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CERMI.ES semanal el periódico de la discapacidad.

viernes, 15 de noviembre de 2019cermi.es semanal Nº 367

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"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

Mujer

Esterilización de personas con discapacidad contra su voluntad: una práctica vigente en España

La política del hijo único en China se levantó totalmente en 2015, aunque sigue siendo necesario realizar una solicitud para tener un segundo hijo. Este es un ejemplo de cómo, en ocasiones, la legislación se utiliza para el control de la población. Aunque puede parecernos algo lejano, en espacio y tiempo, realmente no hay que viajar hasta Asia para encontrar ejemplos de este tipo. De hecho, en nuestro propio país se realiza la esterilización de personas con discapacidad.

En España el artículo 156 del Código Penal, en su párrafo segundo, permite que las personas con discapacidad sean esterilizadas tras se incapacitadas legalmente por un juez y sin ser informadas del procedimiento al que van a ser sometidas. ¿Por qué se fuerza a las mujeres con discapacidad a ser esterilizadas?
 
No será punible la esterilización acordada por órgano judicial en el caso de personas que de forma permanente no puedan prestar en modo alguno el consentimiento al que se refiere el párrafo anterior, siempre que se trate de supuestos excepcionales en los que se produzca grave conflicto de bienes jurídicos protegidos, a fin de salvaguardar el mayor interés del afectado, todo ello con arreglo a lo establecido en la legislación civil.
 
"Si bien no hay datos desglosados por sexo que nos digan exactamente cuántas mujeres y hombres son esterilizados en nuestro país, sí que tenemos la certeza de que son muchas más las mujeres con discapacidad por la información que nos llega de organizaciones que forman parte de CERMI y que son representativas sobre todo de mujeres con discapacidad intelectual o con discapacidad psicosocial, que son las que se ven más afectadas por este tipo de tratamientos", explica desde el otro lado de la línea telefónica Isabel Caballero, coordinadora Fundación CERMI Mujeres. Pero antes de proceder a la esterilización, las mujeres son incapacitadas legalmente ya que "la esterilización está regulada en nuestro país por el código penal, que no considera punible que un juez autorice en aquellos casos en que así lo considere". Sin embargo, desde el CERMI reivindica "la eliminación de la esterilización forzada en personas con discapacidad y, muy concretamente, de mujeres con discapacidad".
 
Caballero no ve ningún problema en que una mujer, libremente, decida someterse a la esterilización, el problema es cuando primero se somete a la mujer a un procedimiento de incapacitación legal para llevar a cabo este procedimiento: "La preocupación que sostenemos es que se trata de procedimientos en los que las mujeres no son informadas, quiero decir, que no habría ningún problema en que una mujer libremente pueda someterse a una esterilización, una ligadura de trompas o cualquier otra forma de control de la fertilidad siempre que sea una decisión propia e informada. Pero en el caso que nos ocupa, normalmente se hace sin contar con el consentimiento ni siendo la mujer informada convenientemente. Además, se hace a través de un procedimiento bastante complejo que arranca con la modificación de la capacidad legal", explica.
 

"Existen muchas ideas preconcebidas sobre la sexualidad de las mujeres con discapacidad"

 
Pero ¿por qué se hace? ¿Qué lleva a pedir la incapacidad legal para una persona y, después, esterilizarla? "Las esterilizaciones se han hecho tradicionalmente. Son consideradas como medidas de protección, es una visión totalmente paternalista y conculcadora de derechos humanos porque, normalmente, son las familias las que incoan este tipo de de procedimientos, de tal manera que lo hacen, en la mayoría de los casos, como una medida de protección", responde Caballero ante la pregunta. "Existen muchas ideas preconcebidas sobre la sexualidad de las personas y, sobre todo, de las mujeres con discapacidad, y la idea de que el control de la fertilidad, de la fecundidad es una cuestión que recae sobre los hombros de las mujeres. Nos ocurre a las mujeres, tengamos o no discapacidad, el hecho de que el control es algo que recae sobre nuestros cuerpos".
 
"Las familias lo hacen de una manera... protectora. Nosotras desde la fundación, y desde otras entidades sociales, ponemos en cuestionamiento esta práctica. La sociedad sigue todavía reaccionando con perplejidad porque lo ven como una protección que se da a las personas con discapacidad para que no haya una reproducción sin control. Entonces existe esta idea de que son medidas de protección". Esta idea se mantiene también entre "jueces, fiscales, personal sanitario...", por lo que lo ideal es que se elimine del Código Penal el segundo párrafo del artículo 156. Sin embargo, para la Organización de Naciones Unidas esto debe cambiar:
 
63.Los Estados partes deben combatir la discriminación múltiple, en particular mediante lo siguiente: a) La derogación de las leyes, políticas y prácticas discriminatorias que impiden que las mujeres con discapacidad disfruten de todos los derechos consagrados en la Convención; la prohibición de la discriminación basada en el género y la discapacidad y sus formas interseccionales; la tipificación como delito de la violencia sexual contra las niñas y las mujeres con discapacidad; la prohibición de todas las formas de esterilización forzada, aborto forzado y control de la natalidad no consensuado; la prohibición de todas las formas de tratamiento médico forzado relacionado con el género y/o la discapacidad, y la adopción de todas las medidas legislativas adecuadas para proteger a las mujeres con discapacidad contra la discriminación"
 
Además, no solo sería terminar con esta práctica sino también "darle respuesta a la recomendaciones que en su día, en 2011, hizo el comité de Ginebra sobre los derechos de las personas con discapacidad de Naciones Unidas y que volvió a reiterar en 2019". "En marzo de este año, España fue sometida a consideración del comité y en abril se publicaron las recomendaciones del comité de Naciones Unidas y nuevamente puso el acento en el tema de la esterilización", apunta. ¿El problema? Las cortas legislaturas que estamos teniendo. No obstante, Caballero espera que con la formación del nuevo Gobierno se vuelva a poner en marcha este trámite: "Se llegó a promover una proposición no de ley para la eliminación de la esterilización, también una comisión en sede parlamentaria para estudiar este tema. Vamos a tener que esperar para trabajar con todos los grupos parlamentarios para que tomen en consideración este tema y le den el trámite oportuno".
 

Incapacidad legal

 
La idea de que la modificación de la capacidad legal para poder esterilizar a las personas con discapacidad es una forma de protegerles parece que poco a poco está cambiando: "Estamos viendo que las familias están cambiando un poco esta idea porque se están dando cuenta de que, a una mujer, cuando la someten previamente a una modificación de su capacidad legal para luego ser esterilizadas, el hecho de que su capacidad legal se vea modificada la expone también a una situación de desamparo", explica Caballero.
 
"Imagínate a una mujer o una persona que ha sido modificada su capacidad legal: deja de poder ejercer sus derechos y tiene que hacerlo a través de una persona interpuesta, un tutor o un curador, y esto también hace que, pensemos en mujeres que son víctimas de violencia, en muchas ocasiones hacen que tengan muchas dificultades para acceder a la justicia, para poder defenderse, porque no son ellas las que pueden accionar sus derechos sino que tiene que hacerse a través de otra persona, esto es una preocupación que está siendo también compartida por las familias porque se están dando cuenta de que exponen a sus familiares en una situación de vulnerabilidad. El paradigma inicial es de protección dentro de este modelo paternalista", concluye Caballero.
 
Fuente: hipertextual 
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