Reportaje
S.O.S por las mujeres y niñas con discapacidad - Guía para proporcionar una asistencia adecuada en situaciones de conflictos armados y emergencias humanitarias
Acogida internacional con mirada de género e inclusión
09/09/2022
Blanca Abella
Los protocolos de atención a las personas refugiadas no tienen enfoque de género ni de discapacidad. Al menos el 50% de las personas refugiadas son mujeres y una de cada cinco ha sufrido violencia sexual. Las mujeres y niñas con discapacidad son mucho más vulnerables ante estas situaciones y deben afrontar, además, una serie de obstáculos que las sitúa en una posición alarmante y discriminatoria. La guía que ha elaborado la Fundación CERMI Mujeres ofrece información y recomendaciones basadas en su conocimiento y experiencias.
El trabajo que recoge
esta guía llega impulsado por la terrible crisis desatada en la guerra en Ucrania, sin embargo, el
CERMI, junto a la
Fundación CERMI Mujeres, desde hace muchos años presta particular atención a la situación de asilo o refugio de las mujeres y niñas con discapacidad: “El CERMI y la Fundación CERMI Mujeres se desplazaron a Lesbos cuando estalló el conflicto de Siria para conocer in situ la respuesta que se prestaba a las personas con discapacidad, a las mujeres con discapacidad de manera especial, y pudimos comprobar que la respuesta es negativa, pero aprendimos la importancia y el papel fundamental de la sociedad civil”. Es una de las razones que aporta Ana Peláez, vicepresidenta ejecutiva de la FCM, como origen de esta guía que ha elaborado la Fundación CERMI Mujeres, a instancias del propio CERMI, y con el apoyo del
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
Pero no solo Ucrania, el movimiento CERMI ha apoyado la situación de las personas con discapacidad en los campamentos de refugiados saharauis o en los de las personas que provienen de Siria o Afganistán, “particularmente, con situaciones de vulneraciones graves de derechos humanos, no solo en la situación de partida, sino en la respuesta de la administración pública en el acogimiento al llegar a nuestro país”, explica Ana Peláez.
Cuando estalla la guerra de ucrania la Fundación CERMI Mujeres decide de forma inmediata hacer un
seminario para escuchar los testimonios en primera persona de mujeres y niñas con discapacidad en zonas de conflicto y ver de qué forma podían movilizar la ayuda y ofrecer una asistencia efectiva. El 18 de marzo, durante más de dos horas, la experiencia y testimonio de personas implicadas en esta crisis impulsó también el trabajo que ofrece esta guía, y que pone a disposición de cualquier persona, organización o administración que lo requiera.
“La guía no trata de responder particularmente a la situación concreta de Ucrania, pero partiendo de esa experiencia previa y conocimiento acumulado de CERMI y CERMI Mujeres en estos años, ofrece una orientación clara, precisa, concreta a los responsables políticos por una parte, pero también a las organizaciones de la sociedad civil que se encargan en el terreno y en los países del acogimiento de ofrecer servicios, asistencia, apoyo, y dentro de esas organizaciones no solo las de personas con discapacidad, que hacen un trabajo ejemplar, también organizaciones de mujeres o de ayuda humanitaria, que tienen un papel fundamental”, explica la vicepresidenta ejecutiva de la FCM.
Referencias legales y convenciones
A modo de introducción, en primer lugar la guía expone una reciente declaración directa del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, que “subraya la conveniencia de proporcionar una asistencia sostenible, oportuna, adecuada, inclusiva y accesible a los civiles con discapacidad afectados por conflictos armados, incluidos servicios para la reintegración y rehabilitación y apoyo psicosocial, a fin de atender de manera eficaz las necesidades específicas de esas personas, en particular las de las mujeres y los niños con discapacidad”.
Además, para su elaboración la guía toma en cuenta dos resoluciones importantes del consejo de seguridad de Naciones Unidas: la resolución 1325 del año 2000 sobre mujer, paz y seguridad y la resolución 2475, de 2019, sobre protección de las personas con discapacidad en conflictos armados.
La guía también se basa en la
Convención para la eliminación de la discriminación contra la mujer y
Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de la ONU. Según señala Ana Peláez, “hemos utilizado sobre todo dos recomendaciones generales del Comité Cedaw, en particular la recomendación general nº 30 sobre las mujeres en la prevención de conflictos y en situaciones de conflicto y posteriores al conflicto y la recomendación nº 32 en relación a las cuestiones de género relacionada con el estatuto del refugiado, asilo, nacionalidad y la apatridia de las mujeres”. Respecto al Comité de la Convención sobre discapacidad, hemos utilizado sobre todo la observación general nº3 sobre mujeres y niñas con discapacidad y otras observaciones generales en relación a la capacidad legal o al derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad”.
