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CERMI.ES semanal el periódico de la discapacidad.

viernes, 1 de abril de 2022cermi.es semanal Nº 476

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Derecho de la Discapacidad

La necesidad de una Ley de Garantía de Derechos y Servicios Sociales de ámbito estatal y Novedades

01/04/2022

En la Sección Derecho de la Discapacidad de esta semana incluimos un monográfico sobre la necesidad de una Ley de Garantía de Derechos y Servicios Sociales de ámbito estatal, escrito por Antonio Galiano Barajas, Coordinador General Adjunto de la Fundación Derecho y Discapacidad y Responsable jurídico del Instituto Municipal de Personas con Discapacidad del Ayuntamiento de Barcelona. Además, contamos con los apartados habituales en normativa aprobada en personas con discapacidad y la actualización de la agenda de jornadas, seminarios y recientes que pueden ser de interés para los lectores.

La necesidad de una Ley de Garantía de Derechos y Servicios Sociales de ámbito estatal

Antonio Galiano, Elva Rodríguez, Marina Samaniego y Rafael de Lorenzo

Antonio Galiano Barajas, coordinador General Adjunto de la Fundación Derecho y Discapacidad y Responsable jurídico del Instituto Municipal de Personas con Discapacidad del Ayuntamiento de Barcelona.

 
Recientemente el gobierno ha sometido a consulta previa el Proyecto de Ley de Servicios Sociales.
 
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) se ha manifestado de manera favorable a dicha Ley estatal pero a la vez ha lanzado el reto de incorporar la garantía de los derechos sociales en el texto normativo, proponiendo como título Ley Estatal de Garantía de Derechos y Servicios Sociales. 
 
El cambio no es menor, supondría la incorporación en la Ley del modelo social basado en el pleno ejercicio de los derechos sociales y la defensa de unas condiciones de vida dignas para todas las personas.
 
Este nuevo paradigma propuesto por el movimiento social de la discapacidad supondría el reconocimiento de nuevos derechos sociales, que tengan la consideración de genuinos derechos, con las notas típicas de universalidad, carácter vinculante, exigibilidad, calidad y gratuidad. Ello supondría la garantía de una mayor protección social y se reconocería  el papel del Estado como regulador de las condiciones básicas y garantías de los derechos sociales, cuyos proveedores primordiales son las Comunidades y Ciudades Autónomas y las Corporaciones Locales.
 
Este planteamiento permitiría la coexistencia de una Ley Estatal de Garantía de Derechos y Servicios Sociales con las Leyes de Servicios Sociales que las diferentes Comunidades Autónomas han ido desarrollando.
 
La doctrina ha considerado que la Constitución Española contiene base jurídica suficiente a partir de la cual formular una Ley Estatal de Garantía de Derechos y Servicios Sociales. Es preciso superar la distinción entre derechos fundamentales y derechos económicos y sociales. También hay que tener en cuenta una nueva categoría de derechos: los nuevos derechos sociales, los derechos de cuarta generación, que se han nutrido de concepciones e ideas características de los derechos fundamentales clásicos: se trata de derechos vinculantes y exigibles. Esta evolución permite configurar los derechos sociales sobre la base de artículos constitucionales tales como el 9.2 (igualdad real y efectiva) o el 10 (dignidad de la persona), cuya regulación pertenece de forma inequívoca al Estado. Todo ello sin perder de vista el Tratado de Lisboa que vendría a superar ese aparente “vacío” constitucional, al considerar los derechos sociales como derechos fundamentales. Las constituciones de los diferentes Estados miembro deberán  adaptarse a los contenidos del Tratado de Lisboa.
 
Las propuestas de garantía de derechos y servicios sociales que ha formulado el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) son: 
 
Primera.- Un sistema integral de reconocimiento y garantía de servicios sociales garantista, sostenible, armónico y respetuoso con el marco competencial de partida. En definitiva, una Ley estatal que recoja condiciones mínimas y básicas que garanticen la igualdad de derechos.
 
