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viernes, 01 de mayo de 2020cermi.es semanal Nº 389

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Pandemia Coronavirus

El CERMI reclama al Parlamento que se regule legalmente el deber de las superficies comerciales de servir a domicilio a personas mayores y con discapacidad

30/04/2020

El CERMI ha reclamado a los diferentes grupos del Congreso de los Diputados y del Senado que se establezca por ley la obligación de que las grandes superficies de venta de productos de alimentación y de primera necesidad, como la higiene o limpieza, tengan servicios de entrega a domicilio para personas mayores, con discapacidad o pensionistas y que tengan prioridad en el reparto de las compras.

ilustración de un carrito, sobre compra digital y entrega a domicilioLa plataforma representativa de la discapacidad en España ha hecho llegar a todos los grupos parlamentarios una propuesta de reforma de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista, para que se atienda esta reclamación. Recientemente, el CERMI planteó esta misma petición al Ministerio de Consumo, aunque este departamento se ha declarado incompetente y ha pasado la cuestión al de Comercio. Esta petición para las personas con problemas de movilidad, “es de la máxima urgencia ante las consecuencias de la pandemia”, según el CERMI.
 
En concreto, el CERMI propone añadir una disposición adicional a dicho texto legal que recoja que “los establecimientos comerciales que con arreglo a la consideración de la legislación autonómica que les resulte de aplicación tengan la consideración de gran establecimiento y que, como parte de su oferta de servicios a los consumidores y usuarios efectúen entregas de productos y bienes a domicilio, mediante reparto, deberán proporcionar este servicio sin coste y con carácter preferencial a las personas mayores de 65 años y pensionistas, así como a las personas con discapacidad con grado oficialmente reconocido igual o superior al 33%”.
 
“Para recibir este servicio, las personas mayores, pensionistas y personas con discapacidad acreditarán ante el establecimiento comercial del que sean clientes esta condición para resultar beneficiarias del mismo”, precisa la propuesta.
 
En la exposición de motivos, el CERMI recuerda que muchas personas con movilidad reducida en circunstancias ordinarias encuentran dificultades para poder acudir al establecimiento comercial (hipermercado, supermercado, etc.) a realizar sus compras y optan, habitualmente, por hacer los pedidos a través de internet o telefónicamente.
 
Pero, según explica la entidad, con la crisis desatada por el coronavirus, con el confinamiento masivo, y la demanda desmedida, los servicios de reparto de estos establecimientos se han visto sobrepasados y se ha tornado imposible utilizar estos recursos que, para personas con movilidad reducida, constituyen una necesidad imperiosa e ineludible.
 
“La devastación causada por la pandemia de COVID-19 ha evidenciado las especiales barreras a las que se enfrentan las personas con discapacidad y las personas mayores en la adquisición de los productos básicos propios del consumidor doméstico, que están a merced de la voluntariedad del comerciante, de su estrategia de entregas, todas con coste agregado, y que no suelen considerar como preferenciales a este tipo de consumidores, pese a su vulnerabilidad objetiva. Esta regulación legal viene a dar respuesta a esta demanda social desatendida que la crisis masiva de salud producida por el coronavirus ha puesto de manifiesto de forma lacerante”, asevera la entidad.
 
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