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viernes, 06 de mayo de 2016cermi.es semanal Nº 211

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"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

CERMIS Autonómicos

CERMI Aragón inicia el servicio de cita previa para la Renta de personas con discapacidad

El servicio estará disponible desde el 04 de mayo hasta el 29 de junio

02/05/2016

La Agencia Tributaria ofrece a través de CERMI-Aragón la posibilidad de solicitar cita previa con un servicio especial para personas con discapacidad durante varios días de los meses de mayo y junio. Además, los miércoles de esos meses se contará con un intérprete de lengua de signos para aquellas personas que tengan discapacidad auditiva.

CERMI Aragón inicia el servicio de cita previa para la Renta de personas con discapacidadEl servicio se prestará en horario de mañanas en la Delegación de Zaragoza de la Agencia Tributaria situada en la calle Albareda, número 16 de la capital aragonesa, edificio accesible para todo tipo de discapacidades.
 
Para solicitar cita previa deben ponerse en contacto con CERMI-Aragón en el teléfono 976 10 62 65, mediante  correo electrónico cermiaragon@cermiaragon.es o en el número de WhatsApp 628-514-395, en horario de 9.00 a 14.00 horas, facilitando los siguientes datos personales: nombre y apellidos, DNI y teléfono de contacto.
 
El servicio está disponible para declaraciones individuales y conjuntas (si una de las personas tiene discapacidad).
 
A continuación se detallan los servicios que atenderá la Agencia Tributaria en este servicio especial:
 
• Rendimientos del trabajo, con límite de 65.000 € anuales.
• Rendimientos del capital mobiliario, con límite de 15.000 € anuales.
• Rendimientos del capital inmobiliario, con límite de 1 inmueble alquilado.
• Imputación de rentas inmobiliarias.
• Ganancias y pérdidas patrimoniales de fondos de inversión y premios.
• Transmisión de la vivienda habitual con exención total.
• Todas las rentas anteriores derivadas del régimen de atribución de Rentas.
 
También confeccionarán las declaraciones con rentas procedentes de:
 
• Rendimientos de actividades empresariales en módulos.
• Subvenciones (salvo las de actividades económicas en estimación directa).
• Transmisión de inmuebles (incluida la vivienda habitual con exención parcial por reinversión), acciones u otros bienes, con el límite conjunto de 2 operaciones.
 
La Agencia Tributaria también pone a disposición en su web www.agenciatributaria.es el borrador online de la Renta 2015 para su confirmación y de esta manera agilizar las devoluciones.
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