Segunda.- Se precisa un sistema integral de reconocimiento y garantía de servicios sociales garantista, sostenible, armónico y respetuoso con el marco competencial de partida, que presuponga como condición previa un gran Pacto de Estado que establezca el marco de cooperación y colaboración institucional para la protección de la garantía de derechos y servicios sociales. En este sentido, una Ley estatal sería viable siempre que recoja condiciones mínimas y básicas que garanticen la igualdad de derechos y siempre que sea armónica y respetuosa con el marco competencial autonómico: debería plantearse una distribución clara de competencias ordenadas y pactadas.
 
Tercera.- De los modelos sociales europeos podemos extraer algunos rasgos característicos que pueden resultar de interés; la necesidad de una descentralización local, que implique una mayor cercanía a los ciudadanos pero siempre acompañada de una adecuada financiación; la importancia de la participación activa de la persona usuaria destinataria de esos derechos y servicios; el aumento del gasto en protección social (el porcentaje en España es notablemente inferior a la media comunitaria como nos recuerda CERMI); el reconocimiento del estatus de aliado preferente de la iniciativa social (tercer sector no lucrativo); el necesario espacio a la iniciativa privada y la importancia de incluir los Servicios Sociales en la Seguridad Social (a semejanza del modelo alemán o francés). En cualquier caso, cualquier iniciativa en el ámbito de los Servicios Sociales debería realizarse en clave europea. 
 
Cuarta.- Se observa un gran problema de financiación, motivado principalmente porque se trata de un asunto que no constituye una prioridad en la agenda política. En este sentido, es preciso seguir realizando debates y análisis que permitan sensibilizar y tomar conciencia sobre la importancia de los derechos sociales, fundamentales para el bien común y que escalen a nivel político. 
 
A modo de conclusión, es necesario el reconocimiento de nuevos derechos sociales, que tengan la consideración y el rango de genuinos derechos, con las notas típicas de universalidad, carácter vinculante, exigibilidad, calidad y gratuidad. Este objetivo estratégico debe permitir la coexistencia de una Ley Estatal de Garantía de Derechos y Servicios Sociales con las actuales Leyes de Servicios Sociales autonómicas.
 

Normativa aprobada

 
-Ley Orgánica 2/2022, de 21 de marzo, de mejora de la protección de las personas huérfanas víctimas de la violencia de género (BOE de 22/03/2022). La Ley orgánica incorpora beneficios fiscales a través de la modificación de diversas normas. Así, conforme se describe en la Exposición de Motivos, se introduce un nuevo beneficio fiscal de naturaleza objetiva, consistente en eximir de las modalidades de gravamen referidas en el artículo 1 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, a las transmisiones de bienes o derechos en beneficio de hijas, hijos, menores o personas con discapacidad sujetas a patria potestad, tutela o con medidas de apoyo para el adecuado ejercicio de su capacidad jurídica, cuyo ejercicio se llevará a cabo por las mujeres fallecidas como consecuencia de violencia contra la mujer, cualquiera que sea el título en virtud del cual se efectúen, y siempre que sirvan para satisfacer indemnizaciones que hayan sido reconocidas judicialmente.
Además, se incluye un nuevo supuesto de no sujeción al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, consistente en las transmisiones a título lucrativo realizadas en beneficio de hijas, hijos, menores o personas con discapacidad sujetas a patria potestad, tutela, o con medidas de apoyo para el adecuado ejercicio de su capacidad jurídica, cuyo ejercicio se llevará a cabo por las mujeres fallecidas como consecuencia de violencia contra la mujer, y que traigan causa del referido fallecimiento.
 
