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CERMI.ES semanal el periódico de la discapacidad.

viernes, 28 de marzo de 2014cermi.es semanal Nº 117

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"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

Inclusión educativa

El CERMI pide a Educación garantizar el acceso de las personas con discapacidad a las ayudas para formación del profesorado universitario

25/03/2014

El CERMI ha enviado al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte una propuesta para modificar los requisitos de acceso a las ayudas para la formación de profesorado universitario, incluyendo medidas contra la discriminación y de acción positiva que garanticen la igualdad de oportunidades en el acceso de las personas con discapacidad.

El CERMI se refiere en concreto a la resolución del 18 de noviembre de 2013, de la Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan diversas ayudas para la formación de profesorado universitario de los subprogramas de formación y de movilidad dentro del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016 en l+D+l. 
 
La propuesta del CERMI se refiere a que dicha resolución recoge en su artículo 17.1 la convocatoria de hasta un máximo de 800 ayudas, de las que hasta un 2% se reservan a estudiantes con una discapacidad igual o superior al 50% y un máximo de 30 podrán ser concedidas a ciudadanos extranjeros no comunitarios en situación de residencia en España.
 
El CERMI viene pidiendo a Educación además que el grado de discapacidad exigido sea el del 33%, para dar cabida a todas las personas con discapacidad reconocida oficialmente, y no solo a una parte, como sucede ahora.
 
Asimismo, esta resolución establece con carácter general una "nota media mínima del expediente académico en la escala 0-10, igual o superior a la nota de referencia para cada nivel y rama de conocimiento”, de modo que “no alcanzar la nota mínima de corte supone no superar la primera fase del proceso de selección”. 
 
Este requisito, señala el CERMI, en cuanto afecta por igual a personas con discapacidad y sin discapacidad, “vacía de contenido totalmente la existencia de la reserva de plazas para personas con discapacidad y la convierte en un mero adorno estético”.
 

Medidas positivas

 
En esta línea, el CERMI destaca que el fundamento de esta solicitud es que el establecimiento de reservas o preferencias es legalmente uno de los instrumentos de las medidas positivas, que han de establecerse para garantizar la igualdad de oportunidades, según recoge el Real Decreto por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (TRLGD), que incorpora la puesta en marcha de medidas contra la discriminación y medidas de acción positiva. 
 
Además, el CERMI recuerda que las administraciones públicas están obligadas a proteger de forma especialmente intensa los derechos de las personas con discapacidad en materia de educación, de acuerdo con el TRLGD. 
 
El CERMI afirma que según la encuesta INE "el empleo de las personas con discapacidad",  el nivel educativo de las personas con discapacidad es notablemente inferior al de las personas sin discapacidad, precisamente en el nivel educativo superior, en el que es de 12 puntos inferior.
 
Todo esto, apunta el CERMI, justifica el establecimiento de medidas positivas reforzadas, como es el de las medidas de reserva y apunta que similares medidas reforzadas de reserva se utilizan en el caso del empleo. 
 

Propuesta y solicitud

 
La propuesta del CERMI se basa en incluir en la próxima resolución una cláusula que establezca que en la primera fase del proceso de selección, se confeccionarán dos listas independientes, para cada una de las áreas de conocimiento, una para la de reserva de personas con discapacidad y otra para la general. 
 
Asimismo, solicita que en las listas para personas con discapacidad no se establezca nota mínima de corte, ordenándose, por la nota media obtenida, un número de personas con discapacidad hasta llegar globalmente al de la reserva para aspirantes con discapacidad. En caso de que hubiera aspirantes con discapacidad que no entren en la lista pero superen la nota mínima de corte de cada área, pasarían a la lista general.
 
En la segunda fase de selección, el CERMI demanda que puedan acceder en igualdad de condiciones todos los aspirantes para garantizar el principio de igualdad de mérito y capacidad en el acceso a estas ayudas.
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