Síguenos en

  • Ir a Cermi en facebook.
  • Ir a Cermi en twitter.
  • Ir a Cermi en Linked in.
  • Ir a Cermi en Instagram.
  • Ir a Cermi en Youtube.

CERMI.ES semanal el periódico de la discapacidad.

sábado, 23 de noviembre de 2019cermi.es semanal Nº 368

Ir a Cermi en Instagram.

"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

Actualidad

Al no desarrollarse la ley 13 años después de su promulgación

El CERMI plantea al Imserso su posición sobre la prestación de asistencia personal

20/11/2019

El CERMI ha mantenido una reunión con el Director General de Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), Manuel Martínez Domene, para plantearle la posición de la plataforma global de la discapacidad en relación con el acuerdo de configuración y regulación de la prestación de asistencia personal.

El CERMI plantea al Imserso su posición sobre la prestación de asistencia personalEl IMSERSO y las Comunidades Autónomas, con consultas a los sectores sociales de discapacidad y mayores, están trabajando en la adopción de un acuerdo, en el marco del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), por el que se establecen las condiciones específicas de acceso a la prestación económica de asistencia personal, que 13 años después de ser aprobada la Ley 39/2006, aún no ha sido convenientemente desarrollada.
 
En la reunión con el Director General del IMSERSO, el CERMI ha reclamado que el acuerdo sobre asistencia personal se adopte con celeridad, sin más demoras ni postergaciones, pues el retraso acumulado hace que esta prestación, siendo la más inclusiva para las personas con discapacidad en situación a su vez de dependencia, sea la menos concedida del SAAD, con apenas un 0,60 % del total.
 
Además, el CERMI ha pedido un consenso amplio entre Gobierno central, Comunidades Autónomas y sector de la discapacidad, y ha resaltado los aspectos básicos que para la representación de las personas con discapacidad ha de contener el desarrollo de esta prestación en cuestiones tales como las personas beneficiarias, el perfil de los asistentes personales, los requisitos de formación que han de adquirir, las intensidades y cuantías y la necesidad de que, en el ámbito laboral, se apruebe una relación de carácter especial de asistencia personal, que dé cobertura jurídica a la contratación directa de asistentes personales por parte de la propia persona en situación de dependencia.
  • facebook
  • twitter
  • linked in
  • enviar a un amigo
  • imprimir noticia

Con el apoyo de:

  • Logotipo de El Goberno de España - Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Secretaría de estado de servicios sociales. Abre una ventana nueva.
  • Logotipo de la Fundación ONCE. Abre una ventana nueva.
  • CERMI. Innovación social en discapacidad. Abre una ventana nueva.
  • Logotipo de El Goberno de España - Ministerio de Asuntos sociales, unión europea y cooperación. Abre una ventana nueva.
  • Logotipo de la Hablamos de Europa Abre una ventana nueva.

    ¿Dónde estamos?

    Calle Recoletos, 1 Bajo, 28001 Madrid - España