-Orden EFP/232/2022, de 22 de marzo, por la que se modifica la Orden ECD/651/2017, de 5 de julio, por la que se regula la enseñanza básica y su currículo para las personas adultas en modalidad presencial, a distancia y a distancia virtual, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (BOE de 28/03/2022). Se modifica la Orden ECD/651/2017, de 5 de julio, añadiéndose un 5.º apartado al artículo 24 (sobre las pruebas para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria), que establece que “en el caso de personas con discapacidad mayores de 18 años, en aplicación de los principios de igualdad de oportunidades, diseño para todos y accesibilidad universal, las pruebas se adaptarán a la situación de cada persona con discapacidad que se presente a la prueba. Estas adaptaciones en ningún caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas”.
 

Jornadas y seminarios 

 
Del 26 al 28 de mayo de 2022. Primer Congreso Internacional de Tecnología de Apoyo y Comunicación Aumentativa de Europa occidental: Breaking Barriers Congress Barcelona 2022. Espacio de encuentro entre profesionales, usuarios, empresas e instituciones que compartirán conocimientos y novedades sobre las mejores soluciones tecnológicas y experiencias de aplicación de la tecnología para la inclusión y la participación. Hablarán de comunicación aumentativa, tecnología para el aprendizaje y tecnologías para el día a día. 
Breaking Barriers Congress 2022 ya es una realidad (romperbarreras.org)
 

Convocatorias, ayudas y premios

 
Hasta el 8 de abril 2022. V Premios de Diversidad e Inclusión convocados por La Fundación Adecco y el Club de Excelencia en Sostenibilidad. Su fin es   reconocer las estrategias, visiones e iniciativas empresariales más destacadas e innovadoras y con mayor impacto social y corporativo en la gestión de la diversidad.
Premios de diversidad e inclusión | Promovidos por la Fundación Adecco (fundacionadecco.org)
 

Publicaciones

 
Alzheimer Europe, Dementia in Europe Yearbook 2021. Dementia-inclusive communities and iniciatives across Europe. Luxemburgo, Alzheimer Europe 2022, 66p. Este anuario examina la forma en la que han trabajado los diferentes países en el contexto de la vida cotidiana de las personas. No incluye iniciativas dirigidas a profesionales ni los servicios prestados por éstos. 
Alzheimer Europe Dementia in Europe Yearbook 2021 - Dementia-inclusive Communities and Initiatives across Europe_0.pdf (alzheimer-europe.org)
 
Sevilla, R. El proceso de evaluación en salud mental. La atención al bienestar emocional y a la salud mental en la vida adulta de las personas en el espectro del autismo. Cádiz, Asociación Española de Profesionales del Autismo (AETAPI), 2022, 107 p.   Guía que facilita orientaciones para mejorar la atención a la salud mental de personas adultas en el espectro del autismo. Pretende dar a conocer los principales retos para una evaluación y la determinación de un diagnóstico. Incorpora recomendaciones y ejemplos basados en la literatura científica. GUIA-SALUD-MENTAL-2022.pdf (aetapi.org)
 
Samaniego, P., et al., Educación inclusiva hoy: Iberoamérica en tiempos de pandemia. Madrid. Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), 2021, 150p.  Este estudio refleja las cuatro dimensiones definidas por la Unesco para asegurar la inclusión y la igualdad: conceptual, política, estructural y pragmática. 
OEI | Secretaría General | Publicaciones | Educación inclusiva hoy: Iberoamérica en tiempos de pandemia
 

Dirección de la Sección Derecho de la Discapacidad de Cermi.es 

 
Rafael de Lorenzo García, profesor Titular de la UNED y secretario general de Fundación Derecho y Discapacidad
 
Autores
 
Antonio Galiano Barajas, coordinador General Adjunto de la Fundación Derecho y Discapacidad y Responsable jurídico del Instituto Municipal de Personas con Discapacidad del Ayuntamiento de Barcelona.
 
Marina Samaniego, asociada Principal en J&A Garrigues.
 
Elva Rodríguez Ruiz, profesora titular del CSEU La Salle, abogada del despacho Antonio Navarro Rubio & Asociados y colaboradora de la Fundación Derecho y Discapacidad. 
 
EQUIPO DE LA SECCIÓN DERECHO DE LA DISCAPACIDAD
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