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CERMI.ES semanal el periódico de la discapacidad.

viernes, 17 de marzo de 2017cermi.es semanal Nº 250

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"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

Especial Nº 250

Opinión para el especial Nº 250

Yo, la Convención

Por Virginia Felipe Saelices, senadora por Castilla-La Mancha y miembro del Comité de Apoyo para el seguimiento en España de la Convención de la ONU sobre Discapacidad

17/03/2017

Virginia Felipe, senadora por Castilla-La Mancha y miembro del Comité de Apoyo para el seguimiento en España de la Convención de la ONU sobre DiscapacidadEspaña:
 
Soy la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el primer Tratado del Siglo XXI sobre Derechos Humanos.
 
Formo parte de tu Ordenamiento Jurídico, soy referente de interpretación de Derechos Fundamentales y Libertades Públicas, y ─al igual que las Observaciones Generales de mi Comité─ de aplicación directa a todos los niveles territoriales, prevaleciendo sobre cualquier otra norma del Ordenamiento interno en caso de conflicto con ella, salvo la Constitución.
 
Desde hace casi 9 años debes adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos que reconozco. Sin embargo, debido al desconocimiento y la falta de voluntad, aplazando continua e indefinidamente la asunción de compromisos y el cumplimiento de obligaciones, la realidad es otra.
 
Ya en 2011, en sus Observaciones Finales al primer informe que presentaste sobre las medidas adoptadas para cumplir las obligaciones que establezco, mi Comité señaló motivos de preocupación y recomendaciones sobre numerosos aspectos de tu Ordenamiento Jurídico que no se ajustaban a lo que dispongo.
 
En el mismo sentido, te han pedido adaptaciones normativas la Junta Electoral Central, el Comisario para los Derechos Humanos del Consejo de Europa, la Comisión Constitucional del Congreso, el Comité de Derechos Humanos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como el Defensor del Pueblo.
 
Pues bien: no sólo hay adaptaciones normativas que no has hecho, sino que con posterioridad a las mencionadas Observaciones Finales, has promulgado legislación que me contraviene.
 
¿Cómo van a promover los poderes públicos la toma de conciencia, si son los primeros en vulnerar la normativa y no la adaptan a los Derechos Humanos, a pesar de que se lo llevan pidiendo varias instituciones nacionales e internacionales desde hace años?
 
¿De qué les sirve a las Personas con Discapacidad ser titulares de derechos, si la normativa permite que sean otros quienes decidan por ellas?
 
¿Cómo se van a poder ejercer derechos y libertades, si la condición esencial previa, la Accesibilidad, no se cumple ni se aprueba normativa sobre la misma, provocando que muchas Personas con Discapacidad no puedan salir de sus casas, acceder al entorno físico, el transporte, la información, las comunicaciones y a servicios e instalaciones?
 
¿Cómo se va a aplicar el derecho a la educación inclusiva, si la normativa contempla la segregación en Centros de Educación Especial y las Administraciones Educativas continúan actuando al margen de lo que establezco?
 
¿Y la inclusión laboral, si la normativa contempla Centros Especiales de Empleo, exenciones al cumplimiento de la cuota de reserva y más del 80% de las empresas incumplen la misma?
 
¿Cómo se hace efectivo el derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad, si no existe normativa específica que regule la figura del Asistente Personal ni su relación laboral?
 
¿Cómo se garantizan los derechos de libertad y seguridad de la persona y protección de su integridad, si la normativa contempla poder internarlas en contra de su voluntad y esterilizarlas sin su consentimiento?
 
¿Qué clase de democracia es aquella que priva del derecho a voto a personas por razón de discapacidad?
 
¿Cómo se hace efectivo el derecho a la salud sexual, si a las Personas con Discapacidad se las considera asexuadas y no se contempla la figura del Asistente Sexual?
 
¿Cómo se van a conseguir los objetivos de Políticas, Estrategias y Planes de Acción con una normativa que vulnera Derechos Humanos y Libertades Fundamentales?
 
Garantizar que el conjunto de normas vigentes, en elaboración y futuras de tu Ordenamiento Jurídico protejan y aseguren todos los derechos de las Personas con Discapacidad y no vulneren ninguno de ellos, son tus obligaciones permanentes, inexcusables e improrrogables.
 
No adoptar las medidas necesarias perpetúa la vulneración de Derechos y Libertades de las Personas con Discapacidad. Y te recuerdo que este año mi Comité volverá a examinarte para comprobar si has llevado a cabo las medidas requeridas y cuantas otras sean necesarias a fin de adecuar tu Ordenamiento Jurídico a lo que establezco.
 
Mi propósito es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de Igualdad de todos los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales por todas las Personas con Discapacidad, y promover el respeto de su Dignidad inherente.
 
Ese mismo propósito debe ser el tuyo, desarrollando sin más dilación mi enfoque basado en los Derechos Humanos, y trayendo a primer plano la plena y efectiva implementación de mis valores, principios, mandatos y disposiciones, con la activa participación de las Personas con Discapacidad.
 
Se trata de una demanda no solo de más de 4 millones de personas y sus familias, sino de los valores superiores del Ordenamiento Jurídico de un verdadero Estado social y democrático de Derecho, que como tal contribuye, desde la asunción y el cumplimiento de sus obligaciones, al ejemplo y la toma de conciencia a fin de lograr una sociedad Inclusiva y en Igualdad para todas las personas.
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