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Acceso Universal

El CERMI insta a los ayuntamientos a no restringir la circulación de vehículos de personas con movilidad reducida en vías urbanas

16/10/2018

El CERMI ha instado a todos los ayuntamientos españoles a no restringir la libre circulación en vías urbanas de los vehículos de personas con movilidad reducida poseedoras de la tarjeta de estacionamiento reservado, ya que se estaría cercenando su derecho constitucional a desplazarse.
 
Una persona en un vehículo para movilidad reducida en una acera de ciudadAnte la expansión de ordenanzas municipales de restricción de circulación y acceso a determinadas vías urbanas, como centros históricos, por motivos de gestión del tráfico, medioambientales, etc., el CERMI recuerda a los ayuntamientos que los vehículos de personas con movilidad reducida, ya sean vecinas de esos municipios, como de otros de la misma comunidad autónoma o distinta, deben quedar siempre autorizados a circular y acceder, porque ha de prevalecer el derecho al libre desplazamiento, que para la persona con movilidad reducida le ofrece el vehículo privado.
 
Aunque muchos ayuntamientos están previendo esta autorización en sus regulaciones sobre tráfico, en principio la limitan a vecinos de la localidad, dejando en la inseguridad a las personas con movilidad reducida de otros municipios y de otras comunidades autónomas.
 
Para el CERMI, todos los vehículos de personas con movilidad reducida que posean tarjeta de estacionamiento reservado, con independencia de que sean o no de ese municipio, han de tener libertad de circulación y acceso, incluidas las áreas restringidas, en todos los términos municipales y núcleos urbanos, y en todo el territorio nacional. Así lo deben recoger los ayuntamientos en sus ordenanzas, a fin de ofrecer seguridad jurídica e igualdad de trato con independencia de la residencia de la persona.
 
Aparte de exigir a los ayuntamientos que favorezcan la movilidad de las personas con discapacidad, el CERMI va a plantear al Gobierno español, a través del ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, que modifique el Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, para que incluya expresamente la autorización a todos los vehículos de personas con movilidad reducida para que puedan transitar y acceder por todas las áreas urbanas de los municipios españoles, más allá de que las respectivas ordenanzas locales lo prevean o no.
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