Finalmente, toma como referencia la legislación europea, la Estrategia sobre los derechos discapacidad 21-30 y la Estrategia europea para la igualdad de género 2020-2025.
Áreas identificadas y recomendaciones
Tras la introducción, que ofrece un contexto general de las mujeres y niñas con discapacidad desplazadas, refugiadas y/o demandantes de asilo, se plantea de manera concreta una serie de orientaciones prácticas en cada una de las 11 áreas identificadas por la guía, que son las siguientes:
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Identidad personal
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Derecho a tomar las propias decisiones
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Acceso a la justicia
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Protección contra la violencia
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Protección contra la trata y explotación sexual
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Autonomía personal y vida en la comunidad
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Educación y formación
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Empleo
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Salud
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Protección social y empoderamiento económico
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Respeto del hogar y la familia
En el contexto general que se ofrece a modo introductorio, se explica que, “por el hecho de tener una discapacidad, las personas con discapacidad en situaciones de conflictos armados sufren una serie de discriminaciones y son objeto de violaciones graves de los derechos humanos durante la huida, el asentamiento y el regreso a zonas afectadas por conflicto”, asegura la vicepresidenta ejecutiva de la FCM.
Además, la interacción de la discapacidad y el sexo con otros factores provoca que las mujeres y niñas con discapacidad “sufran formas alarmantes y estructuradas de discriminación en el acceso a las medidas de seguridad y protección ofrecidas por los estados”, señala Peláez.
Entre los factores que producen importante impacto de género en contextos de conflictos armados y emergencias humanitarias, comenta la importancia del derecho a tomar las propias decisiones y del acceso a la justicia, y explica que “tres de cada cuatro personas incapacitadas legalmente son mujeres”, y cuando estas mujeres llegan a las fronteras, centros de refugiados o a terceros países, sufren la “ausencia de participación en la toma de decisiones, agravada por la tradición y los patrones machistas”.
En cuanto a las institucionalizaciones e internamientos, afirma Ana Peláez que “es una práctica habitual en estos países y el porcentaje de las mujeres también es muy superior”, y cuando llegan a los países de acogida, “la respuesta no puede ser que sigan institucionalizadas, aunque lo soliciten, es una oportunidad propicia para introducir otros estándares de derechos humanos de la vida inclusiva en la comunidad”.
La accesibilidad juega también un papel fundamental, y “aunque se da prioridad a mujeres y niños en la distribución de ayuda humanitaria, las mujeres con discapacidad no acceden por falta de accesibilidad de esos programas y ayudas, y cuando la reciben no pueden acudir al lugar donde se ofrecen pues el espacio es infranqueable para ellas; si finalmente llegan, el personal que lo ofrece no las entiende o no puede comunicarse con ellas”, asegura la responsable de la FCM.
Las recomendaciones que se ofrecen para cada una de estas áreas se tienen que aplicar durante todo el proceso de salida del conflicto, durante la huida, en la primera fase en centros de refugiados, pero también en la acogida en otros países. Para cada área la guía hace una introducción en el marco concreto de las mujeres con discapacidad y las medidas a adoptar para paliar los efectos de esas vulneraciones graves de derechos humanos.
Por ejemplo, en el punto 3, sobre el acceso a la justicia, según explica Ana Peláez, “hay que garantizar asistencia legal gratuita con ajustes de procedimiento”; en el 4, sobre la protección contra la violencia, “tomar en consideración que nos vamos a encontrar con distintas mujeres, algunas ya son víctimas de violencia en sus territorios, otras lo sufren como parte de la huida, y también hay mujeres que como consecuencia de la violencia han adquirido una discapacidad en esa huida”; en el 5, sobre la protección contra la trata y explotación sexual, “desde el primer momento, en las fronteras, la ayuda humanitaria a veces es engañosa y oculta una red de tráfico y explotación sexual y las mujeres y niñas con discapacidad son mucho más vulnerables, por eso se debe tomar en cuenta esto y prevenir, procurar entornos protegidos”; en el 7, en cuanto a la educación y la formación, “la respuesta que tenemos que dar es garantizar que puedan acceder a un sistema de educación basado en sus necesidades y que sean inclusivos; muchas no están alfabetizadas, ni digitalmente ni de ninguna otra manera; además, hay que asegurar que estas niñas, adolescentes, sean formadas en educación sexual y reproductiva y cómo prevenir la violencia o acoso escolar; en el 8, sobre el empleo, “más o menos lo mismo, las mujeres con discapacidad no han trabajado en esos países, la tasa laboral y no tienen formación ni experiencia; de ahí la alta posibilidad de caer en redes, en trata”; finalmente, en el 11, sobre el respeto al hogar y la familia, exclama Ana Peláez: “¡Cuántas mujeres con discapacidad refugiadas hemos tenido a las que han retirado sus hijos e hijas porque como tienen discapacidad, no tienen dinero ni recursos, no podrán atenderles!”.