
"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"
Inclusión laboral
El CERMI celebra la derogación definitiva del despido objetivo por faltas de asistencia, que castigaba más intensamente a los trabajadores con discapacidad
26/03/2020
El CERMI saluda la aprobación definitiva ayer por el Congreso de los Diputados de Real Decreto-Ley que deroga el artículo 52 d) del Estatuto de los Trabajadores, precepto que regulaba la modalidad de despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo.
Esta regulación, como había denunciado el CERMI, exponía y perjudicaba más intensamente a los trabajadores con discapacidad que por esta razón o a causa de la misma, podían necesitar mayor atención de salud, seguimientos médicos más continuos, o dedicar más tiempo a asistencia a terapias o sesiones de rehabilitación o para recibir apoyos psicológicos o psicosociales.
El mantenimiento de esta causa de despido objetivo, ahora derogada, constituía una discriminación indirecta por motivos de discapacidad que el CERMI, junto con otras muchos instancias sindicales y sociales, había pedido revisar lo antes posible, para que no se castigara con más severidad a los trabajadores con discapacidad.
Dado que el Congreso ayer al convalidar la norma decidió tramitarla como proyecto de Ley, por el procedimiento de urgencia, el CERMI presentará propuestas de enmiendas para mejorar otros aspectos relacionados con la inclusión laboral de personas con discapacidad que necesitan decisión legal.