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viernes, 12 de octubre de 2018cermi.es semanal Nº 318

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"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

Actualidad

El CERMI explica en un informe el impacto del nuevo bono social eléctrico y térmico en las personas con discapacidad

10/10/2018

El CERMI ha elaborado un informe en el que explica las medidas en favor de las personas con discapacidad que incluye el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, que entre otras cuestiones, reforma el bono social eléctrico y crea el bono social térmico.

Bombillas con fondo de cieloEn concreto, el texto legal aprobado por el Gobierno amplía el derecho a poder acogerse al bono social eléctrico a los hogares en los que reside una persona en situación de dependencia de segundo o tercer grado, como ya podían hacer hasta el momento las personas con una discapacidad igual o superior al 33%. Además, las viviendas en las que resida una persona con discapacidad o en situación de dependencia (de segundo o tercer grado) no podrán sufrir cortes del suministro.
 
Asimismo, se ha ampliado el plazo hasta el 31 de diciembre de 2018 para que los consumidores acogidos al anterior régimen de bono social puedan acreditar la condición de consumidor vulnerable con arreglo a la nueva normativa.
 
Con carácter general, y también beneficiando a las personas con discapacidad en las mismas condiciones que el bono eléctrico, se crea el Bono Social Térmico, cuya finalidad es la concesión directa de ayudas destinadas a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables en lo que respecta a energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina. La gestión y el pago de las ayudas corresponderá a las comunidades autónomas, por lo que esta medida no es de aplicación inmediata y se espera que no sea implantada hasta enero de 2019.
 
Por otro lado, el CERMI destaca que el real decreto-ley aprobado por el Gobierno en el último Consejo de Ministros, además de introducir estas novedades, mantiene las medidas de protección en favor de las personas con discapacidad y sus familias que ya contemplaba la legislación de 2017.
 
Por último, la entidad recuerda que tienen la consideración de consumidor vulnerable aquellas personas que cumplan con uno de los siguientes requisitos: carencia de renta, familia numerosa o que todos los miembros de la familia perciban pensiones mínimas.
 
Cabe recordar que se considera baja renta a aquellas familias cuyos ingresos totales sean inferiores a 1,5 veces el IPREM, dos si reside un menor y 2,5 veces el IPREM si residen dos o más menores en la unidad familiar. Estas cifras se incrementan en 0,5 en el caso de los hogares en los que reside una persona con discapacidad, y a partir de este año, con la modificación legal realizada por el Gobierno, se hace extensiva esta ampliación del margen a las personas en situación de dependencia (segundo y tercer grado).
 
Informe del CERMI
 
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