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Actualidad

El CERMI ve “un avance para los derechos de las personas con discapacidad” la sentencia que impone la custodia compartida a un padre que no la quería

19/02/2018

El CERMI aseguró este lunes que la sentencia que impone la custodia compartida a un padre que no deseaba cuidar de sus dos hijos, uno de ellos con discapacidad e importantes necesidades de atención, supone un “avance para los derechos de las personas con discapacidad, al establecer como obligatoria la atención por parte de los dos progenitores”.

Ilustración de una familia con apariencia de puzzleLa sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba, difundida por la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), recoge que “dada la entidad del problema familiar, se exige extremar los deberes de ambos, sin que puedan hacerse recaer exclusivamente en la madre”. 
 
La Audiencia se niega a establecer un régimen diferente para cada hijo “con el fin de evitar un conflicto entre hermanos y sentimientos de rechazo”, recomendación además que habían realizado los médicos.
 
Según ha declarado el CERMI a Servimedia, la sentencia no sólo es un avance para los derechos de las personas con discapacidad, sino que “al mismo tiempo permitirá progresar en el deseo y propósito de que las obligaciones del hogar y el cuidado de la familia sean una obligación conjunta y que no recaigan únicamente en la madre, tal y como ha venido sucediendo tradicionalmente por el machismo imperante”.
 
“El tribunal ha hecho una buena interpretación y aplicación de los valores superiores del ordenamiento jurídico y ha extraído el potencial que tiene la custodia compartida, que hasta ahora solo se aplicaba si había acuerdo entre los dos progenitores”, añade el CERMI, que critica la “inaceptable conducta del padre” por no querer asumir sus obligaciones y dejar la responsabilidad del cuidado del menor con discapacidad a la madre en exclusiva. Por ello, la entidad destaca que se debe estar atentos para evitar que “el desinterés del padre se traduzca en una mala atención o acompañamiento”.
 
Por otra parte, el CERMI recuerda que ha planteado en numerosas ocasiones la necesidad de reformar el Código Civil para evitar que en casos de separación o divorcio, cuando uno de los dos cónyuges tenga discapacidad, “se produzcan casos de discriminación o de trato desigual a la hora de repartir la custodia de los hijos e hijas”.
 
“En todo caso, la sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba es un paso en la buena dirección que sin duda hay que saludar”, concluye la plataforma representativa de la discapacidad en España.
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