
"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"
Inclusión Laboral
El CERMI reclama que la ley de teletrabajo recoja expresamente la “no discriminación” por razón de discapacidad
08/02/2021
El CERMI ha reclamado que la regulación del trabajo a distancia incorpore expresamente la “no discriminación por razón de discapacidad, ausente ahora en la redacción del proyecto de ley”.
“Las personas con discapacidad son un grupo social especialmente expuesto a ver resentidos sus derechos laborales y más en entornos a distancia, en los que objetivamente la igualdad de trato, la prestación de apoyos y la realización de ajustes razonables se ve mermada objetivamente”, sostiene el CERMI.
Por ello, plantea incorporar en el artículo 4, relativo a la igualdad de trato, un nuevo apartado que establezca que “las empresas están obligadas a impedir cualquier discriminación, directa o indirecta, por razón o motivo asociado a discapacidad, de las personas trabajadoras que prestan servicios a distancia, asegurando la igualdad de trato y la prestación de apoyos, y realizando los ajustes razonables que resulten procedentes”.
ACCESIBILIDAD UNIVERSAL
Respecto de la obligación de las empresas de dotar a su plantilla de los medios necesarios para poder teletrabajar, el CERMI pide que el texto establezca la obligación de que los medios y herramientas sean universalmente accesibles, para evitar situaciones de discriminación y exclusión.
Otra de las demandas expuestas por el CERMI es que, en la evaluación de riesgos en el entorno en el que el empleado teletrabaja habitualmente, se incluyan las condiciones de accesibilidad universal. Igualmente, solicita que, en las facultades de control empresarial para evaluar el desempeño de la persona trabajadora, se tengan presentes, “de modo favorable”, situaciones personales como la existencia de una discapacidad.
Por último, la entidad pide clarificar de forma explícita qué se considera como domicilio de referencia, a efectos de considerar la Autoridad Laboral competente y los servicios y programas públicos de fomento del empleo aplicables.