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viernes, 17 de abril de 2015cermi.es semanal Nº 163

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Actualidad

Las aseguradoras pagarán un 50% más por fallecimiento en accidente de tráfico

10/04/2015

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un proyecto de ley que reforma el sistema de valoración de daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de tráfico, que actualiza el vigente (de 1995) y que supondrá un incremento medio del 50% en los casos de fallecimiento, así como que las aseguradoras tengan que asumir un incremento medio del 15,6% en las indemnizaciones a las víctimas.

El ministro de Justicia, Rafael Catalá, explicó en una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que esta reforma, que previsiblemente será aprobada en esta legislatura, es fruto del trabajo realizado desde 2010 por una comisión de expertos formada, entre otros, por representantes de las asociaciones de víctimas de accidentes y las entidades aseguradoras.
 
Entre los colectivos que han aportado sugerencias están el CERMI, Fedace (Federación Española de Daño Cerebral), Aspaym (Asociación de Lesionados Medulares y Grandes Discapacitados Físicos), Aesleme (Asociación para el Estudio de la Lesión Medular Espinal), P(A)T (Asociación de Prevención de Accidentes de Tráfico) y Stop Accidentes, además de la Fiscalía de Sala Coordinadora de Seguridad Vial y numerosos facultativos sanitarios expertos en patologías provocadas por accidentes de tráfico.
 
Este grupo de trabajo entregó su propuesta definitiva a finales del año pasado y su aprobación por vía Consejo de Ministros era inminente, según informaron a Servimedia fuentes cercanas a José Pérez Tirado, abogado representante de las víctimas en la comisión de expertos.
 
Estas fuentes próximas a Pérez Tirado afirmaron que las aseguradoras tendrán que asumir un alza del 15,6% en las indemnizaciones, que ascienden actualmente a unos 2.500 millones de euros, con la reforma del nuevo baremo, consensuado entre víctimas y compañías de seguros.
 
Catalá señaló que el nuevo baremo pretende incrementar la protección a las víctimas de los accidentes de circulación, avanzar en el cálculo de las indemnizaciones a través del daño emergente y el lucro cesante, y establecer un sistema compensatorio continuado para las víctimas.
 

"Mejora importante"

 
El ministro de Justicia indicó que incluye "una mejora importante" de las indemnizaciones, que venían sin actualizarse desde 2003 y estaban "bastante por debajo de la cuantía de los países de nuestro entorno". De hecho, respecto al promedio del periodo entre 2005 y 2011, según los daños causados en cada accidente de circulación, los pagos se incrementarán un 50% en el caso de muerte y un 35% en el de secuelas.
 
Además, la norma tiene en cuenta las nuevas estructuras familiares, los grandes lesionados serán compensados con los apoyos necesarios para la autonomía personal, incorpora como víctimas de accidentes de tráfico a las amas de casa y las cuantías se actualizarán conforme al índice de revalorización de las personas, con lo que Catalá confió en que aumenten los acuerdos extrajudiciales.
 
Catalá apuntó que el nuevo baremo "permitirá una cierta estabilidad de precios" y evitará "efectos instrumentalistas o el aumento de las cuotas de las pólizas de seguros".
 
El sistema también afecta a la sanidad pública porque las aseguradoras indemnizarán a los servicios públicos de salud de las comunidades autónomas con los gastos derivados de nuevos perjuicios cubiertos, como los importes médicos futuros, ciertos gastos de rehabilitación o necesidades de recambio de prótesis de lesionados graves.
 

Daños patrimoniales

 
En relación con el tratamiento de los daños patrimoniales, la nueva norma clarifica y regula con detalle las medidas de resarcimiento en concepto de gastos, y racionaliza el método de cálculo del lucro cesante (pérdida de ganancia legítima por parte de la víctima).
 
De esta manera, en los supuestos de fallecimiento consigue una mejora de la percepción de las indemnizaciones mediante su individualización teniendo en cuenta las nuevas estructuras familiares. También distingue entre "perjuicio patrimonial básico" o gastos razonables derivados del fallecimiento (compensados con una cantidad mínima de 400 euros) y los "gastos específicos", que incluyen el traslado del fallecido, repatriación, entierro y funeral.
 
En los supuestos de secuelas, refuerza especialmente la reparación del gran lesionado que queda con discapacidades que requieren de apoyos intensos para su autonomía personal, indemnizando los perjuicios y los daños emergentes relacionados con las diferentes partidas de gastos asistenciales futuros. Revisa, además, el baremo médico de secuelas para adaptarlo al estado actual de la ciencia.
 
En relación a las lesiones temporales, la norma distingue entre "gastos de asistencia sanitaria" y otros "gastos diversos resarcibles", es decir, todos aquellos gastos necesarios y razonables que genere la lesión en el desarrollo ordinario de la vida diaria del lesionado, como por ejemplo el incremento de costes de movilidad del lesionado, los desplazamientos de familiares para atenderle, gastos para atender a los familiares menores o especialmente vulnerables de los que se ocupaba el lesionado, etc…
 
En la valoración del lucro cesante, se sustituye el sistema actual por otro modelo procedente del ámbito de los seguros que determinará la indemnización correspondiente que contempla los ingresos netos de la víctima, pero también valora el trabajo no remunerado, como las tareas del hogar o la pérdida de capacidad de trabajo futura de menores y estudiantes.
 

Perjuicios extrapatrimoniales

 
Por último, el proyecto de ley incluye como novedad la reestructuración del perjuicio personal básico en las indemnizaciones por causa de muerte y de su relación con los perjuicios particulares, que ahora se amplían, de manera que configura los perjudicados en accidentes de tráfico en cinco categorías autónomas (cónyuge, ascendientes, descendientes, hermanos y allegados), puesto que estos sufren un perjuicio resarcible y de la misma cuantía, con independencia de que concurran o no con otras categorías de perjudicados.
 
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