahora estuvimos haciendo todo lo posible para que Mara lleve una vida normal. Ahora tendría que decirle tú te quedas en casa porque eres distinta y no puedes votar”.
 

NO

 
Cartel que reza, "con los derechos no se juega", y al fondo el Tribunal ConstitucionalPero no quiere hacerlo y así debe ser, no va a ser ella quien discrimine a su hija. Asegura que irán a Estrasburgo, donde sea necesario. “Me gustaría que si Mara no lo consigue, que sirva para que otra gente sí consiga salir a la calle, salir de casa y decir que tienen también sus derechos perjudicados, porque es un derecho que ha costado muchísimo llegar a él y ahora nos lo quitan, por nacer diferentes y con una capacidad distinta. NO”. 
 
El CERMI también apoya la decisión de estos padres y muestra una vez más su profunda desolación y tristeza: “En esta cuestión del derecho de voto, el Tribunal Constitucional mantiene un enfoque antediluviano en la consideración de las personas con discapacidad, como seres débiles, frágiles e influenciables, sometidos a instancias ajenas a sí mismas, que no pueden ejercer sus derechos como cualquier otro miembro de la comunidad, y sanciona su privación. Recibimos esta sentencia con profunda desolación y tristeza. Nuestros derechos por enésima vez se ven arrojados a la cuneta de la vida en comunidad. Solo cabe señalar como alentador el voto particular de la Magistrada Adela Asua”.
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